Official Journal of Catalonia publishes decree with measures of water resources due to the drought
Tue, 24/05/2005
El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC) publicó hoy el Decreto aprobado el martes pasado, 17 de mayo, que fija las medidas excepcionales en el uso de los recursos hídricos mientras se mantenga la actual situación de sequía y que pretende garantizar el suministro de agua para uso de boca hasta que acabe el año o se normalice la capacidad de los embalses catalanes.
El volumen global de las cuencas internas es, a día de hoy, de 329,90 hectómetros cúbicos, de los cuales 274,42 hectómetros son del sistema Ter-Llobregat, por encima de los 270 hectómetros que se establecen como el umbral de excepcionalidad de nivel 1, según informó hoy la Conselleria de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat.
Con las reservas actuales, será necesario aplicar medidas de excepcionalidad en las cuencas que se encuentran por debajo del umbral de declaración y que son las cuencas catalanas del Ebro, el Besòs, el Garraf y riera de Ribes, Foix, ribera de La Bisbal, Gaià-Francolí y rieras de costa Sur.
En cuanto a los sistemas de embalse de las cuencas internas de Catalunya, la Generalitat destacó que "no es necesario aplicar las medidas restrictivas establecidas en el Decreto". El volumen embasado en Boadella es de 40,22 hectómetros cúbicos, mientras que el umbral de excepcionalidad en mayo es de 25 hectómetros.
En esta misma línea, el volumen de Sau, Susqueda, la Baells, la Llosa del Cavall y Sant Ponç es de 274,42 hectómetros, por encima de los 270 hectómetros. Por último, en Siurana y Riucadellas, el volumen es de 11,63 hectómetros cúbicos, siendo el umbral de excepcionalidad de 2 hectómetros.
REDUCIR EL RIEGO DE CALLES Y PARQUES PÚBLICOS.
El Decreto contiene un paquete de directrices de usos hídricos dirigidas a los ayuntamientos, agricultores y organizadores de prácticas directivas y se distribuyen en cuatro fases que van desde la situación de normalidad, el nivel 1 de la fase excepcional, el nivel dos y una fase de emergencia, en la que habría que aprobar una nueva resolución desde el Gobierno de la Generalitat.
Entre las medidas dirigidas a los entes locales en el primer nivel de excepcionalidad, figura la prohibición de destinar agua potable para el funcionamiento de las fuentes ornamentales. Asimismo, sólo se usará agua potable para limpiar las calles cuando sea imprescindible por motivos higiénicos, mientras que el riego de los parques públicos se reducirá al mínimo indispensable. En el caso de emplear para estos fines agua no potable, tendrá que haber sido desinfectada previamente.
Además, se obliga a las empresas abastecedoras a presentar planes de contingencia en los que ya se está trabajando y se limita la dotación por habitante a 280 litros al día --la media de consumo actual está en 130 litros al día--.
EMPRESAS Y DEPORTES.
Respecto a las empresas hidroeléctricas, el decreto las obliga a no provocar oscilaciones en el régimen de caudales del río, por lo que no emplearán turbinas y tendrán que desaguar un volumen de agua suficiente para mantener las funciones ecológicas del río
El decreto de sequía influirá también en la práctica deportiva. Los campos de golf sólo podrán recibir un máximo de 840 metros cúbicos de agua por hectárea siempre que ésta no proceda de una depuradora.
En cuanto a las pruebas deportivas que exijan desembalses extraordinarios de agua de hasta 0,5 hectómetros cúbicos, sólo se autorizarán si estas aguas pueden ser recogidas río abajo y no se den otras condiciones excepcionales.
Asimismo, la Generalitat podrán ordenar la suspensión temporal o la clausura de los vertidos que puedan interrumpir la captación o tratamiento de agua o bien que pudieran perjudicar su calidad.
Por otra parte, los ayuntamientos y las compañías de suministro tendrán que informar mensualmente a la ACA sobre las medidas de ahorro que de agua que adopten. Además, se pondrá en marcha una campaña publicitaria para dar a conocer todas estas medidas a la población
El volumen global de las cuencas internas es, a día de hoy, de 329,90 hectómetros cúbicos, de los cuales 274,42 hectómetros son del sistema Ter-Llobregat, por encima de los 270 hectómetros que se establecen como el umbral de excepcionalidad de nivel 1, según informó hoy la Conselleria de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat.
Con las reservas actuales, será necesario aplicar medidas de excepcionalidad en las cuencas que se encuentran por debajo del umbral de declaración y que son las cuencas catalanas del Ebro, el Besòs, el Garraf y riera de Ribes, Foix, ribera de La Bisbal, Gaià-Francolí y rieras de costa Sur.
En cuanto a los sistemas de embalse de las cuencas internas de Catalunya, la Generalitat destacó que "no es necesario aplicar las medidas restrictivas establecidas en el Decreto". El volumen embasado en Boadella es de 40,22 hectómetros cúbicos, mientras que el umbral de excepcionalidad en mayo es de 25 hectómetros.
En esta misma línea, el volumen de Sau, Susqueda, la Baells, la Llosa del Cavall y Sant Ponç es de 274,42 hectómetros, por encima de los 270 hectómetros. Por último, en Siurana y Riucadellas, el volumen es de 11,63 hectómetros cúbicos, siendo el umbral de excepcionalidad de 2 hectómetros.
REDUCIR EL RIEGO DE CALLES Y PARQUES PÚBLICOS.
El Decreto contiene un paquete de directrices de usos hídricos dirigidas a los ayuntamientos, agricultores y organizadores de prácticas directivas y se distribuyen en cuatro fases que van desde la situación de normalidad, el nivel 1 de la fase excepcional, el nivel dos y una fase de emergencia, en la que habría que aprobar una nueva resolución desde el Gobierno de la Generalitat.
Entre las medidas dirigidas a los entes locales en el primer nivel de excepcionalidad, figura la prohibición de destinar agua potable para el funcionamiento de las fuentes ornamentales. Asimismo, sólo se usará agua potable para limpiar las calles cuando sea imprescindible por motivos higiénicos, mientras que el riego de los parques públicos se reducirá al mínimo indispensable. En el caso de emplear para estos fines agua no potable, tendrá que haber sido desinfectada previamente.
Además, se obliga a las empresas abastecedoras a presentar planes de contingencia en los que ya se está trabajando y se limita la dotación por habitante a 280 litros al día --la media de consumo actual está en 130 litros al día--.
EMPRESAS Y DEPORTES.
Respecto a las empresas hidroeléctricas, el decreto las obliga a no provocar oscilaciones en el régimen de caudales del río, por lo que no emplearán turbinas y tendrán que desaguar un volumen de agua suficiente para mantener las funciones ecológicas del río
El decreto de sequía influirá también en la práctica deportiva. Los campos de golf sólo podrán recibir un máximo de 840 metros cúbicos de agua por hectárea siempre que ésta no proceda de una depuradora.
En cuanto a las pruebas deportivas que exijan desembalses extraordinarios de agua de hasta 0,5 hectómetros cúbicos, sólo se autorizarán si estas aguas pueden ser recogidas río abajo y no se den otras condiciones excepcionales.
Asimismo, la Generalitat podrán ordenar la suspensión temporal o la clausura de los vertidos que puedan interrumpir la captación o tratamiento de agua o bien que pudieran perjudicar su calidad.
Por otra parte, los ayuntamientos y las compañías de suministro tendrán que informar mensualmente a la ACA sobre las medidas de ahorro que de agua que adopten. Además, se pondrá en marcha una campaña publicitaria para dar a conocer todas estas medidas a la población