Water banks against drought

Wed, 26/05/2004

Expansión

Madrid
El Protocolo de Kioto obliga al Gobierno a poner en marcha a partir del 1 de enero de 2005 un mercado que también existirá en el entorno de la Unión Europea para intercambiar derechos de emisiones contaminantes. No será el único nuevo mercado de tono medioambiental en la agenda de la ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona. La política hidráulica también trae consigo un mercado nuevo, basado en el intercambio de recursos a través de bancos de agua.
Estos bancos son una de las medidas incluidas en la nueva política de agua diseñada por el Ejecutivo. Con ello, pretenden conseguir 'una reasignación de derechos del agua', sobre todo en situaciones de sequía.
Por ejemplo, en las zonas de Murcia y Castellón, los bancos de agua se utilizarán para aprovechar el agua sobrante de la desaparición de riegos tradicionales como consecuencia de la expansión urbanística.
Estos derechos se redistribuirán para destinarlos a otras finalidades más urgentes, como el consumo humano o, especialmente, la agricultura.
Problemas
'Uno de los problemas de nuestro actual sistema de concesiones de agua es mantener un volumen inmovilizado en actividades poco productivas. Estos nuevos centros o marcos van a permitir movilizar hacia usos más productivos un agua que actualmente tiene un uso poco económico', señala Juan López Martos, director general de Aguas. Según la agenda del Ministerio de Medio Ambiente, el Consejo de Ministros aprobará la constitución de Centros de Intercambio de Derechos de Uso del Agua, que actuarán como bancos para intercambiar derechos sobre el agua.
Los Organismos de Cuenca, que dependen de las Confederaciones Hidrográficas, se encargarán de realizar ofertas públicas de adquisición de derechos de uso del agua. Estos derechos podrán cederse posteriormente a otros usuarios a un precio pactado por el Organismo de Cuenca.
El sistema de compraventa de estos derechos estará sujeto a los principios de publicidad y libre concurrencia. Para ello, se utilizarán probablemente mecanismos de concurso público o subasta para la enajenación y la adquisición de estos derechos. Un reglamento fijará el procedimiento y los criterios de funcionamiento de este mercado.
Las autonomías podrán instar a los Organismos de Cuenca a realizar compras de derechos de uso del agua con el objetivo de atender fines concretos (como los problemas por una situación de sequía) en el ámbito de sus competencias.
Precedente
Actualmente, los bancos de agua ya cuentan con un precedente, a través de los centros de intercambio de derechos sobre los recursos hídricos. Estos están previstos en la Ley de Aguas que está en vigor. El gabinete dirigido por Cristina Narbona pretende 'incentivar de forma inmediata las posibilidades' que ya ofrece la ley actualmente.
Las cuencas del Júcar y del Segura serán las primeras en beneficiarse de la constitución de Centros de Intercambio de Derechos de Uso del Agua. El Ministerio aún no ha estimado la inversión destinada a la creación de bancos públicos de agua.
Desde hace más de 1.000 años, los agricultores valencianos acuden al Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia, el más antiguo de Europa de sus características, para resolver sus problemas con el agua. Se trata de un tribunal arbitral integrado por ocho síndicos o jueces que dirimen los jueves en voz alta y en la puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia las disputas que surgen entre los labradores por el derecho a utilizar el agua de las acequias que bañan las 17.000 hectáreas de la Huerta de Valencia. El tribunal, una de las más antiguas y sólidas instituciones populares utilizada desde la Edad Media, tiene autoridad sobre el conjunto de las ocho acequias, siete de las cuales fueron construidas por los romanos. Aunque los síndicos, que son elegidos por y entre los mismos campesinos, no poseen formación jurídica, sí conocen el derecho que deben aplicar.
Los propietarios de los campos regados por las aguas que circulan por una acequia principal y las secundarias se agrupan en una comunidad de regantes, gobernada por unas ordenanzas. Cuando un labrador infringe alguna de ellas, debe ser juzgado por el Tribunal de las Aguas, que causa una gran expectación. Este dicta una resolución, que aunque no está escrita, es inapelable. Las denuncias más corrientes que debe resolver el Tribunal son por malgastar o robar agua en tiempos de sequía, rotura de canales, daños en las cosechas a causa del derrame excesivo de agua o por no respetar los turnos de riego.
el mercado del agua (y iii)