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Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Corresponde a la Secretaría General para el Territorio y
la Biodiversidad las siguientes funciones:
- La planificación de los recursos hídricos mediante la elaboración y desarrollo del Plan Hidrológico Nacional.
- La ejecución de las infraestructuras hidráulicas que sean de competencia estatal y que resulten del citado Plan Hidrológico Nacional, adaptándolas a los diferentes escenarios presupuestarios.
- La elaboración de la normativa en materia de aguas y costas y su aplicación, en el ámbito de competencias de la Administración General del Estado.
- La coordinación y acción concertada con las Comunidades Autónomas en el ámbito de la política de saneamiento y depuración de las aguas, así como la relación de España con la Unión Europea en este ámbito.
- La protección, gestión y administración de los bienes de dominio público hidráulico y marítimo-terrestre.
- La integración de las consideraciones territoriales en
las actuaciones objeto de la su competencia, garantizando su compatibilidad
con otros instrumentos de ordenación.
La planificación y programación, en coordinación con las Administraciones Territoriales y la Unión Europea, de las inversiones en materia de aguas y costas, su financiación, explotación, seguimiento y evaluación. - La elaboración de normativa y estudios técnicos
en materia de infraestructura hidráulica y de protección
del dominio público hidráulico y marítimo-terrestre.
La elaboración de programas o estrategias que coadyuven a alcanzar un desarrollo sostenible, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del Ministerio o de otros Departamentos. - La formulación de los criterios básicos para la ordenación de la flora, la fauna, los hábitats y ecosistemas naturales; la elaboración de las disposiciones generales en relación con dichas materias, así como la coordinación con las Comunidades Autónomas.
- El estudio e inventario de los espacios naturales, de las especies amenazadas, de los ecosistemas y elaboración del Banco de Datos de la Naturaleza, con objeto de mantener y reconstruir el equilibrio biológico y establecer planes coordinados de recuperación de la flora y fauna silvestres, en colaboración con las Comunidades Autónomas.
- Los informes previos a la declaración de impacto ambiental, que le someta a consideración la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
- La realización de estudios y estadísticas en materia de conservación de la naturaleza.
- La colaboración con otros órganos directivos del Departamento, y el el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en la elaboración de las disposiciones generales de carácter ambiental relativas a la conservación del medio marino.
- La elaboración de las disposiciones generales relativas al desarrollo sostenible del monte.
- La elaboración, en colaboración con las Comunidades Autónomas, la Dirección General del Agua y con las Confederaciones Hidrográficas, de los planes y programas de restauración hidrológico-forestal, de reforestación, preservación y mejora de la cubierta vegetal y de gestión de la biodiversidad en las masas forestales protectoras de las cuencas compartidas por varias Comunidades Autónomas y la realización de las actuaciones que comprendan.
- La elaboración, en colaboración con las Comunidades Autónomas y los restantes Ministerios, del Programa de Acción Nacional contra la Desertificación.
- La coordinación con las Comunidades Autónomas y con la Unión Europea para el diseño y la ejecución de la política de conservación de la naturaleza.
- La colaboración con las Comunidades Autónomas para la elaboración de planes de protección de protección de montes y, en especial, en la lucha contra incendios forestales y la sanidad forestal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en materia de semillas y plantas de vivero de sanidad vegetal.
- La participación en los organismos internacionales competentes en las materias propias de la Dirección General y el seguimiento de los Convenios internacionales que regulen dichas materias.
- La formulación de programas para la conservación de la biodiversidad y uso sostenible, aplicables a los centros y espacios dependientes del Organismo Autónomo Parques Nacionales, de acuerdo con los órganos propios del parque y en coordinación con los correspondientes instrumentos de planificación de tales espacios naturales.
Secretaría General para el Territorio y la Biodiversidad
C/ San Juan de la Cruz, s/n 28071 Madrid (España)
- Teléfono: +34 915 976 000