Programa para regular el uso de fertilizantes en zonas acuíferas con riesgo de contaminación
Vie, 11/09/2009
El Gobierno catalán ha aprobado el decreto que ordena el nuevo plan de actuación en áreas susceptibles de contaminación por nitratos. El texto reordena el sistema de gestión de fertilizantes químicos y deyecciones ganaderas en zonas agrarias de riesgo. Este nuevo decreto proporciona flexibilidad respecto a la actual situación, y pretende equilibrar los criterios de protección de las aguas con el desarrollo de las actividades agrícolas y ganaderas.
El decreto ha establecido una regulación concreta sobre las épocas en las que se prohíbe la aplicación de fertilizantes en estas áreas de protección. Además, ha realizado una actualización de los límites máximos de nitrógeno por hectárea de cultivo. Este aspecto es una de las medidas fundamentales para la protección del medio acuático, ya que las sobredosificaciones pueden ocasionar elevadas pérdidas de nitrógeno desde los cultivos hacia las aguas subterráneas y superficiales.
El programa de la Generalitat de Cataluña también establece otras pautas, como las distancias mínimas para la aplicación de estos fertilizantes o el sistema de almacenamiento de las deyecciones ganaderas. Respecto a este segundo punto, el sistema se limita casi en exclusiva a recoger la regulación existente hasta el momento, aunque también establece algunas indicaciones sobre la acumulación temporal a pie de finca de los residuos ganaderos.
El decreto ha establecido una regulación concreta sobre las épocas en las que se prohíbe la aplicación de fertilizantes en estas áreas de protección. Además, ha realizado una actualización de los límites máximos de nitrógeno por hectárea de cultivo. Este aspecto es una de las medidas fundamentales para la protección del medio acuático, ya que las sobredosificaciones pueden ocasionar elevadas pérdidas de nitrógeno desde los cultivos hacia las aguas subterráneas y superficiales.
El programa de la Generalitat de Cataluña también establece otras pautas, como las distancias mínimas para la aplicación de estos fertilizantes o el sistema de almacenamiento de las deyecciones ganaderas. Respecto a este segundo punto, el sistema se limita casi en exclusiva a recoger la regulación existente hasta el momento, aunque también establece algunas indicaciones sobre la acumulación temporal a pie de finca de los residuos ganaderos.