Bancos de agua: una propuesta innovadora para su gestión

Dom, 10/07/2005

Diario de León

Aunque no aumentan la disponibilidad del agua, la simple existencia de un precio y unas posibilidades de compra y venta estimulan el cuidado, la racionalidad del consumo, el ahorro del recurso y favorecen el medio ambiente Un «banco de agua» es un mecanismo para vender o arrendar derechos de uso de agua, normalmente bajo el control de la administración. Aunque funcionan desde hace tiempo en muchos estados del oeste de EEUU, Chile, Canadá y Australia, en Europa son todavía un concepto nuevo y poco extendido, ya que las únicas experiencias reguladas y consolidadas se han desarrollado en Canarias. Así se recoge en un documento elaborado por WWF/Adena en el que se afirma que su puesta en marcha puede garantizar la mayor eficiencia en el uso de los recursos hídricos y favorecer el medio ambiente. La primera ventaja que tienen es que ponen un precio al agua y establecen un mercado para este bien, en especial en épocas de sequía como la que atraviesa nuestro país. A pesar de no aumentar la disponibilidad del recurso, la simple existencia de un precio y unas posibilidades de compra y venta, estimulan el cuidado, la racionalidad del consumo y el ahorro de agua, puesto que lo ahorrado puede venderse. Aunque en la reforma de la Ley de Aguas de 1999 se sentaron las bases para la puesta en marcha de mercados de agua, hasta octubre del año pasado no se aprobó la creación de Centros de Intercambio de derechos de agua en las cuencas de Segura, Júcar y Guadiana, a través de los cuales las distintas confederaciones hidrográficas podrán comprar esos derechos para revenderlos a un precio establecido por ellas mismas. Tipos de mercados Según se indica en el informe de Adena, un banco de agua consiste en compradores, vendedores y un organismo de regulación que facilita y supervisa las transacciones y que, si dispone de respaldo económico, también la puede comprar y vender. Hay cuatro tipos de mercados legalmente constituidos y regulados. Se habla de mercados de alquiler cuando la venta de agua, caudal o volumen es por un tiempo determinado. En los mercados de derechos existe una transferencia de la propiedad del agua, como si se tratase de propiedades sobre bienes raíces o de acciones sobre sociedades limitadas. En los mercados de opciones, donde la transferencia de la opción de usar el agua es por tiempo limitado, el comprador paga una cantidad de dinero para tener esta opción, a la que se añade otra compensación adicional si el uso finamente se realiza. Por último, están las transacciones de agua a cambio de inversiones en equipo de capital. En ellas, el comprador financia parte de la mejora de los equipos de utilización del vendedor, para poder a cambio utilizar los caudales ahorrados. Este tipo de transacciones no siempre se considera como un verdadero mercado de aguas. En cuanto a las aguas subterráneas, los mercados pueden funcionar mediante la venta de un caudal teórico asignado o poseído por el vendedor y que el comprador sacará de otro punto del acuífero, como sucede en Canarias, o bien, mediante la venta de caudales realmente extraídos por el vendedor y posteriormente cedidos en superficie al comprador, como es el caso de India. En España, el mercado de aguas sólo funciona en Canarias, donde el agua subterránea es un recurso de propiedad privada según la ley. En Tenerife donde el 91% del agua utilizada es subterránea, los propietarios de agua tienen acciones que corresponden a volúmenes de agua que discurren por las galerías y tuberías en el subsuelo de la isla. Si un propietario quiere vender su agua se pone en contacto con un intermediario, que le ofrece un precio o una remuneración por el agua que quiere arrendar. Durante el tiempo acordado, el intermediario se encarga de vender y distribuir el agua cedida por el propietario original.