325 % of difference between water tax of 28 cities

Mon, 02/01/2006

La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha detectado diferencias de hasta el 325% en las tarifas del suministro domiciliario de agua de 28 ciudades españolas. Éste es el único suministro doméstico que carece de una normativa nacional que regule los derechos de los usuarios, por lo que FACUA reivindica al Gobierno su elaboración.

Asimismo, la Federación demanda a los ayuntamientos la puesta en marcha de mecanismos de participación de las asociaciones de consumidores en el diseño de las tarifas y la implantación del ciclo integral del agua, ya que una de las principales carencias existentes en numerosos municipios es la no depuración de las aguas.

El estudio revela que el consumo mensual de 10 metros cúbicos de agua supone un importe medio de 9,84 euros más IVA si el contador individual tiene un calibre de 13 milímetros y de 11,31 euros si es de 15 mm. Estas cifras, que incluyen las cuotas fijas y variables relativas tanto al abastecimiento como al saneamiento de agua, se elevan a 18,41 y 19,86 euros al mes, respectivamente, si el consumo es de 20 metros cúbicos.

Pero las tarifas son muy distintas en función de cada ciudad. Así, el consumo mensual de 10 metros cúbicos representa en Castellón 4,88 euros o 6,35 euros, en función de si el contador tiene un calibre de 13 o 15 mm., frente a los 15,85 euros que cobran en Palma de Mallorca si es de 13 mm. y los 27,00 euros de Alicante si es de 15 mm. Como ya puso de manifiesto FACUA en otro estudio realizado en 2004, la diferencia de tarifas entre la ciudad más cara y la más barata es desproporcionada, alcanzando este año el 325%, lo que representa una diferencia anual en las facturas de nada menos que 247,80 euros.

Si la familia consume 20 metros cúbicos, la facturación varía hasta 336,72 euros al año, aunque FACUA advierte que en estos casos no siempre puede considerarse positiva una tarifa muy baja y negativa una muy alta, ya que resulta necesario que las suministradoras apliquen tarifas progresivas que penalicen los metros cúbicos consumidos en exceso (siempre que se bonifique a las familias numerosas), algo que no siempre ocurre. Asimismo, hay que tener en cuenta que entre las ciudades con las tarifas más bajas uno de los motivos es en ciertos casos que no depuran las aguas, otro aspecto negativo.

Castellón, Logroño, Valladolid y Ciudad Real son las ciudades con el suministro de agua más económico. Frente a ellas, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia y Cádiz tienen las tarifas más caras para contadores de 13 mm., mientras que en el caso de los de 15 mm. las más elevadas son las de Alicante, Córdoba, Tenerife y Murcia.

Carencia normativa

En España, el suministro domiciliario de agua es una competencia de los ayuntamientos, que otorgan las concesiones del servicio a empresas públicas, privadas o mixtas. Con la excepción del Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua de Andalucía, los derechos y obligaciones de los usuarios y las empresas suministradoras únicamente se establecen mediante ordenanzas municipales o los acuerdos que regulan las concesiones, una dispersión que provoca que no estén garantizados unos requisitos mínimos de calidad del servicio a nivel nacional y la existencia de facturas con conceptos muy dispares y difíciles de entender para los usuarios debido a su complejidad.

FACUA demanda una norma de ámbito nacional que regule aspectos como los procedimientos para la aprobación de las tarifas, que deben incluir el trámite de audiencia de las asociaciones de consumidores, las indemnizaciones a percibir si se producen cortes del suministro por motivos que no respondan a fuerza mayor o acciones de terceros, la periodicidad de lectura de los contadores y facturación, las condiciones de presión y caudal mínimas exigibles por los usuarios, los procedimientos y requisitos para las bajas en el servicio, los conceptos incluidos en las facturas y los sistemas para la resolución de las reclamaciones. Entre ellos, la Federación reivindica la obligación de que las empresas cuenten con teléfonos gratuitos y oficinas para la atención a los usuarios y señala la necesidad de que estén adheridas al Sistema Arbitral de Consumo.

El reglamento andaluz

Desde comienzos de la década de los 90, y aprobado por el Decreto 120/91, Andalucía cuenta con un Reglamento, a través del cual se regulan las relaciones entre los usuarios y las entidades suministradoras de agua. Esta acción, pionera en toda España, supuso un avance en la defensa de los derechos de los usuarios, ya que se conseguía cubrir parte del vacío normativo existente en el sector. Así y a pesar de ciertos incumplimientos en la normativa por parte de algunas de las empresas suministradoras, FACUA considera que se debería seguir el ejemplo del Reglamento andaluz a nivel nacional y, de este modo, impedir la prestación de un servicio básico como el agua sin las suficientes garantías y derechos de los consumidores.

Para evitar esta disparidad tarifaria, FACUA solicita una norma que establezca una serie de medidas reguladoras a fin de controlar el baile de importes que se da por el consumo de agua según el lugar y la empresa suministradora para poder evitar abusos en este sector.

Metodología

Para realizar este estudio, FACUA ha tenido en cuenta el ciclo integral del agua, esto es, las cuotas fijas y variables facturables tanto por el abastecimiento como por el saneamiento, alcantarillado, depuración y/o vertidos, excluyendo los posibles cánones o recargos relacionados con la mejora de infraestructuras, impulsión, sequía... Las cuotas fijas o de servicio son las que hay que pagar aunque no se haga uso del mismo, mientras que las variables o de consumo dependen del volumen de agua consumida.

Para evaluar las cuotas fijas y variables de abastecimiento y saneamiento se han tomado como referencia dos consumos medios, de 10 y 20 metros cúbicos al mes, obtenidos por contadores individuales de 13 y 15 mm. de calibre.

También se han contemplado las cuotas por el alquiler y/o mantenimiento de los contadores, que se aplican en nueve de las veintiocho ciudades, así como la existencia o no de bonificaciones a las familias numerosas, para evitar que se penalicen consumos elevados que en estos casos resultan justificados, o a usuarios de rentas bajas.

Según la ciudad, la facturación se realiza mensual, bimestral o trimestralmente. Para la realización del estudio se ha calculado el equivalente mensual.