Los grandes embalses incumplen la normativa europea del agua
Lun, 14/09/2009
Los 30 grandes embalses de Galicia que gestionan un recurso natural en dominio público pueden secar los ríos impunemente. El hecho de ser concesiones del franquismo, anteriores a la reforma de la Ley del Agua de 1985, los avala a los ojos del Ministerio de Medio Ambiente. Aunque este departamento asegura que suele pedir a las concesionarias que mantengan el caudal ecológico previsto en la normativa actual, las empresas "tienen derecho a negarse".
Dos días después de que Iberdrola comenzara a dragar el Sil, el pasado julio, para construir la central complementaria a la de Santo Estevo I en el Canón do Sil -zona incluida en Rede Natura-, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil pidió a la empresa que mantuviera el caudal mínimo que contempla la ley. La eléctrica "solicitó la concesión del caudal ecológico, aunque podría no haberlo hecho", sostiene el presidente de la cuenca, Francisco Fernández Liñares. Iberdrola quedó así comprometida a mantener una corriente continua de 3.360 litros de agua por segundo. Aunque la empresa "no estaba obligada a hacerlo, accedió al cumplimiento" de la normativa actual, señala el presidente de la Confederación.
Liñares matiza que los dos días anteriores a la solicitud de esta concesión del caudal ecológico la empresa mantuvo en el Sil 1.000 litros de agua por segundo. Aplicó la regla general: mantener el "10% de la media del caudal mínimo del verano". Prácticamente nada.
"Nos va a costar continuas sanciones de Europa", sostiene respecto a la explotación de los ríos gallegos el presidente de la asociación ecologista Ríos con Vida, Pedro Brufao. En su opinión, el ministerio está dejando que "se expriman los ríos con criterios legales del último tercio del siglo XIX", ya que la Ley de Aguas anterior a la actual data de 1879. Brufao defiende la tesis de que no se puede "fosilizar el derecho" aplicando leyes caducas. Según Brufao, los organismos de cuenca pueden ordenar a las empresas que adapten la concesión a los requisitos ambientales que marca la Administración. Y sostiene que en el caso de la actuación de Iberdrola en el Sil, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil debería haber reclamado la caducidad de la concesión "por incumplirse las cláusulas" y demoler la construcción "de acuerdo con la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas".
La entrada en vigor en España de la Directiva Marco del Agua (DMA) en 2000 marca a los organismos de cuenca el objetivo del "buen estado ecológico de los ríos" y la normativa superior, la europea, establece rígidos plazos de aplicación.
Sin embargo, los 24 mayores embalses hidroeléctricos de Galicia que se reparten Unión Fenosa, Iberdrola y Endesa no sólo están autorizados para secar ríos de dominio público para ejecutar obras que redunden en un mayor aprovechamiento y el consiguiente beneficio económico, sino que podrán hacerlo hasta el año 2061, fecha en la que caducarán sus concesiones. Iberdrola sostiene que no secó el Sil este verano, pero reconoce que no estaba obligada por ley a mantener el caudal ecológico hasta que lo solicitó.
Medio Ambiente respondió en 2007 a una pregunta del senador del BNG Francisco Jorquera que contemplaba el rescate de los derechos de las concesiones "siempre que el estudio de rentabilidad ambiental, económica y social así lo aconseje". Se comprometía también a adoptar "todas las medidas para la libre competencia y transparencia en las adjudicaciones" de las concesiones. El actual senador del BNG, Xosé Manuel Pérez Bouza, señala que no tiene constancia de que se esté aplicando la DMA en los embalses gallegos.
Brufao es más rotundo. Ha recabado datos para la redacción de un libro sobre "la revisión ambiental de las concesiones y autorizaciones de aguas" y sostiene que las cuencas costeras gallegas, que dependen de la Xunta, "están atrasadísimas" en la aplicación de esta directiva medioambiental. "La del Miño-Sil va más avanzada", matiza, aunque donde están más adelantados es en las cuencas internas de Cataluña. Brufao reclama que sea el principio ambiental "y no el meramente productivista" el que rija la gestión del agua.
Dos días después de que Iberdrola comenzara a dragar el Sil, el pasado julio, para construir la central complementaria a la de Santo Estevo I en el Canón do Sil -zona incluida en Rede Natura-, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil pidió a la empresa que mantuviera el caudal mínimo que contempla la ley. La eléctrica "solicitó la concesión del caudal ecológico, aunque podría no haberlo hecho", sostiene el presidente de la cuenca, Francisco Fernández Liñares. Iberdrola quedó así comprometida a mantener una corriente continua de 3.360 litros de agua por segundo. Aunque la empresa "no estaba obligada a hacerlo, accedió al cumplimiento" de la normativa actual, señala el presidente de la Confederación.
Liñares matiza que los dos días anteriores a la solicitud de esta concesión del caudal ecológico la empresa mantuvo en el Sil 1.000 litros de agua por segundo. Aplicó la regla general: mantener el "10% de la media del caudal mínimo del verano". Prácticamente nada.
"Nos va a costar continuas sanciones de Europa", sostiene respecto a la explotación de los ríos gallegos el presidente de la asociación ecologista Ríos con Vida, Pedro Brufao. En su opinión, el ministerio está dejando que "se expriman los ríos con criterios legales del último tercio del siglo XIX", ya que la Ley de Aguas anterior a la actual data de 1879. Brufao defiende la tesis de que no se puede "fosilizar el derecho" aplicando leyes caducas. Según Brufao, los organismos de cuenca pueden ordenar a las empresas que adapten la concesión a los requisitos ambientales que marca la Administración. Y sostiene que en el caso de la actuación de Iberdrola en el Sil, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil debería haber reclamado la caducidad de la concesión "por incumplirse las cláusulas" y demoler la construcción "de acuerdo con la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas".
La entrada en vigor en España de la Directiva Marco del Agua (DMA) en 2000 marca a los organismos de cuenca el objetivo del "buen estado ecológico de los ríos" y la normativa superior, la europea, establece rígidos plazos de aplicación.
Sin embargo, los 24 mayores embalses hidroeléctricos de Galicia que se reparten Unión Fenosa, Iberdrola y Endesa no sólo están autorizados para secar ríos de dominio público para ejecutar obras que redunden en un mayor aprovechamiento y el consiguiente beneficio económico, sino que podrán hacerlo hasta el año 2061, fecha en la que caducarán sus concesiones. Iberdrola sostiene que no secó el Sil este verano, pero reconoce que no estaba obligada por ley a mantener el caudal ecológico hasta que lo solicitó.
Medio Ambiente respondió en 2007 a una pregunta del senador del BNG Francisco Jorquera que contemplaba el rescate de los derechos de las concesiones "siempre que el estudio de rentabilidad ambiental, económica y social así lo aconseje". Se comprometía también a adoptar "todas las medidas para la libre competencia y transparencia en las adjudicaciones" de las concesiones. El actual senador del BNG, Xosé Manuel Pérez Bouza, señala que no tiene constancia de que se esté aplicando la DMA en los embalses gallegos.
Brufao es más rotundo. Ha recabado datos para la redacción de un libro sobre "la revisión ambiental de las concesiones y autorizaciones de aguas" y sostiene que las cuencas costeras gallegas, que dependen de la Xunta, "están atrasadísimas" en la aplicación de esta directiva medioambiental. "La del Miño-Sil va más avanzada", matiza, aunque donde están más adelantados es en las cuencas internas de Cataluña. Brufao reclama que sea el principio ambiental "y no el meramente productivista" el que rija la gestión del agua.