Creemos obligación nuestra hacer patente la decisiva actuación real en la supervivencia del Tribunal de las Aguas. Desde el año 1978 a 1985, Su Majestad el Rey ha firmado cuatro Leyes en las que el Tribunal está mencionado para convalidar su existencia legal e instituirlo como modelo. La primera de estas leyes fue la firmada el 27 de diciembre de 1978 y corresponde a la Constitución Española. En su artículo 125 se establece que «los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la administración de justicia mediante la institución del Jurado.. . así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales». Y al referirse a estos tribunales consuetudinarios se estaba aludiendo al Tribunal de las Aguas de Valencia. Fue su segunda firma puesta al pie de la Ley Orgánica n.O 5 de 1 de julio de 1982, que estableció el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. En su art. 39 establece, en su punto 3. que es misión de la administración de justicia de la Generalidad Valenciana «coadyuvar en la organización de los tribunales consuetudinarias y tradicionales y en especial en el Tribunal de las Aguas de la Vega Valenciana». En tercer lugar, la Ley Orgánica del Poder Judicial, de 1 de julio de 1985, la cual, establece que los ciudadanos de nacionalidad española podrán ejercer la acción popular en los casos y formas establecidos en la Ley, y así lo dispone el art. 19 que continua diciendo: «Así mismo, podrán participar en la administración de justicia: mediante la institución del jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determina; en los tribunales consuetudinarios y tradicionales y en los demás casos previstos en esta Ley.. Y para que no haya ninguna duda, el punto 3 y último de dicho artículo termina así: «Tiene el carácter de tribunal consuetudinario y tradicional el Tribunal de las Aguas de la Vega valenciana». Y por fin, la cuarta rúbrica, Su Majestad la puso en la mismísima Ley de Aguas n.O 29 de 2 de agosto de 1985; la cual, en su preámbulo, al decir que es imprescindible que «se aproveche al máximo los singulares aciertos de la legislación precedente y contemple tradicionales instituciones para regulación de los derechos de los regantes», termina «de la que es ejemplo el Tribunal de las Aguas de la Vega valenciana». Si fue Jaime 1 quien en su Fuero XXXV de los que nos dio para que se gobernara el Reino de Valencia estableció en 1239 la continuidad y pervivencia del Tribunal, ha sido su sucesor, Don Juan Carlos I, quien actualmente y por cuatro veces ha rubricado su supervivencia para el futuro. EL TRIBUNAL DE LAS AGUAS
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Retrato de D. Jaime el Conquistador procedente de la Galería Iconográfica del Antiguo Palacio Real de Valencia.
Hoy en el Salón de Reyes del Palau de la Generalitat "SENYAL" de la Casa de Real de Aragón. |
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