Environment department allows Manzanares river`s works for carrying out M-30 tunnel
Thu, 16/09/2004
La Consejería pide que se asegure la capacidad de depuración de caudales y la realización de balsas de almacenamiento
MADRID. La Consejería de Medio Ambiente ha remitido a la Confederación Hidrográfica del Tajo un informe en el que da el visto bueno a las obras de remodelación de la M-30 y su afección al río Manzanares, aunque incluye algunas sugerencias de tipo medioambiental. El informe, de cuatro páginas, extrae siete conclusiones. La primera de ellas dice que del estudio hidrogeológico «se puede extraer que las obras de soterramiento de la M-30 no tendrán incidencia sobre el régimen del río Manzanares». En este sentido, se indica que las aguas subterráneas no descargan directamente al cauce, sino a drenes perimetrales existentes tras el muro del río, «siendo en cualquier caso la magnitud total de la descarga equivalente antes y después del proyecto».
La Comunidad sugiere que durante la fase de ejecución de desvíos se deberá asegurar que el tramo del río objeto de la actuación tenga suficiente capacidad de transporte del caudal circulante por el él, para así evitar una inundación.
Precisamente en prevención de posibles inundaciones, la Confederación Hidrográfica del Tajo, como organismo de cuenca, deberá disponer las actuaciones necesarias «respecto a las posibles contingencias provocadas por la reducción de la capacidad hidráulica del río Manzanares, así como al eventual incremento de los resguardos que hay que mantener en los embalses de El Pardo y Manzanares El Real, requerido para restablecer los niveles de protección frente al riesgo de avenidas».
Se da la circunstancia de que éste último embalse tiene un destacado papel en el abastecimiento de las poblaciones de la Sierra del Guadarrama, constituyendo la mayor reserva de suministro de agua de esta área en la época estival, por lo que en el caso de ser preciso un incremento de las reservas necesarias en el embalse de Manzanares El Real se deberá contar con la conformidad del Canal de Isabel II. Medio Ambiente indica, además, que los materiales extraídos del río tras su dragado deberán ser objeto de los oportunos análisis, con el fin de determinar el destino más adecuado.
MADRID. La Consejería de Medio Ambiente ha remitido a la Confederación Hidrográfica del Tajo un informe en el que da el visto bueno a las obras de remodelación de la M-30 y su afección al río Manzanares, aunque incluye algunas sugerencias de tipo medioambiental. El informe, de cuatro páginas, extrae siete conclusiones. La primera de ellas dice que del estudio hidrogeológico «se puede extraer que las obras de soterramiento de la M-30 no tendrán incidencia sobre el régimen del río Manzanares». En este sentido, se indica que las aguas subterráneas no descargan directamente al cauce, sino a drenes perimetrales existentes tras el muro del río, «siendo en cualquier caso la magnitud total de la descarga equivalente antes y después del proyecto».
La Comunidad sugiere que durante la fase de ejecución de desvíos se deberá asegurar que el tramo del río objeto de la actuación tenga suficiente capacidad de transporte del caudal circulante por el él, para así evitar una inundación.
Precisamente en prevención de posibles inundaciones, la Confederación Hidrográfica del Tajo, como organismo de cuenca, deberá disponer las actuaciones necesarias «respecto a las posibles contingencias provocadas por la reducción de la capacidad hidráulica del río Manzanares, así como al eventual incremento de los resguardos que hay que mantener en los embalses de El Pardo y Manzanares El Real, requerido para restablecer los niveles de protección frente al riesgo de avenidas».
Se da la circunstancia de que éste último embalse tiene un destacado papel en el abastecimiento de las poblaciones de la Sierra del Guadarrama, constituyendo la mayor reserva de suministro de agua de esta área en la época estival, por lo que en el caso de ser preciso un incremento de las reservas necesarias en el embalse de Manzanares El Real se deberá contar con la conformidad del Canal de Isabel II. Medio Ambiente indica, además, que los materiales extraídos del río tras su dragado deberán ser objeto de los oportunos análisis, con el fin de determinar el destino más adecuado.