La Junta pondrá en marcha mecanismos para eliminar el siluro del embalse de Iznájar
Vie, 04/11/2011
La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía pondrá en marcha mecanismos de gestión activa encaminados a la eliminación del siluro, especie exótica invasora, del embalse cordobés de Iznájar, según ha informado este miércoles el delegado de Medio Ambiente de la Junta en Córdoba, José Ignacio Expósito.
Así, según ha detallado la Administración autonómica, en estos momentos técnicos del Programa Andaluz de Control de las Especies Exóticas Invasoras están realizando el estudio y planificación de las diferentes formas, mejoras de técnicas disponibles y momentos más adecuados para obtener la mayor eficacia y los resultados económicamente más eficientes en las tareas de control.
Como respuesta a las peticiones efectuadas por Ecologistas en Acción, el delegado afirma que el siluro (Silurus glanaris) no se encuentra recogido en el anexo III de especies objeto de caza y pesca y que, por tanto, sobre ella no se ejerce de forma activa o reglada la actividad piscícola, ni tiene como especie ningún tipo de aprovechamiento en Andalucía.
Expósito ha recordado que los datos en poder de la Delegación de Medio Ambiente indican que el siluro ha sido introducido ilegalmente en el pantano de Iznájar, lo que tiene efectos negativos, tanto para el embalse como para la biodiversidad y para los pescadores.
No obstante, la propuesta de Ecologistas en Acción de prohibir la actividad piscícola en su conjunto, "ni se sustenta jurídicamente ni supondría ningún avance en la eliminación y posible erradicación de la especie exótica invasora".
"La ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad --añade el delegado-- establece que, en relación con la actividad cinegética y acuícola, queda prohibida la introducción de especies alóctonas y, en el caso de introducciones accidentales o ilegales, no se podrá autorizar en ningún caso su aprovechamiento cinegético o piscícola, sino que habrá que promover medidas para su erradicación".
Por otra parte, en Andalucía esta especie, "ni tiene, ni tendrá en el futuro aprovechamiento piscícola legal", al no estar incluida en el anexo III de la Ley 8/2003 y estar propuesta en la lista del catálogo de especies exóticas invasoras de Andalucía. La Ley es explícita en lo que se refiere a la no autorización del aprovechamiento piscícola de la especie, pero no menciona que se prohíba o suspenda todo aprovechamiento piscícola de otras especies.
Así, según ha detallado la Administración autonómica, en estos momentos técnicos del Programa Andaluz de Control de las Especies Exóticas Invasoras están realizando el estudio y planificación de las diferentes formas, mejoras de técnicas disponibles y momentos más adecuados para obtener la mayor eficacia y los resultados económicamente más eficientes en las tareas de control.
Como respuesta a las peticiones efectuadas por Ecologistas en Acción, el delegado afirma que el siluro (Silurus glanaris) no se encuentra recogido en el anexo III de especies objeto de caza y pesca y que, por tanto, sobre ella no se ejerce de forma activa o reglada la actividad piscícola, ni tiene como especie ningún tipo de aprovechamiento en Andalucía.
Expósito ha recordado que los datos en poder de la Delegación de Medio Ambiente indican que el siluro ha sido introducido ilegalmente en el pantano de Iznájar, lo que tiene efectos negativos, tanto para el embalse como para la biodiversidad y para los pescadores.
No obstante, la propuesta de Ecologistas en Acción de prohibir la actividad piscícola en su conjunto, "ni se sustenta jurídicamente ni supondría ningún avance en la eliminación y posible erradicación de la especie exótica invasora".
"La ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad --añade el delegado-- establece que, en relación con la actividad cinegética y acuícola, queda prohibida la introducción de especies alóctonas y, en el caso de introducciones accidentales o ilegales, no se podrá autorizar en ningún caso su aprovechamiento cinegético o piscícola, sino que habrá que promover medidas para su erradicación".
Por otra parte, en Andalucía esta especie, "ni tiene, ni tendrá en el futuro aprovechamiento piscícola legal", al no estar incluida en el anexo III de la Ley 8/2003 y estar propuesta en la lista del catálogo de especies exóticas invasoras de Andalucía. La Ley es explícita en lo que se refiere a la no autorización del aprovechamiento piscícola de la especie, pero no menciona que se prohíba o suspenda todo aprovechamiento piscícola de otras especies.