Private preserve to the fishing the section between the dams of "Vega de Conde" and "Vega de Tera"
Tue, 30/11/2010
La Opinión. El Correo de Zamora
La normativa de pesca para la próxima campaña incorpora interesantes novedades, entre ellas, queda de nuevo totalmente vedado el tramo entre las presas de Vega de Conde y Vega de Tera. Fue abierto el pasado año tras permanecer una década cerrado. Según fuentes del sector de la pesca se ha tomado la medida por el efecto arrasador de las cañas. Además, en el embalse de Garandones la pesca pasa esta temporada a ser en la modalidad sin muerte.
También cambia, en cuanto a la pesca sin muerte, el coto de Galende, en el Tera, que ha pasado a un tramo superior; concretamente desde la desembocadura del río Trefacio hasta la desembocadura del río Villarino. Se ha pretendido dejar libre lo que fuera anteriormente coto, la zona superior del puente de Nuestra Señora, en Galende, «para descastar las grandes truchas de la zona» y frenar con ello su depredación. También sufre un recorte de 900 metros el coto sin muerte de Sejas, que ha pasado de 9 kilómetros a 8,1.
Los pescadores, no obstante, podrán seguir capturando la próxima campaña el cupo de cuatro truchas por día, y los amantes de la pesca desde embarcaciones podrán hacerlo en ocho grandes embalses de la provincia de Zamora, y además en el Lago de Sanabria.
En la provincia de Zamora, al igual que en León, Burgos, Palencia y Soria, la época hábil de la pesca de la trucha comienza el primer domingo de abril y se prolonga hasta el 31 de julio, ambos inclusive.
En las aguas libres declaradas trucheras, se podrá pescar todos los días, excepto los lunes que no sean festivos de carácter nacional o autonómico. Los jueves se consideran como «día hábil», pero la pesca de los salmónidos únicamente podrá practicarse en la modalidad «sin muerte», incluso cuando fueran festivos, debiendo devolverse a las aguas todos los salmónidos capturados.
En las aguas libres no declaradas trucheras se podrá pescar todos los días, pero los lunes y jueves deberán devolverse de forma inmediata a las aguas de procedencia las truchas que se pudieran pescar.
En las aguas libres donde esté autorizada su captura, la talla mínima será de 21 centímetros. Se aumenta la talla mínima a 23 centímetros, en las aguas embalsadas por la acción exclusiva de la presa del embalse y no por la acción de cualquier otra presa existente en su cauce o en alguno de sus afluentes en dicho tramo, de las masas de aguas de los embalses de Vega de Tera, Puente Porto, Cárdena y Playa. Y se reduce la talla mínima a 19 centímetros en el curso de los ríos Forcadura, Villarino, Truchas, Trefacio y Bibey.
La pesca desde embarcaciones debidamente autorizadas y aparatos específicamente diseñados para la práctica de la pesca (patos, catamaranes u otros aparatos homologados para la práctica de la pesca) se permite en los embalses de Valparaíso, Cernadilla, Nuestra Señora de Agavanzal, Lago de Sanabria, Villalcampo, Castro, Almendra, San Román y Ricobayo desde su presa hasta el puente Quintos, término municipal de Moreruela de Tábara.
En e Lago de Sanabria, con unas aguas en régimen especial, se autoriza la pesca únicamente los sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico entre el 1 de enero y el primer sábado de abril, ambos inclusive, y entre el 1 de agosto y el 15 de octubre, ambos inclusive. En este periodo, la pesca de salmónidos se realizará mediante la modalidad «sin muerte», debiéndose devolver a las aguas de procedencia todos los salmónidos capturados.
Entre el primer domingo de abril y el 31 de julio, ambos inclusive, se permite la pesca de cualquier especie cuya pesca esté autorizada, con las condiciones establecidas para las aguas libres declaradas trucheras en la presente Orden publicada ayer en el Boletín Oficial de Castilla y León.
También cambia, en cuanto a la pesca sin muerte, el coto de Galende, en el Tera, que ha pasado a un tramo superior; concretamente desde la desembocadura del río Trefacio hasta la desembocadura del río Villarino. Se ha pretendido dejar libre lo que fuera anteriormente coto, la zona superior del puente de Nuestra Señora, en Galende, «para descastar las grandes truchas de la zona» y frenar con ello su depredación. También sufre un recorte de 900 metros el coto sin muerte de Sejas, que ha pasado de 9 kilómetros a 8,1.
Los pescadores, no obstante, podrán seguir capturando la próxima campaña el cupo de cuatro truchas por día, y los amantes de la pesca desde embarcaciones podrán hacerlo en ocho grandes embalses de la provincia de Zamora, y además en el Lago de Sanabria.
En la provincia de Zamora, al igual que en León, Burgos, Palencia y Soria, la época hábil de la pesca de la trucha comienza el primer domingo de abril y se prolonga hasta el 31 de julio, ambos inclusive.
En las aguas libres declaradas trucheras, se podrá pescar todos los días, excepto los lunes que no sean festivos de carácter nacional o autonómico. Los jueves se consideran como «día hábil», pero la pesca de los salmónidos únicamente podrá practicarse en la modalidad «sin muerte», incluso cuando fueran festivos, debiendo devolverse a las aguas todos los salmónidos capturados.
En las aguas libres no declaradas trucheras se podrá pescar todos los días, pero los lunes y jueves deberán devolverse de forma inmediata a las aguas de procedencia las truchas que se pudieran pescar.
En las aguas libres donde esté autorizada su captura, la talla mínima será de 21 centímetros. Se aumenta la talla mínima a 23 centímetros, en las aguas embalsadas por la acción exclusiva de la presa del embalse y no por la acción de cualquier otra presa existente en su cauce o en alguno de sus afluentes en dicho tramo, de las masas de aguas de los embalses de Vega de Tera, Puente Porto, Cárdena y Playa. Y se reduce la talla mínima a 19 centímetros en el curso de los ríos Forcadura, Villarino, Truchas, Trefacio y Bibey.
La pesca desde embarcaciones debidamente autorizadas y aparatos específicamente diseñados para la práctica de la pesca (patos, catamaranes u otros aparatos homologados para la práctica de la pesca) se permite en los embalses de Valparaíso, Cernadilla, Nuestra Señora de Agavanzal, Lago de Sanabria, Villalcampo, Castro, Almendra, San Román y Ricobayo desde su presa hasta el puente Quintos, término municipal de Moreruela de Tábara.
En e Lago de Sanabria, con unas aguas en régimen especial, se autoriza la pesca únicamente los sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico entre el 1 de enero y el primer sábado de abril, ambos inclusive, y entre el 1 de agosto y el 15 de octubre, ambos inclusive. En este periodo, la pesca de salmónidos se realizará mediante la modalidad «sin muerte», debiéndose devolver a las aguas de procedencia todos los salmónidos capturados.
Entre el primer domingo de abril y el 31 de julio, ambos inclusive, se permite la pesca de cualquier especie cuya pesca esté autorizada, con las condiciones establecidas para las aguas libres declaradas trucheras en la presente Orden publicada ayer en el Boletín Oficial de Castilla y León.