Asturias convoca subvenciones para las Asociaciones de Cazadores y Pescadores
Mar, 30/11/2010
El objeto de las ayudas a la caza es apoyar y promocionar actividades que contribuyan al fomento, mantenimiento y aprovechamiento ordenado de los recursos cinegéticos.
Los beneficiarios pueden ser asociaciones de cazadores adjudicatarias de Cotos Regionales de Caza de Asturias; agrupaciones de estas asociaciones de cazadores y federaciones de caza. Todos los beneficiarios deberán desarrollar su actividad en el ámbito del Principado de Asturias.
Entre las actuaciones subvencionables destacan las indemnizaciones de daños producidos por especies cinegéticas, y las ctuaciones de mejora en terrenos cinegéticos que faciliten el mejor aprovechamiento del jabalí y la disminución de daños.
El crédito total previsto en la correspondiente convocatoria se distribuirá de acuerdo con los porcentajes que se expresan para cada tipo de actividad de las previstas, atendiendo: para las solicitudes por indemnización de daños se destinará el 60% del crédito previsto y para las demás actividades contempladas se destinara el 40% restante.
Aquellas asociaciones que acrediten y justifiquen documentalmente actuaciones de mejora del hábitat en la Red Natura 2000, en especies catalogadas o “en peligro de extinción”, verán incrementados los porcentajes de ayuda.
La subvención concedida por beneficiario no podrá superar, en ningún caso, los veinte mil euros (20.000 euros).
Ayudas a la pesca fluvial
El objeto de las ayudas es el aprovechamiento ordenado de los recursos piscícolas fluviales en Asturias. Los beneficiarios serán las asociaciones de pesca fluvial legalmente constituidas y las federaciones de pesca fluvial.
En cuanto a las ayudas a la pesca se cubrirán las actuaciones de mejora del hábitat fluvial. La subvención concedida por beneficiario no podrá superar, en ningún caso, los treinta mil euros (30.000 euros).
Los beneficiarios pueden ser asociaciones de cazadores adjudicatarias de Cotos Regionales de Caza de Asturias; agrupaciones de estas asociaciones de cazadores y federaciones de caza. Todos los beneficiarios deberán desarrollar su actividad en el ámbito del Principado de Asturias.
Entre las actuaciones subvencionables destacan las indemnizaciones de daños producidos por especies cinegéticas, y las ctuaciones de mejora en terrenos cinegéticos que faciliten el mejor aprovechamiento del jabalí y la disminución de daños.
El crédito total previsto en la correspondiente convocatoria se distribuirá de acuerdo con los porcentajes que se expresan para cada tipo de actividad de las previstas, atendiendo: para las solicitudes por indemnización de daños se destinará el 60% del crédito previsto y para las demás actividades contempladas se destinara el 40% restante.
Aquellas asociaciones que acrediten y justifiquen documentalmente actuaciones de mejora del hábitat en la Red Natura 2000, en especies catalogadas o “en peligro de extinción”, verán incrementados los porcentajes de ayuda.
La subvención concedida por beneficiario no podrá superar, en ningún caso, los veinte mil euros (20.000 euros).
Ayudas a la pesca fluvial
El objeto de las ayudas es el aprovechamiento ordenado de los recursos piscícolas fluviales en Asturias. Los beneficiarios serán las asociaciones de pesca fluvial legalmente constituidas y las federaciones de pesca fluvial.
En cuanto a las ayudas a la pesca se cubrirán las actuaciones de mejora del hábitat fluvial. La subvención concedida por beneficiario no podrá superar, en ningún caso, los treinta mil euros (30.000 euros).