Approved the reduction the perimeter of the irrigable area of central Extremadura
Mon, 07/07/2014
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Se excluyen las zonas calificadas como no regables por baja calidad del suelo y las zonas no dominadas por el canal
En las 8.440 hectáreas que se excluyen, podrán establecerse cultivos leñosos, lo que incrementará notablemente la productividad de las explotaciones
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a instancias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto por el que se reduce el perímetro de riego de la zona regable del centro de Extremadura, 1ª fase (Badajoz – Cáceres). Mediante esta nueva norma se excluyen del citado perímetro las zonas calificadas como no regables por baja calidad de suelo, y las zonas no dominadas por el canal.
No se modifica la situación de las unidades de riego excluidas por motivos medioambientales, por lo que éstas no sufren cambio alguno como consecuencia de la modificación.
El Real Decreto hoy aprobado afectará a cerca de 500 propietarios de las 8.440 ha que se excluyen de la zona regable. La superficie que queda incluida dentro del perímetro supone un total de 15.534 ha, de las que 1.711 ha están excluidas por DIA (Declaración de Impacto Ambiental) y 13.823 ha son superficie regable.
En las 8.440 ha que ahora se excluyen no se aplicará la legislación de desarrollo de la zona regable, por la que solo podían establecerse en ellas cultivos de secano. A partir de ahora, y siendo de aplicación solo la legislación autonómica pueden establecerse en ellas cultivos leñosos, lo que incrementará notablemente la productividad de las explotaciones allí establecidas, generando empleo y riqueza en esa parte del territorio.
En las 8.440 hectáreas que se excluyen, podrán establecerse cultivos leñosos, lo que incrementará notablemente la productividad de las explotaciones
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a instancias del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto por el que se reduce el perímetro de riego de la zona regable del centro de Extremadura, 1ª fase (Badajoz – Cáceres). Mediante esta nueva norma se excluyen del citado perímetro las zonas calificadas como no regables por baja calidad de suelo, y las zonas no dominadas por el canal.
No se modifica la situación de las unidades de riego excluidas por motivos medioambientales, por lo que éstas no sufren cambio alguno como consecuencia de la modificación.
El Real Decreto hoy aprobado afectará a cerca de 500 propietarios de las 8.440 ha que se excluyen de la zona regable. La superficie que queda incluida dentro del perímetro supone un total de 15.534 ha, de las que 1.711 ha están excluidas por DIA (Declaración de Impacto Ambiental) y 13.823 ha son superficie regable.
En las 8.440 ha que ahora se excluyen no se aplicará la legislación de desarrollo de la zona regable, por la que solo podían establecerse en ellas cultivos de secano. A partir de ahora, y siendo de aplicación solo la legislación autonómica pueden establecerse en ellas cultivos leñosos, lo que incrementará notablemente la productividad de las explotaciones allí establecidas, generando empleo y riqueza en esa parte del territorio.