El Constitucional anula las competencias exclusivas de Andalucía sobre el Guadalquivir
Jue, 17/03/2011
El Tribunal Constitucional (TC) anuló el artículo del Estatuto de Andalucía que arrogaba al Gobierno regional la gestión exclusiva del río Guadalquivir, atendiendo así la reclamación de la Junta de Extremadura. El presidente andaluz, José Antonio Griñán, ya anunció que buscará junto al resto de los grupos políticos los márgenes dentro de la legalidad para mantener la transferencia. Para ello, se reunirá en breve con el jefe del Ejecutivo, Rodríguez Zapatero.
El TC, que notifi cará la sentencia en los próximos días, avanzó ayer que el fallo fue respaldado por unanimidad. Así, se estima parcialmente el recurso presentado en el 2007 por Extremadura en contra varios artículos del Estatuto andaluz al entender que la cuenca del Guadalquivir afecta a varias regiones, por lo que su competencia debe ser estatal. La decisión fue aplaudida por asociaciones ecologistas al entender que se respeta la unidad de la cuenca.
En concreto, el artículo anulado, el número 51, establecía: «Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra comunidad». A esto se aferraba precisamente el Ejecutivo regional, ya que entiende que el 90% de la superfi cie de la cuenca, el 97,4% de la población de la cuenca y el 99,2% de los usos del agua están en Andalucía. La reforma del Estatuto fue aprobada por el Parlamento regional en mayo del 2006 con los votos de PSOE e IU, y ratificada en referendo en febrero del 2007. Meses después, la entonces ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado, fi rmaba con el ex consejero de Presidencia Gaspar Zarrías, el acuerdo para la transferencia de la cuenca en cumplimiento de la nueva normativa.
En virtud de dicha transferencia, valorada en 123 millones de euros, el Estado central se reservaba las competencias de planificación general e inversión, mientras que Andalucía asumía la gestión de los usos y concesiones de agua, las infraestructuras hidráulicas y el control del dominio público hidráulico. Se encargaría además de los 53 embalses situados en territorio andaluz, mientras que el Gobierno gestionaría los otros cuatro que afectaban a otras comunidades autónomas.
Extremadura recurrió parte del articulado con el argumento de que la Constitución fija las competencias exclusivas del Estado en las cuencas ubicadas en varias comunidades. Y el Estatuto «alteraba» la distribución de competencias al redefinir el reparto de agua y atacar el principio de unidad de cuenca hidrográfica y del ciclo hidrológico.
El TC, que notifi cará la sentencia en los próximos días, avanzó ayer que el fallo fue respaldado por unanimidad. Así, se estima parcialmente el recurso presentado en el 2007 por Extremadura en contra varios artículos del Estatuto andaluz al entender que la cuenca del Guadalquivir afecta a varias regiones, por lo que su competencia debe ser estatal. La decisión fue aplaudida por asociaciones ecologistas al entender que se respeta la unidad de la cuenca.
En concreto, el artículo anulado, el número 51, establecía: «Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra comunidad». A esto se aferraba precisamente el Ejecutivo regional, ya que entiende que el 90% de la superfi cie de la cuenca, el 97,4% de la población de la cuenca y el 99,2% de los usos del agua están en Andalucía. La reforma del Estatuto fue aprobada por el Parlamento regional en mayo del 2006 con los votos de PSOE e IU, y ratificada en referendo en febrero del 2007. Meses después, la entonces ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado, fi rmaba con el ex consejero de Presidencia Gaspar Zarrías, el acuerdo para la transferencia de la cuenca en cumplimiento de la nueva normativa.
En virtud de dicha transferencia, valorada en 123 millones de euros, el Estado central se reservaba las competencias de planificación general e inversión, mientras que Andalucía asumía la gestión de los usos y concesiones de agua, las infraestructuras hidráulicas y el control del dominio público hidráulico. Se encargaría además de los 53 embalses situados en territorio andaluz, mientras que el Gobierno gestionaría los otros cuatro que afectaban a otras comunidades autónomas.
Extremadura recurrió parte del articulado con el argumento de que la Constitución fija las competencias exclusivas del Estado en las cuencas ubicadas en varias comunidades. Y el Estatuto «alteraba» la distribución de competencias al redefinir el reparto de agua y atacar el principio de unidad de cuenca hidrográfica y del ciclo hidrológico.