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Monográficos Hispagua. Directiva Marco de Aguas
Introducción

Marco legislativo comunitario

 

Objetivos, principios, requisitos y condiciones

Proceso de creación de la directiva
Análisis de la Directiva

 

Plazos de implementación

Derogaciones, disposiciones transitorias y legislación derivada

Transposición de la Directiva

 

Problemática de la Transposición

Transposición en el ordenamientos español

Estrategia común de implementación

Enlaces

Marco legislativo comunitario: objetivos, principios, requisitos y condiciones en materia de Medio Ambiente en la Unión Europea (UE)

 

Estos principios, requisitos y condiciones se encuentran recogidos en el art. 174 Tratado Constitutivo de la Unión Europea y son fundamentales para entender e interpretar correctamente el contenido de la Directiva Marco de Aguas:

  • Objetivos (fines de la política comunitaria):

    - Desarrollo sostenible: recogido en el Tratado de Amsterdam de 1997, aunque impreciso en su contenido jurídico, viene a exigir la utilización prudente y racional de los recursos naturales

    - Conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente: objetivo de gran amplitud

    - La protección de la salud de las personas: simultáneo a la protección del medio ambiente

    - La utilización prudente y racional de los recursos naturales

    - El fomento de medidas a escala internacional destinadas a hacer frente a problemas regionales o mundiales del medio ambiente: referencia a la política exterior comunitaria en materia de medio ambiente

    - Un nivel de protección elevado: termino impreciso que debe tener en cuenta las diferencias socioeconomicas entre los Estados miembros

  • Principios de acción (instrumentos para lograr los objetivos):

    - De cautela: definición bastante difusa

    - De acción preventiva: prioridad de las acciones preventivas frente a las reparadoras

    - De corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente

    - De que quien contamina paga: no hacer soportar el gasto a toda la sociedad, sino al responsable concreto de la contaminación

    - De subsidiariedad: la actuación a nivel local ha de ser prioritaria, quedando la acción comunitaria reservada en aquellos supuestos en los que sirva para una mejor consecución de los objetivos

    - El requisito de la integración: la política medioambiental no puede estar aislada. El resto de las políticas comunitarias han de tener en cuenta el medio ambiente en su desarrollo

  • Condiciones de la acción comunitaria (elementos a considerar en la política medioambiental):

    - Datos científicos disponibles: han de tenerse en cuenta y solicitar los informes necesarios

    - Condiciones regionales y desarrollo económico y regional: dadas las diferencias existentes entre los Estados miembros y sus regiones (sobre todo tras la ampliación a la Europa de los 25)

    - Ventajas y cargas potenciales: evaluar las distintas opciones con sus costes y beneficios

 

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