Cabezas sostiene que el cambio climático obliga a hacer trasvases e insiste en que el del Ebro es viable
Lun, 30/06/2008
El director de la Fundación Instituto Euromediterráneo del Agua de la Región de Murcia, Francisco Cabezas, abordó ayer la viabilidad del Trasvase del Ebro, en una conferencia titulada Planificación Hidráulica y Cambio Climático, según fuentes de la Fundación Agua y Progreso. Para Cabezas, «todos los estudios que han analizado el impacto del cambio climático sobre la cuenca del Ebro, tanto los que se realizaron en su momento para elaborar el Plan Hidrológico Nacional (PHN), como los posteriores, muestran que el trasvase es perfectamente factible desde el punto de vista hidrológico». Cabezas realizó estas declaraciones durante su intervención en la I Conferencia Internacional sobre Sequía, Agua, Medio Ambiente y Sostenibilidad, que se celebró desde el pasado jueves hasta ayer en la Universidad Politécnica de Valencia (UPV), con la colaboración de la Fundación Agua y Progreso de la Comunitat Valenciana. Asimismo, alertó de que el cambio climático «empeorará la situación actual e incrementará el déficit hídrico», por lo que «la necesidad de obtener más agua también aumentará». En su opinión, «el que ahora dispone de agua, seguirá teniéndola, mientras que el que ahora no tiene, aumentará sus necesidades, porque el déficit será mayor». Por esta razón, «el propio cambio climático obliga a realizar los trasvases, al no ser suficientes los recursos que suministran las fuentes convencionales», apuntó. Al respecto, el director de la Fundación Instituto Euromediterráneo del Agua resaltó que los estudios realizados desde esa institución estiman que en la cuenca mediterránea «los recursos hídricos se reducirán un 10% en los próximos años, como consecuencia de los efectos del cambio climático». El 'informe Camps' Por su parte, el letrado del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, José Hoyo, señaló hoy que el Informe Camps, que defiende los trasvases hídricos desde cuencas excedentarias a otras deficitarias está «perfectamente avalado» por el artículo 17.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana y recordó que éste, a su vez, «ha sido también avalado por el Tribunal Constitucional (TC)». Durante su intervención, el letrado del Consell Jurídic Consultiu se refirió al «paradigma de la constitucionalidad del derecho a disfrutar de agua de calidad y recibir los recursos hídricos necesarios procedentes de cuencas excedentarias», que recoge el artículo 17.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat, así como la sentencia del Constitucional que resuelve el recurso en contrario presentado por los gobiernos autonómicos de Aragón y Castilla-La Mancha. Al respecto, destacó que «el pueblo valenciano tiene el justo derecho a gozar de agua de calidad y excedentes de otros ríos que puedan paliar las necesidades hídricas de esta comunidad», ya que el TC ha declarado «plenamente ajustado a derecho y constitucionalmente válido el Estatut de Autonomía de la Comunitat, y en particular el derecho a obtener los suplementos de agua que sean necesarios para el desarrollo del trabajo agrícola». Asimismo, Hoyo señaló que «para el TC, el artículo recurrido no infringe la competencia exclusiva del Estado sobre la legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamiento hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma». En este sentido, subrayó que el Alto Tribunal «declara el carácter constitucional del artículo 17.1 como paradigma incontrovertible del reconocimiento de la norma estatutaria reconocedora del derecho de los valencianos a disponer de agua».