Un experto asegura que no existe una ordenanza mundial del agua bien establecida por el choque de intereses
Mié, 01/10/2008
El vicerrector de Relaciones Institucionales e Internacionales de la Universidad Pablo de Olavide (UPO), Luis Pérez-Prat Durba, aseguró hoy en Carmona (Sevilla), en el marco del curso de verano de la UPO 'El régimen jurídico del agua', que no existe una ordenanza mundial del agua bien establecida, ni parece que se vaya a hacer, ni a corto ni a largo plazo, por los intereses contrapuestos de los distintos países y la distribución desigual entre los mismos.
En declaraciones a Europa Press, Luis Pérez-Prat Durba, que impartió la conferencia 'Ríos Internacionales', afirmó que en la actualidad no hay un instrumento jurídico global que regule el régimen jurídico de las aguas de los ríos internacionales, sino que cada Estado asume sus competencias y hay principios reguladores, pero que a juicio del experto, resultan insuficientes.
En este sentido, como explicó el vicerrector de Relaciones Institucionales e Internacionales de la UPO, la regulación de los ríos de todo el mundo debería estar recogida en un tratado internacional o un convenio global, porque "hay un derecho humano al agua y debe estar regulado", apostilló.
No obstante, las previsiones de la ONU respecto a la situación mundial del agua "no son nada halagüeñas", pues según la visión más optimista para 2050 prevé que más de 2.000 millones de personas se verán afectadas por la sequía, y según la más pesimista, esta cifra se verá incrementada a siete mil millones de personas.
Pese a la "importancia de la cuestión, es una utopía la existencia de instituciones internacionales que gestionen una política del agua global de forma consensuada por el choque de intereses de unos países con otros". Así por ejemplo, como señaló el experto, América tiene más agua que población y Asia, por el contrario, tiene más población que agua. "Son este tipo de situaciones las que impide el consenso", matizó Luis Pérez-Prat Durba.
España, por su parte, tiene convenios con Portugal, como el firmado en el año 1998 por el Gobierno español y el portugués para la cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas, conocido también éste como 'Convenio Albufeira'.
Éste, como explicó el experto, es aplicable a las cuencas de los ríos Miño, Limia, Duero, Tajo y Guadiana. Fue desarrollado en el Marco del Tratado de Amistad y Cooperación entre España y Portugal de 22 de noviembre de 1977 y en el derecho internacional y comunitario sobre medio ambiente y desarrollo sostenible.
En declaraciones a Europa Press, Luis Pérez-Prat Durba, que impartió la conferencia 'Ríos Internacionales', afirmó que en la actualidad no hay un instrumento jurídico global que regule el régimen jurídico de las aguas de los ríos internacionales, sino que cada Estado asume sus competencias y hay principios reguladores, pero que a juicio del experto, resultan insuficientes.
En este sentido, como explicó el vicerrector de Relaciones Institucionales e Internacionales de la UPO, la regulación de los ríos de todo el mundo debería estar recogida en un tratado internacional o un convenio global, porque "hay un derecho humano al agua y debe estar regulado", apostilló.
No obstante, las previsiones de la ONU respecto a la situación mundial del agua "no son nada halagüeñas", pues según la visión más optimista para 2050 prevé que más de 2.000 millones de personas se verán afectadas por la sequía, y según la más pesimista, esta cifra se verá incrementada a siete mil millones de personas.
Pese a la "importancia de la cuestión, es una utopía la existencia de instituciones internacionales que gestionen una política del agua global de forma consensuada por el choque de intereses de unos países con otros". Así por ejemplo, como señaló el experto, América tiene más agua que población y Asia, por el contrario, tiene más población que agua. "Son este tipo de situaciones las que impide el consenso", matizó Luis Pérez-Prat Durba.
España, por su parte, tiene convenios con Portugal, como el firmado en el año 1998 por el Gobierno español y el portugués para la cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas, conocido también éste como 'Convenio Albufeira'.
Éste, como explicó el experto, es aplicable a las cuencas de los ríos Miño, Limia, Duero, Tajo y Guadiana. Fue desarrollado en el Marco del Tratado de Amistad y Cooperación entre España y Portugal de 22 de noviembre de 1977 y en el derecho internacional y comunitario sobre medio ambiente y desarrollo sostenible.