Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Corresponde a la Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad las siguientes funciones:

  • La planificación de los recursos hídricos mediante la elaboración y desarrollo del Plan Hidrológico Nacional.
  • La ejecución de las infraestructuras hidráulicas que sean de competencia estatal y que resulten del citado Plan Hidrológico Nacional, adaptándolas a los diferentes escenarios presupuestarios.
  • La elaboración de la normativa en materia de aguas y costas y su aplicación, en el ámbito de competencias de la Administración General del Estado.
  • La coordinación y acción concertada con las Comunidades Autónomas en el ámbito de la política de saneamiento y depuración de las aguas, así como la relación de España con la Unión Europea en este ámbito.
  • La protección, gestión y administración de los bienes de dominio público hidráulico y marítimo-terrestre.
  • La integración de las consideraciones territoriales en las actuaciones objeto de la su competencia, garantizando su compatibilidad con otros instrumentos de ordenación.
    La planificación y programación, en coordinación con las Administraciones Territoriales y la Unión Europea, de las inversiones en materia de aguas y costas, su financiación, explotación, seguimiento y evaluación.
  • La elaboración de normativa y estudios técnicos en materia de infraestructura hidráulica y de protección del dominio público hidráulico y marítimo-terrestre.
    La elaboración de programas o estrategias que coadyuven a alcanzar un desarrollo sostenible, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del Ministerio o de otros Departamentos.
  • La formulación de los criterios básicos para la ordenación de la flora, la fauna, los hábitats y ecosistemas naturales; la elaboración de las disposiciones generales en relación con dichas materias, así como la coordinación con las Comunidades Autónomas.
  • El estudio e inventario de los espacios naturales, de las especies amenazadas, de los ecosistemas y elaboración del Banco de Datos de la Naturaleza, con objeto de mantener y reconstruir el equilibrio biológico y establecer planes coordinados de recuperación de la flora y fauna silvestres, en colaboración con las Comunidades Autónomas.
  • Los informes previos a la declaración de impacto ambiental, que le someta a consideración la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
  • La realización de estudios y estadísticas en materia de conservación de la naturaleza.
  • La colaboración con otros órganos directivos del Departamento, y el el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la elaboración de las disposiciones generales de carácter ambiental relativas a la conservación del medio marino.
  • La elaboración de las disposiciones generales relativas al desarrollo sostenible del monte.
  • La elaboración, en colaboración con las Comunidades Autónomas, la Dirección General del Agua y con las Confederaciones Hidrográficas, de los planes y programas de restauración hidrológico-forestal, de reforestación, preservación y mejora de la cubierta vegetal y de gestión de la biodiversidad en las masas forestales protectoras de las cuencas compartidas por varias Comunidades Autónomas y la realización de las actuaciones que comprendan.
  • La elaboración, en colaboración con las Comunidades Autónomas y los restantes Ministerios, del Programa de Acción Nacional contra la Desertificación.
  • La coordinación con las Comunidades Autónomas y con la Unión Europea para el diseño y la ejecución de la política de conservación de la naturaleza.
  • La colaboración con las Comunidades Autónomas para la elaboración de planes de protección de protección de montes y, en especial, en la lucha contra incendios forestales y la sanidad forestal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en materia de semillas y plantas de vivero de sanidad vegetal.
  • La participación en los organismos internacionales competentes en las materias propias de la Dirección General y el seguimiento de los Convenios internacionales que regulen dichas materias.
  • La formulación de programas para la conservación de la biodiversidad y uso sostenible, aplicables a los centros y espacios dependientes del Organismo Autónomo Parques Nacionales, de acuerdo con los órganos propios del parque y en coordinación con los correspondientes instrumentos de planificación de tales espacios naturales.

Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad
C/ San Juan de la Cruz, s/n 28071 Madrid (España)

  • Teléfono: +34 915 976 000