El Gobierno faculta a la CHJ para expropiar agua a las eléctricas si arrecia la sequía
Lun, 24/10/2005
La intervención podría afectar a los embalses de Iberdrola en Cortes de Pallás
J. S., Valencia/Madrid.
El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto de Sequía que otorga poderes extraordinarios a la Confederación Hidrográfica del Júcar incluido el de intervenir concesiones con objeto de rescatar agua para uso humano.
En el ámbito de la Comunidad Valenciana una intervención «extrema» pero perfectamente legal tras la aprobación de este decreto, explicaron fuentes oficiales - sería recurrir a la intervención del agua acumulada en el embalse de Cortes de Pallás-unos 100 hm3 suficientes para garantizar durante un año el consumo de Valencia y su área metropolitana-, aunque eso supusiera tener que indemnizar a la compañía eléctrica por la energía dejada de generar.
De hecho, en la sequía del período 1993-1994, esta expropiación temporal del agua acumulada en Cortes fue una opción que estuvo sobre la mesa del presidente de la CHJ que solo se descarto tras la evolución favorable del nivel de reservas.
Según estas fuentes, el decreto no representa en ningún caso una señal de que se haya agravado la situación y su objeto es puramente preventivo y para «agilizar la respuesta» a una situación que podría devenir excepcional en los próximos meses.El decreto otorga a la CHJ una seria de facultades extraordinarias entre las que destaca la autorización las juntas de Gobierno para modificar temporalmente las condiciones de uso del agua «cualquiera que sea el título legal que haya dado lugar a esa utilización y para establecer las reducciones de suministro hidráulico que sean precisas para la justa y racional distribución del gua disponible, quedando limitados los derechos concesionales correspondientes a estas dotaciones».
También podrán modificar los criterios de prioridad para la asignación de recursos a los distintos usos del agua , las condiciones fijadas en las autorizaciones de vertido-podrían, incluso, prohibirse totalmente para no mermar la calidad del agua- y las asignaciones y reservas previstas en los planes hidrológicos.
«Además-añadieron fuentes del Ministerio de Medio Ambiente- las juntas de Gobierno podrán «adaptar el régimen de explotación de los aprovechamientos hidroeléctricos a las necesidades y exigir a los usuarios la instalación inmediata de dispositivos de control y medición del consumo de agua».
Refuerzo de las sanciones
El decreto incluye medidas destinadas a reforzar el régimen sancionador en las infracciones cometidas en relación a las medidas excepcionales aprobadas. Se trata, según el Gobierno, de «dotar a los órganos competentes de facultades acordes con la gravedad de la situación, en beneficio del interés público». Las multas podrán alcanzar los 600.000 euros.
Todas las actuaciones que en el marco de este decreto adopte la CHJ revestirán carácter de emergencia y merecerán la consideración de «utilidad pública» y su ocupación «de urgente necesidad».
Todas estas medidas se adoptarán en un clima de «transparencia y participación social», según el Gobierno. Además de los representantes de la Administración estatal y autonómica y los usuarios tradicionales -abastecimiento, regadíos e hidroeléctricos-, las juntas de Gobierno incorporarán «con voz pero sin voto» a las organizaciones ecologistas, empresariales y sindicales, además de a algunos alcaldes cuyos municipios estén afectados por el problema de la sequía.
J. S., Valencia/Madrid.
El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto de Sequía que otorga poderes extraordinarios a la Confederación Hidrográfica del Júcar incluido el de intervenir concesiones con objeto de rescatar agua para uso humano.
En el ámbito de la Comunidad Valenciana una intervención «extrema» pero perfectamente legal tras la aprobación de este decreto, explicaron fuentes oficiales - sería recurrir a la intervención del agua acumulada en el embalse de Cortes de Pallás-unos 100 hm3 suficientes para garantizar durante un año el consumo de Valencia y su área metropolitana-, aunque eso supusiera tener que indemnizar a la compañía eléctrica por la energía dejada de generar.
De hecho, en la sequía del período 1993-1994, esta expropiación temporal del agua acumulada en Cortes fue una opción que estuvo sobre la mesa del presidente de la CHJ que solo se descarto tras la evolución favorable del nivel de reservas.
Según estas fuentes, el decreto no representa en ningún caso una señal de que se haya agravado la situación y su objeto es puramente preventivo y para «agilizar la respuesta» a una situación que podría devenir excepcional en los próximos meses.El decreto otorga a la CHJ una seria de facultades extraordinarias entre las que destaca la autorización las juntas de Gobierno para modificar temporalmente las condiciones de uso del agua «cualquiera que sea el título legal que haya dado lugar a esa utilización y para establecer las reducciones de suministro hidráulico que sean precisas para la justa y racional distribución del gua disponible, quedando limitados los derechos concesionales correspondientes a estas dotaciones».
También podrán modificar los criterios de prioridad para la asignación de recursos a los distintos usos del agua , las condiciones fijadas en las autorizaciones de vertido-podrían, incluso, prohibirse totalmente para no mermar la calidad del agua- y las asignaciones y reservas previstas en los planes hidrológicos.
«Además-añadieron fuentes del Ministerio de Medio Ambiente- las juntas de Gobierno podrán «adaptar el régimen de explotación de los aprovechamientos hidroeléctricos a las necesidades y exigir a los usuarios la instalación inmediata de dispositivos de control y medición del consumo de agua».
Refuerzo de las sanciones
El decreto incluye medidas destinadas a reforzar el régimen sancionador en las infracciones cometidas en relación a las medidas excepcionales aprobadas. Se trata, según el Gobierno, de «dotar a los órganos competentes de facultades acordes con la gravedad de la situación, en beneficio del interés público». Las multas podrán alcanzar los 600.000 euros.
Todas las actuaciones que en el marco de este decreto adopte la CHJ revestirán carácter de emergencia y merecerán la consideración de «utilidad pública» y su ocupación «de urgente necesidad».
Todas estas medidas se adoptarán en un clima de «transparencia y participación social», según el Gobierno. Además de los representantes de la Administración estatal y autonómica y los usuarios tradicionales -abastecimiento, regadíos e hidroeléctricos-, las juntas de Gobierno incorporarán «con voz pero sin voto» a las organizaciones ecologistas, empresariales y sindicales, además de a algunos alcaldes cuyos municipios estén afectados por el problema de la sequía.