Medio Ambiente determina que la conducción de agua desde el Acueducto Tajo-Segura a la Llanura Manchega no necesita DIA

Mar, 11/03/2008

Europa Press

El Ministerio de Medio Ambiente ha determinado tras el procedimiento de evaluación preliminar que el proyecto "Ramales de distribución a partir de la conducción de agua, que desde el Acueducto Tajo-Segura, incorpora recursos a la Llanura Manchega" no necesita la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).


En nota de prensa, el Ministerio señaló hoy que el proyecto es parte de una actuación formada por varios proyectos que pretende dar solución a los problemas de desabastecimiento y deficiente calidad del agua potable en las poblaciones de las llanuras manchegas.


El objetivo principal es garantizar el abastecimiento de agua para consumo doméstico, en condiciones de calidad y cantidad, con destino a una población de aproximadamente de 500.000 habitantes, correspondiente a 50 núcleos de población repartidos en una superficie de 13.000 kilómetros en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo.


El objetivo secundario será regenerar hídricamente la denominada Mancha Húmeda, donde las Tablas de Daimiel constituyen el elemento más representativo, y lograr a largo plazo la recuperación de los principales acuíferos.


Este objetivo se logrará al sustituir los recursos subterráneos empleados actualmente en abastecimiento de poblaciones por recursos procedentes del Acueducto Tajo-Segura.


Para evitar potencial afección a espacios de la Red Natura 200 y otros espacios naturales protegidos, el promotor asume un amplio elenco de medidas preventivas y correctoras entre las que destaca desarrollar el trazado sensiblemente paralelo a carreteras y caminos; y rodear poblaciones y cascos urbanos.


Asimismo el promotor se compromete a la realización de las obras en el entorno de los ríos durante la época de estiaje, a la instalación de barredas de retención de sedimentos, a realizar el cronograma de actuaciones en función de los periodos sensibles de las especies de fauna de relevancia ambiental en la zona, y medidas específicas para la protección de la nutria y labores de restauración e integración paisajística.