"Junta de Andalucía" maintains the restrictions of fishing by mussel zebra

Wed, 27/01/2010

Córdoba

La Consejería de Medio Ambiente publicó ayer en el BOJA la orden que regula las vedas y periodos hábiles de pesca continental y que mantiene las medidas excepcionales en el embalse de Iznájar por la presencia del mejillón cebra. La norma remite a la resolución del 9 de octubre del 2009 en la que se prohíbe la pesca para todas las especies y la navegación en el pantano. La Junta solo permite el ejercicio de la pesca deportiva, los entrenamientos y concursos oficiales de pesca autorizados expresamente por la Consejería de Medio Ambiente en la zona de Valdearenas. Este tramo está comprendido entre la Plaza y las Sauzadillas y desde la entrada de Ventorros de Valerma hasta el arroyo del cerezo.

La orden de vedas recoge que el periodo hábil de la pesca común y del arco-iris en aguas libres desde el segundo domingo de mayo hasta el 30 de septiembre (aguas de alta montaña) y desde el tercer domingo de marzo hasta el 31 de agosto para aguas de baja montaña.

En la provincia se autoriza la pesca del cangrejo rojo americano con nasa cangrejera en el embalse de Vadomojón.

Por otra parte, en Córdoba se mantiene solo un coto para la pesca de carpa, barbo, boga y tenca, situado en el embalse de Santa María. El cupo de capturas será de 10 para el barbo.

La Junta mantiene como refugios de pesca en los que no se autoriza la actividad los siguientes humedales: Cordobilla, Malpasillo, Zóñar, Amarga, Conde, Los Jarales, Rincón y Tíscar. Se permite en algunas zonas de Retortillo, Bembézar y San Rafael de Navallana.

Medio Ambiente recuerda que está prohibida la comercialización, directa o indirecta, de las capturas provenientes de la pesca deportiva, mientras que se autoriza la venta del cangrejo rojo americano, aunque con limitaciones.