New regime of exploitation for Campo Montiel´s aquiferous is publicized

Tue, 22/02/2005

La Verdad

La dirección general del Agua de Medio Ambiente ha hecho público en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real la resolución sobre el régimen de explotación del Acuífero del Campo de Montiel para el año 2005,que afecta a las provincias de Ciudad Real y Albacete.

Según esta resolución, la dirección general del Agua ha recogido la propuesta realizada por la Junta de Explotación que se reunió el pasado 23 de noviembre de 2004.

Esta propuesta establece que dentro de los límites de la poligonal que delimita la totalidad del acuífero del Campo de Montiel, definida en el Plan de Ordenación de Extracciones, se podrán efectuar éstas con las limitaciones establecidas.

Abastecimiento

Entre los usos prioritarios destaca la autorización de la extracción de agua del acuífero con destino al abastecimiento poblacional, a partir de las captaciones actualmente existentes que se encuentren debidamente legalizadas o en trámite de legalización, y los caudales se ajustarán a las necesidades normales de abastecimiento urbano, en función de la población servida.

Previa solicitud justificada se podrá autorizar por la presidencia de la Junta de Explotación la extracción de agua exclusivamente para abrevadero de ganado que no disponga de otra alternativa de suministro.

Los titulares de las explotaciones con derecho al aprovechamiento de aguas, inscritos en el Registro de Aguas o en el Catálogo de Aguas Privadas, podrán utilizar agua para riego y realizar extracciones de acuerdo al condicionado recogido en esta resolución.

La administración hidráulica podrá acceder libremente, sin comunicación previa a los propietarios, a las explotaciones e instalaciones de captación y de riego para la colocación e inspección de los aparatos de control y medida de caudales, salvo cuando las instalaciones se encuentren cerradas o cercadas, para las que se comunicará a sus propietarios, al objeto de facilitar el acceso al personal designado.

Los titulares de aprovechamiento de aguas subterráneas inscritos en el Registro de Aguas o en el Catálogo de Aguas Privadas deberán remitir a la presidencia de la Junta de Explotación la lectura de los caudalímetros instalados en los respectivos aprovechamientos en las fechas designadas.

La resolución recoge que los municipios afectados, la dirección del parque natural de las Lagunas de Ruidera y de la Comunidad de Regantes del acuífero del Campo de Montiel colaborarán en la vigilancia para el cumplimiento del régimen de explotación, denunciando los abusos y los despilfarros que conozcan.

La resolución establece que queda prohibida la apertura de nuevos pozos, salvo los necesarios para satisfacer los aprovechamientos excepcionales autorizados expresamente.