Modificados los convenios con las Sociedades Estatales de Aguas del Guadalquivir y del Júcar
Vie, 24/03/2006
El Consejo de Ministros aprobó hoy la modificación de los convenios de gestión directa que regulaban las relaciones entre la Administración General del Estado, representada por el Ministerio de Medio Ambiente, y la Sociedades Estatales de Aguas de la Cuenca del Guadalquivir S.A., desde el 12 de enero de 2000, y de Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A., desde el 25 de marzo de 1999.
Estas modificaciones vienen motivadas por la encomienda de gestión a ambas Sociedades Estatales de las nuevas infraestructuras hídricas de interés general del Estado definidas en el Real Decreto Ley de 18 de junio de 2004 y, posteriormente, en la Ley por la que se modifica el Plan Hidrológico Nacional, de 22 de junio de 2005, informó hoy el Ejecutivo.
Los convenios que ahora entran en vigor contemplan también cláusulas relativas a las fuentes de financiación del coste de las actuaciones de Aguas de la Cuenca del Guadalquivir S.A. y de Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A.. En este marco hay que decir que dichas fuentes serán los fondos propios de las Sociedades, aportaciones que las Sociedades Estatales reciban de instituciones públicas o de sujetos privados, fondos de la Unión Europea, y acudiendo a los mercados financieros, a través de la concertación de las correspondientes operaciones de captación de recursos ajenos.
Dentro de las competencias que corresponden al Ministerio de Medio Ambiente referidas a las obras que realicen ambas Sociedades Estatales de Aguas los convenios contemplan la aprobación técnica y definitiva de los proyectos, así como la declaración de impacto ambiental cuando proceda; la inspección y control de las obras hidráulicas durante su construcción y explotación; la constatación de la ejecución de las obras conforme al proyecto aprobado, al finalizar su ejecución; y la recepción de la infraestructura cuando sea requerida por la Administración.
Corresponden a las Sociedades Estatales de Aguas de la Cuenca del Guadalquivir S.A. y Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A. la redacción material de los proyectos de las obras, incluyendo los estudios previos necesarios y la redacción, en su caso, del estudio de evaluación de impacto ambiental, cuando proceda; la contratación con terceros de la construcción de las obras comprendidas en el Adicional de este Convenio; la dirección de las obras; y la recepción de las obras en los términos establecidos en el contrato suscrito para su ejecución.
Asimismo, la modificación hoy aprobada establece, en cuanto a la explotación de las obras, que, cuando ésta corresponda a ambas Sociedades Estatales, se llevará a cabo siempre mediante convenios específicos que habrán de suscribirse entre las partes. Igualmente, se precisa que las expropiaciones de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras por parte de Aguas de la Cuenca del Guadalquivir S.A. y Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A. corresponderán a la Administración General del Estado.
Este convenio estará vigente hasta la entrega a la Administración General del Estado de todas las infraestructuras ejecutadas por las dos Sociedades Estatales incluidas en el Adicional y en las Adendas al mismo que puedan ser aprobadas.
ACTUACIONES
La relación de las actuaciones incluidas en el Adicional del Convenio en Aguas de la Cuenca del Guadalquivir es la siguiente: Presas de La Breña II, Zapateros y El Arenoso; modernización de la Zona Regable del Genil y de los regadíos de la Zona de Barbate y abastecimiento a Puertollano, a la Zona Gaditana y a Jaén. También se incorporan, como nuevas actuaciones, la depuradora de Ceuta y la mejora del ciclo integral del agua en el abastecimiento a Puertollano.
Por su parte las actuaciones incluidas en el Adicional del Convenio con Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A. son la nueva conducción Júcar-Vinalopó; infraestructura para el aprovechamiento hidroeléctrico en el embalse de Cortes II; abastecimiento a Albacete (Obra terminada y en explotación desde abril de 2003); elevación de aguas de Rabasa a Fenollar (Obra terminada y en explotación desde junio de 2001); mantenimiento y explotación de la conducción para el abastecimiento a la Marina Baja (Fenollar-Amadorio); mantenimiento y explotación de la conducción Turia-Sagunto (Obra terminada y en explotación desde junio de 1999); abastecimiento a municipios del entorno del embalse de Contreras y abastecimiento a La Mancuela con aguas superficiales; y planta de osmosis inversa para el abastecimiento a Albacete.
Estas modificaciones vienen motivadas por la encomienda de gestión a ambas Sociedades Estatales de las nuevas infraestructuras hídricas de interés general del Estado definidas en el Real Decreto Ley de 18 de junio de 2004 y, posteriormente, en la Ley por la que se modifica el Plan Hidrológico Nacional, de 22 de junio de 2005, informó hoy el Ejecutivo.
Los convenios que ahora entran en vigor contemplan también cláusulas relativas a las fuentes de financiación del coste de las actuaciones de Aguas de la Cuenca del Guadalquivir S.A. y de Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A.. En este marco hay que decir que dichas fuentes serán los fondos propios de las Sociedades, aportaciones que las Sociedades Estatales reciban de instituciones públicas o de sujetos privados, fondos de la Unión Europea, y acudiendo a los mercados financieros, a través de la concertación de las correspondientes operaciones de captación de recursos ajenos.
Dentro de las competencias que corresponden al Ministerio de Medio Ambiente referidas a las obras que realicen ambas Sociedades Estatales de Aguas los convenios contemplan la aprobación técnica y definitiva de los proyectos, así como la declaración de impacto ambiental cuando proceda; la inspección y control de las obras hidráulicas durante su construcción y explotación; la constatación de la ejecución de las obras conforme al proyecto aprobado, al finalizar su ejecución; y la recepción de la infraestructura cuando sea requerida por la Administración.
Corresponden a las Sociedades Estatales de Aguas de la Cuenca del Guadalquivir S.A. y Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A. la redacción material de los proyectos de las obras, incluyendo los estudios previos necesarios y la redacción, en su caso, del estudio de evaluación de impacto ambiental, cuando proceda; la contratación con terceros de la construcción de las obras comprendidas en el Adicional de este Convenio; la dirección de las obras; y la recepción de las obras en los términos establecidos en el contrato suscrito para su ejecución.
Asimismo, la modificación hoy aprobada establece, en cuanto a la explotación de las obras, que, cuando ésta corresponda a ambas Sociedades Estatales, se llevará a cabo siempre mediante convenios específicos que habrán de suscribirse entre las partes. Igualmente, se precisa que las expropiaciones de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras por parte de Aguas de la Cuenca del Guadalquivir S.A. y Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A. corresponderán a la Administración General del Estado.
Este convenio estará vigente hasta la entrega a la Administración General del Estado de todas las infraestructuras ejecutadas por las dos Sociedades Estatales incluidas en el Adicional y en las Adendas al mismo que puedan ser aprobadas.
ACTUACIONES
La relación de las actuaciones incluidas en el Adicional del Convenio en Aguas de la Cuenca del Guadalquivir es la siguiente: Presas de La Breña II, Zapateros y El Arenoso; modernización de la Zona Regable del Genil y de los regadíos de la Zona de Barbate y abastecimiento a Puertollano, a la Zona Gaditana y a Jaén. También se incorporan, como nuevas actuaciones, la depuradora de Ceuta y la mejora del ciclo integral del agua en el abastecimiento a Puertollano.
Por su parte las actuaciones incluidas en el Adicional del Convenio con Aguas de la Cuenca del Júcar, S.A. son la nueva conducción Júcar-Vinalopó; infraestructura para el aprovechamiento hidroeléctrico en el embalse de Cortes II; abastecimiento a Albacete (Obra terminada y en explotación desde abril de 2003); elevación de aguas de Rabasa a Fenollar (Obra terminada y en explotación desde junio de 2001); mantenimiento y explotación de la conducción para el abastecimiento a la Marina Baja (Fenollar-Amadorio); mantenimiento y explotación de la conducción Turia-Sagunto (Obra terminada y en explotación desde junio de 1999); abastecimiento a municipios del entorno del embalse de Contreras y abastecimiento a La Mancuela con aguas superficiales; y planta de osmosis inversa para el abastecimiento a Albacete.