The Xunta de Galicia public information submitted to the Plan of Conservation Natural Area of Local Interest Puzo do Lago in the town hall of Maside ourensano

Fri, 02/08/2013

Xunta de Galicia

El documento supone un apoyo al desarrollo y la conservación de los valores naturales y de la biodiversidad de este lugar, a través del mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, entre otros.
La norma pretende definir y señalar el estado de conservación de las componentes del patrimonio del Espacio Natural, así como de los procesos ecológicos y geológicos en el ámbito territorial tratado.
La Xunta de Galicia publica hoy en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la información pública, durante 20 días hábiles, del Plan de Conservación del Espacio Natural de Interés Local (ENIL) O Puzo do Lago, ubicado en el Ayuntamiento ourensano de Maside. Para esto, la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras estableció un período de información pública y audiencia a los interesados en la tramitación de la declaración definitiva de este ENIL, que comprende una superficie de 31,40 hectáreas, incluyendo terrenos clasificados como dominio público hidráulico.

Este documento supone un apoyo al desarrollo y la conservación de los valores naturales y de la biodiversidad, a través del mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales, garantizando la conexión de las poblaciones de fauna y flora silvestres y preservando la diversidad genética, por lo que supondrá identificar y georeferenciar el Espacio Natural, los valores que lo caracterizan y su integración y relación con el resto del territorio.

El Plan también señala el régimen de protección, para mantener, mejorar o restaurar ecosistemas, en funcionalidad y conectividad; fomentar la participación pública, a través de la cooperación activa de los sectores sociales y económicos, asumiendo una responsabilidad compartida en la conservación, la prevención y la planificación para impedir el deterioro ambiental.

Las políticas sectoriales pondrán en marcha los mecanismos necesarios para evitar daños al medio ambiente; identificando tanto la capacidad y la intensidad del uso del patrimonio natural y de la biodiversidad y la geodiversidad para poder así determinar las alternativas de gestión y las limitaciones que deban establecerse a la vista de su estado de conservación.

Asimismo, la norma pretende definir y señalar el estado de conservación de las componentes del patrimonio del Espacio Natural, de su biodiversidad y de su geodiversidad, así como de los procesos ecológicos y geológicos en el ámbito territorial tratado; y la internalización de los costes ambientales, tendiendo en cuenta, en sentido amplio, el principio de que quien contamina paga.

Los usos y aprovechamientos deben ser compatibles con el mantenimiento de los ecosistemas y no reducir la viabilidad de otros recursos a los que se asociara, ni reducir las posibilidades de gozo de ellos a las generaciones futuras. Se procurará la puesta en valor de los componentes de la biodiversidad, y se tratará que los beneficios generados por el uso de los recursos reviertan en favor de los agentes implicados.


Prever, también, la aplicación de las medidas de conservación así como de restauración, de todos los recursos naturales y de sus componentes que requieran ser conservados o restaurados, que contribuirá al establecimiento y la consolidación de redes ecológicas compuestas por espacios de alto valor natural, que permitan los movimientos y la dispersión de las poblaciones de especies tanto de flora como de fauna y el mantenimiento de sus flujos, de forma que garanticen la funcionalidad de los distintos ecosistemas presentes en el ENIL.

Este plan es el instrumento específico para la delimitación de su ámbito, tipificación de los valores naturales que lo integran, y determinación de la relación del espacio natural con el resto del territorio. Además, establecerá el régimen de usos y actividades permisibles, así como las limitaciones que se consideren necesarias para la conservación del espacio.

Las determinaciones del presente Plan de Conservación entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el DOG, y continuarán en vigor hasta que no se revise el Plan por el cambio significativo y suficiente de las circunstancias o criterios que determinaron su aprobación. En cualquier caso, la falta de modificaciones excepcionales, deberá revisarse pasados 5 años.

Finalidades básicas
La finalidad básica del Plan de Conservación de un Espacio Natural de Interés Local, es garantizar la conservación de una serie de valores naturales, culturales, estéticos, y científicos reconocidos por la sociedad y apoyados por una normativa legal. Los objetivos deben alcanzarse en territorios donde la población utilizó los recursos naturales, modificando los paisajes y las comunidades biológicas. La incorporación de planteamientos de índole socioeconómica a la preocupación central de la consideración del bienestar de la población que habita en estos territorios, así como al reconocimiento y a la valoración de una relación positiva entre ciertos aprovechamientos económicos y a la garantía de pervivencia de los valores naturales.

Los Espacios Naturales no pueden concebirse de forma estática, han de incorporar los avances científicos y tecnológicos, y deberán dar respuesta a los cambios sociales y económicos del entorno. El interés natural de O Puzo do Lago radica fundamentalmente en la presencia de diversidad vegetal, predominando en su mayor parte las especies autóctonas.

Tanto la fauna, la flora, como el patrimonio arqueológico y el paisaje entre otros aspectos, configuran un conjunto paisajístico y natural merecedor de una protección especial, por eso, ante la grand diversidad de especies y hábitats, y al amparo de la normativa de conservación, se concretan en este Plan los recursos que van a ser objeto de conservación, la orientación principal del ENIL que será la de la conservación y protección de los valores naturales y la regeneración de aquellos degradados por la actividad humana.

La declaración nace para crear un régimen de protección de este espacio mediante directrices de gestión idóneas, armonizándolo con el ejercicio de las competencias que legalmente la Administración pueda realizar; con el disfrute y visita al espacio natural, el estudio y contemplación de sus valores, el aprovechamiento ordenado de sus producciones y demás actividades que se ejecuten dentro de él. Estos objetivos generales quedan definidos en el Plan de Conservación.