Supreme Court cancels the divert Jucar-Vialopo and works will be stopped

Fri, 19/11/2004

La Verdad

El fallo deroga los artículos del Plan Hidrológico de la cuenca para los regadíos Estupor de los agricultores, porque dejarán de enviarse 300 hectómetros anuales
ELÍAS JIMÉNEZ / B. SIRVENT/ALBACETE / ALICANTE
TOMA. Obras en el pantano de Cortes de Pallás, hace un año, donde se ha construido la toma de caudales. / PEDRO ROJAS

El Tribunal Supremo ha anulado los trasvases de agua desde la cuenca del Júcar a otras cuencas levantinas como las del Turia o Vinalopó, entre otras, dejando sin vigor varios artículos del Plan Hidrológico de esta cuenca. Así lo anunciaron ayer los responsables de la Fundación para el Progreso de Albacete, que fueron los recurrentes a finales de 1999 contra la orden ministerial y el posterior Real Decreto que dio el visto bueno al Plan Hidrológico del Júcar. Los regantes y usuarios alicantinos mostraron anoche tanto su sorpresa por este fallo, cuya tramitación judicial desconocían, como su estupor por la consecuencia práctica que pueda tener en una obra que costará 32.000 millones de las antiguas pesetas y que está en fase de construcción en sus seis tramos entre Villena y Cortes de Pallás.

La sentencia, dictada por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, anula los artículos 1, 20, 21, 22, 23, 24 (apartados 2, 15 y 16-b), 25, 26, 27 y 28 de Plan Hidrológico del Júcar (PHJ). Dicha sentencia considera que el ámbito territorial del PHJ no puede comprender aguas intracomunitarias de la Comunidad Valenciana (correspondiente a las cuencas de otros ríos levantinos como Valviquera, Cérvol, Serpis o Palancia, entre otros), ni las de Castilla-La Mancha (Pozohondo).

Abastecimiento público

La anulación de estos artículos del Plan Hidrológico del Júcar supone que se dejarán de enviar más de 300 hectómetros cúbicos de agua de esta cuenca a las de otros ríos. Lo que se anula son los aprovechamientos para regadíos y no para abastecimiento de las poblaciones, «porque la Fundación para el Desarrollo de Albacete no pidió que se anularán los abastecimientos, entre otros, a la ciudad de Valencia», tal y como señaló el presidente de esta organización, Alfonso Calera.

La sentencia declara nulos estos artículos, porque considera que el Estado no es competente para la regulación de aguas en estas cuencas. El Supremo anula la definición de los sistemas de explotación de recursos, como Cenia-Maestrazgo, Mijares-Plana de Castellón, Palancia-Los Valles, Turia, Serpis, Marina Alta, Marina Baja y Vinalopó-l'Alacantí, que anula en su totalidad. Esto supone que el Supremo no reconoce que estos sistemas pertenezcan a la cuenca del Júcar y por tanto anula todos los aprovechamientos que de esta división se deduzcan porque estarían considerados como trasvases.

De esta manera, anula la asignación de recursos superficiales a la zona regable del Canal del Júcar-Turia que suponen en torno a 95 hectómetros cúbicos al año, así como las asignaciones de recursos superficiales del Júcar al área Vinalopó-l'Alacantí, con más de 80 hectómetros cúbicos al año.

Igualmente, suspende las reservas para la corrección de déficits hídricos en la Comunidad Valenciana con agua del Júcar para el Canal del Júcar-Turia y en el sistema Vinalopó-l'Alacantí, entre los dos con más de 120 hectómetros cúbicos al año.

El director jurídico de la Fundación para el progreso de Albacete confirmó que la sentencia no afecta a las asignaciones y reservas de recursos reconocidos en el Plan del Júcar para la consolidación de los riegos atendidos con el acuífero de la Mancha Oriental (con 275 hectómetros cúbicos al año) ni para la sustitución de bombeos en esta zona, con más de 80 hectómetros cúbicos, ni para el abastecimiento de agua a la capital albaceteña. El presidente de esta fundación explicó que la cantidad de agua a la que afecta (más de 300 hectómetros cúbicos) «muestra la relevancia de la sentencia. Como es firme, la Administración tiene diez días para darse por enterada de su existencia y dos meses para su cumplimiento voluntario. De no llevarse a cabo dentro de ese plazo, la Fundación ya ha anunciado que exigiría su ejecución inmediata».

La ejecución de la sentencia supone la paralización inmediata de las obras de construcción para el trasvase Júcar-Vinalopó y la suspensión de los aprovechamientos con agua del Júcar en la cuenca del Turia, así como las revocaciones de las concesiones de agua otorgadas desde esta cuenca hacia el Vinalopó. El presidente de la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y La Marina, Andrés Martínez Espinosa, mostró anoche su extrañeza por el fallo, dijo desconocer el procedimiento judicial y admitió: «Nos pilla fuera de juego». No se atreve a vaticinar la paralización de las obras, para las que la UE ya ha destinado 8.000 millones de las antiguas pesetas. Asegura que hoy se pondrán en marcha para conocer exactamente el alcance de la sentencia y su «posible trascendencia pragmática», aunque no pudo ocultar su estado de desánimo por este nuevo traspié a un proyecto reclamado durante los últimos dos siglos. Muestra su estupor por un fallo que afecta a un plan de cuenca que fue en su día ratificado por la ley del Plan Hidrológico Nacional.

Por su parte, los responsables de la fundación consideran que esos riegos carecen de cualquier título y deben ser revocados y no descartan estudiar si las concesiones de agua que se han aprobado durante estos años se deberían devolver por parte de los agricultores valencianos, e incluso pedir daños y perjuicios. Delgado señaló que esta sentencia sienta jurisprudencia, «porque la doctrina que aquí se asienta es muy importante para posibles pleitos que haya en otras cuencas», apuntó, dejando la puerta abierta a otros conflictos, como el abierto entre el Tajo y el Segura.

Calero explica que el Júcar se convertía en un río cedente de agua a otras cuencas a unos niveles muy importantes, «cuando los excedentes hay que discutirlos y tienen una importancia fundamental para el desarrollo de Albacete y Cuenca».