Constituido el Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación Hidrográfica del Miño-Sil
Mar, 02/03/2010
Garantizar la adecuada participación y cooperación de las diferentes Administraciones Públicas territoriales en la aplicación de las normas de protección de las aguas en el ámbito geográfico de la Demarcación Hidrográfica, es el principal objetivo del Comité de Autoridades Competentes constituido por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil (CHMS).
Este órgano de cooperación, vinculado a esta administración hidráulica, está compuesto por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Francisco Fernández Liñares, que actúa como Presidente del Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación, el Secretario General del Organismo de cuenca, con voz pero sin voto, y seis vocales. También están representados el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM), el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, la Xunta de Galicia y las Comunidades Autónomas de Asturias y Castilla y León.
Según el Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero, por el que se regulan la composición, funcionamiento y atribuciones de los comités de autoridades competentes de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intracomunitarias, en su artículo 7, sus principales funciones son:
a) favorecer la cooperación en el ejercicio de las competencias relacionadas con la protección de las aguas que ostenten las distintas Administraciones Públicas en el seno de la demarcación hidrográfica,
b) impulsar la adopción de las medidas que exija el cumplimiento de las normas de protección del Texto Refundido de la Ley de Aguas,
c) proporcionar a la Unión Europea, a través de los órganos competentes de la Administración General del Estado, conforme a la normativa vigente, la información relativa a la demarcación, en este caso la Miño-Sil.
Este órgano de cooperación, vinculado a esta administración hidráulica, está compuesto por el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, Francisco Fernández Liñares, que actúa como Presidente del Comité de Autoridades Competentes de la Demarcación, el Secretario General del Organismo de cuenca, con voz pero sin voto, y seis vocales. También están representados el Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino (MARM), el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación, la Xunta de Galicia y las Comunidades Autónomas de Asturias y Castilla y León.
Según el Real Decreto 126/2007, de 2 de febrero, por el que se regulan la composición, funcionamiento y atribuciones de los comités de autoridades competentes de las demarcaciones hidrográficas con cuencas intracomunitarias, en su artículo 7, sus principales funciones son:
a) favorecer la cooperación en el ejercicio de las competencias relacionadas con la protección de las aguas que ostenten las distintas Administraciones Públicas en el seno de la demarcación hidrográfica,
b) impulsar la adopción de las medidas que exija el cumplimiento de las normas de protección del Texto Refundido de la Ley de Aguas,
c) proporcionar a la Unión Europea, a través de los órganos competentes de la Administración General del Estado, conforme a la normativa vigente, la información relativa a la demarcación, en este caso la Miño-Sil.