From years 90, the number of water purifiers in Catalonia has increased from 100 to 390
Fri, 15/04/2011
Desde los años 90, el número de depuradoras en Catalunya ha pasado del centenar a las 390 actuales, según datos de la ACA del pasado febrero. El caudal depurado se ha incrementado de 363 a 664 hectómetros cúbicos al año. El plan hidrológico de las cuencas internas prevé, hasta el 2015, unas 1.800 actuaciones. Algunas son de nueva construcción (en poblaciones de menos de 2.000 habitantes), mientras que otras pasan por la ampliación y remodelación de plantas existentes. El problema vuelve a ser la falta de financiación.
El concepto de estado ecológico, que es introducido por el texto normativo de la directiva marco del agua, es el elemento clave para el análisis de la calidad de los sistemas acuáticos y su gestión. Este concepto aparece en la legislación catalana sobre agua de 1999 -revisada posteriormente, en noviembre del 2003-. Es esta misma norma la que establece que la Generalitat es la encargada de «la programación, la promoción, la aprobación, ejecución y explotación de los aprovechamientos hídricos y de las obras hidráulicas que se realicen en Catalunya».
Tras cinco años de trabajos y negociaciones, la Unión Europea aprueba, en diciembre del 2000, la directiva marco del agua (DMA), que nace «como respuesta a la necesidad de unificar las actuaciones en materia de gestión de agua en la UE». El propósito del documento es establecer unos objetivos medioambientales homogéneos entre los estados miembros para todas las masas de agua del continente, ya sean continentales, marinas o subterráneas. En el 2015, todas las aguas de la UE deben estar en buen estado, dice la directiva.
Ya en agosto de 1985, el Gobierno español aprueba una primera ley de aguas, en la que se prevé la construcción de estaciones de depuración de aguas residuales, que protejan y mejoren el estado de los ecosistemas acuáticos, promuevan un uso sostenible de los recursos hídricos disponibles y prevean medidas específicas de reducción progresiva de los vertidos. Es una ley que sirve como referente para otros países europeos por su ambicioso plan de calidad de aguas. En el 2003, se revisa la ley española para adaptarla a las directivas europeas.
El concepto de estado ecológico, que es introducido por el texto normativo de la directiva marco del agua, es el elemento clave para el análisis de la calidad de los sistemas acuáticos y su gestión. Este concepto aparece en la legislación catalana sobre agua de 1999 -revisada posteriormente, en noviembre del 2003-. Es esta misma norma la que establece que la Generalitat es la encargada de «la programación, la promoción, la aprobación, ejecución y explotación de los aprovechamientos hídricos y de las obras hidráulicas que se realicen en Catalunya».
Tras cinco años de trabajos y negociaciones, la Unión Europea aprueba, en diciembre del 2000, la directiva marco del agua (DMA), que nace «como respuesta a la necesidad de unificar las actuaciones en materia de gestión de agua en la UE». El propósito del documento es establecer unos objetivos medioambientales homogéneos entre los estados miembros para todas las masas de agua del continente, ya sean continentales, marinas o subterráneas. En el 2015, todas las aguas de la UE deben estar en buen estado, dice la directiva.
Ya en agosto de 1985, el Gobierno español aprueba una primera ley de aguas, en la que se prevé la construcción de estaciones de depuración de aguas residuales, que protejan y mejoren el estado de los ecosistemas acuáticos, promuevan un uso sostenible de los recursos hídricos disponibles y prevean medidas específicas de reducción progresiva de los vertidos. Es una ley que sirve como referente para otros países europeos por su ambicioso plan de calidad de aguas. En el 2003, se revisa la ley española para adaptarla a las directivas europeas.