El TC admite a trámite el recurso de Extremadura contra el Estatuto andaluz por las competencias sobre el Guadalquivir
Vie, 06/07/2007
El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por la Junta de Extremadura contra el nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía, que presentó el Ejecutivo extremeño por considerar que el texto "incumple" la Carta Magna al atribuir a la comunidad autónoma competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir.
En una resolución dictada el pasado martes, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TC decidió dar traslado de la demanda y los documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno de la Nación, a través del ministro de Justicia, y a la Junta de Andalucía y al Parlamento andaluz para que "en el plazo de 15 días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones" que estimen convenientes.
La Junta de Extremadura formalizó el pasado 5 de junio el recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 43, 50.1.a, 50.2 y 51 del nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía por considerar que "incumple" la Constitución en lo relativo a las competencias sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir. En su opinión, el texto andaluz "altera el régimen constitucional de distribución de competencias, por lo que rompe el bloque de constitucionalidad", al tiempo que infringe la normativa europea que establece que la unidad mínima de gestión es la cuenca.
El artículo 51 del nuevo Estatuto andaluz establece que "la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22 de la Constitución".
En opinión del Gobierno extremeño, el Estatuto andaluz vulnera precisamente el artículo 149.1.22 de la Constitución, que reconoce competencias exclusivas del Estado para las aguas que discurran por más de una comunidad autónoma, toda vez que las aguas de la cuenca del Guadalquivir discurren en un 90,22% por Andalucía, en un 0,20% por Murcia, en un 7,13% por Castilla-La Mancha, y en un 2,45% por Extremadura.
Además del recurso de Extremadura, el Gobierno valenciano formalizó el pasado 20 de junio un recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto de Autonomía de Andalucía aprobado por la Ley Orgánica 2/2007 por considerar que la Disposición Adicional Tercera "vulnera claramente la Constitución", ya que en ella se establecen "cláusulas unilaterales en favor de una comunidad autónoma y en detrimento de una financiación autonómica global".
En una resolución dictada el pasado martes, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TC decidió dar traslado de la demanda y los documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno de la Nación, a través del ministro de Justicia, y a la Junta de Andalucía y al Parlamento andaluz para que "en el plazo de 15 días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones" que estimen convenientes.
La Junta de Extremadura formalizó el pasado 5 de junio el recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 43, 50.1.a, 50.2 y 51 del nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía por considerar que "incumple" la Constitución en lo relativo a las competencias sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir. En su opinión, el texto andaluz "altera el régimen constitucional de distribución de competencias, por lo que rompe el bloque de constitucionalidad", al tiempo que infringe la normativa europea que establece que la unidad mínima de gestión es la cuenca.
El artículo 51 del nuevo Estatuto andaluz establece que "la Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22 de la Constitución".
En opinión del Gobierno extremeño, el Estatuto andaluz vulnera precisamente el artículo 149.1.22 de la Constitución, que reconoce competencias exclusivas del Estado para las aguas que discurran por más de una comunidad autónoma, toda vez que las aguas de la cuenca del Guadalquivir discurren en un 90,22% por Andalucía, en un 0,20% por Murcia, en un 7,13% por Castilla-La Mancha, y en un 2,45% por Extremadura.
Además del recurso de Extremadura, el Gobierno valenciano formalizó el pasado 20 de junio un recurso de inconstitucionalidad contra el Estatuto de Autonomía de Andalucía aprobado por la Ley Orgánica 2/2007 por considerar que la Disposición Adicional Tercera "vulnera claramente la Constitución", ya que en ella se establecen "cláusulas unilaterales en favor de una comunidad autónoma y en detrimento de una financiación autonómica global".