El decreto de humedales otorgará cobertura legal al inventario de estos ecosistemas y favorecerá su protección

Lun, 26/02/2007

Europa Press

(EUROPA PRESS) -

El decreto de humedales que prepara la Xunta pretende "favorecer su protección como ecosistema específico" y establece la creación y regulación del Inventario de Humedales de Galicia, que tendrá cobertura legal para configurarse como "un instrumento imprescindible al servicio de la conservación" de estas zonas.

La próxima semana finaliza el plazo de alegaciones al texto, que fue presentado en el último Consello Galego de Medio Ambiente y que será aprobado próximamente por el Consello de la Xunta, con el objetivo de regular la categoría de humedal protegido, así como crear y regular el Inventario de Humedales de Galicia, la principal novedad del decreto al que ha tenido acceso Europa Press.

De todas formas, la inclusión de un humedal en el inventario se llevará a cabo "a efectos estadísticos y de investigación", lo que no implica un régimen de protección. Para determinar el interés ambiental de cada humedal, se priorizará la riqueza y estado de conservación de los hábitats y, en segundo lugar, se considerará la existencia de poblaciones de especies tipificadas en la Directiva Hábitat o en la Directiva Aves.

El inventario debe recoger de cada uno de los humedales datos sobre su localización, la climatología, la geología, la hidrología, hábitats, microorganismos, vegetación y flora, fauna y usos del suelo.

Actualmente, el 30% de los en torno a 1.100 humedales de Galicia cuentan con algún tipo de protección, aunque la Consellería de Medio Ambiente pretende elevar este porcentaje, según reconoció en declaraciones a Europa Press el técnico del departamento autonómico encargado del proyecto del decreto, Miguel Lorenzo.

HUMEDALES PROTEGIDOS

Tan sólo cinco de estos ecosistemas están declarados como Humedal Protegido en Galicia, que coinciden además con aquellos espacios naturales clasificados como Espacio Ramsar. El complejo de playas, laguna y duna de Corrubedo es uno de ellos, además de ser parque natural. Tiene una superficie de 983 hectáreas y se encuentra en el municipio coruñés de Ribeira.

Los otros cuatro humedales protegidos de Galicia también son Zonas de Especial Protección de Aves (ZEPA). Uno de ellos es la ría de Ortigueira y Ladrido, más de 3.000 hectáreas en los ayuntamientos coruñeses de Cariño y Ortigueira. También en A Coruña está la laguna y arenal de Valdoviño, de 485 hectáreas.

La lista se completa con el complejo intermareal Umia-O Grove, A Lanzada, punta Carreirón y laguna Bodeira, de 2.600 hectáreas y que abarca los municipios pontevedreses de Cambados, A Illa de Arousa, Meaño, O Grove y Sanxenxo. Por último está la ría de Ribadeo, en Lugo, que comprende 613 hectáreas de Ribadeo y Trabada.

GESTIÓN INTEGRADA

Otra de las novedades que introduce el decreto, que es una modificación del que está vigente, es la pretensión de "garantizar una gestión efectiva e integrada" de los humedales, cuyos planes de gestión se deberán ejecutar de forma coordinada con las actividades urbanísticas, de gestión de suelo y del agua en su entorno.

Asimismo, se elaborarán y ejecutarán programas de seguimiento del humedal y se fomentarán acuerdos con entidades privadas para conservar y lograr un uso racional del ecosistema. Las empresas de actividades potencialmente contaminantes deberán contar con planes y medios de intervención inmediata en caso de emergencia.

Del mismo modo, se fomentará la instalación de nuevas plantas depuradoras en lugares donde los vertidos puedan afectar al humedal y se eliminarán las fuentes conocidas de contaminación. Medio Ambiente también impulsará la investigación científica en estos humedales y financiará la elaboración de inventarios de especies.

LIMITACIONES Y PROHIBICIONES

El decreto también establece limitaciones y prohibiciones a las actividades que se pueden llevar a cabo en los humedales, tales como la introducción de especies de flora y fauna no autóctonas, excepto las especies hortofrutícolas y de acuicultura que figuran en los planes de explotación de recursos marinos.

Asimismo, se prohíben las actividades que puedan producir la desecación del humedal, así como los vertidos que afecten negativamente y las explotaciones mineras y extractivas. También queda prohibido "la construcción de edificaciones y otros usos residenciales", salvo las que se pretendan en zonas en donde lo permita la legislación y que cuenten con la autorización de la Consellería de Medio Ambiente.