La Junta prevé dos nuevos impuestos en la futura Ley del Agua
Mar, 30/09/2008
Un canon que gravará los recursos subterráneos y otro destinado a sufragar las obras de infraestructura de saneamiento y depuración son, en principio, las dos nuevas figuras impositivas que recogerá la futura Ley del Agua de Andalucía, auspiciada por la Consejería de Medio Ambiente. Tal previsión viene impresa negro sobre blanco en el capítulo seis del borrador del Acuerdo Andaluz por el Agua, un documento elaborado por la Agencia Andaluza del Agua, que en estos momentos está siendo objeto de debate por parte de las organizaciones políticas, sindicales y de todos los colectivos que tienen alguna vinculación con los recursos hídricos. El contenido del Acuerdo Andaluz por el Agua, de llegar a buen puerto con un respaldo mayoritario, será la principal referencia para la redacción de la nueva Ley, cuyo anteproyecto llegará al Parlamento en el primer trimestre del próximo año, según avanzó el pasado miércoles la consejera de Medio Ambiente, Cinta Castillo. La intención de la Junta es allanar el camino a la Ley con la firma de un pacto que permita «dejar definitivamente el agua al margen de la confrontación política». En base al citado borrador del acuerdo, la Junta entiende que «la financiación de las actuaciones públicas en la gestión del ciclo integral del agua mediante un cano de mejora cobrado a los usuarios finales y aplicado en las tarifas del abastecimiento urbano ha sido un instrumento eficaz sólo para una parte de la población andaluza». Y ello es así porque «sólo ha sido aplicado en las grandes aglomeraciones urbanas que cuentan con sistemas ya consolidados, y en cambio ha tenido poca implantación en el resto del sistema urbano». A partir de esta experiencia, el documento, al que ha tenido acceso ABC, añade que el modelo actual de financiación resulta claramente insuficiente para «hacer frente al reto de la modernización de la gestión de los recursos hídricos y al cumplimiento de la Directiva Marco del Agua». Así, el nuevo sistema considera necesario: En primer lugar, modernizar y agilizar la aplicación de las figuras tributarias actuales. Contempla asimismo «introducir un canon de utilización para las aguas subterráneas, a satisfacer por sus usuarios, en coherencia con el concepto unitario de las aguas subterráneas y superficiales y en aras de la aplicación del principio de generalidad». La segunda figura impositiva que se crea es el canon de saneamiento y depuración para el uso urbano, «dirigido a financiar las infraestructuras necesarias para el cumplimiento de la Directiva 91/27 de la CEE». El canon tendrá una implantación gradual a lo largo de cinco años «en las pequeñas y medianas aglomeraciones, adecuando progresivamente las tarifas actuales a niveles medios que hagan viable la ejecución, explotación y mantenimiento de las infraestructuras supramunicipales necesarias».