Abastecimiento población, único uso agua prioritario toda España

Lun, 23/05/2005

EFE

El abastecimiento de la población, incluido el de las empresas con poco consumo situadas en los núcleos urbanos, es, de acuerdo con la legislación vigente, el único uso del agua que es prioritario para todas las cuencas hidrográficas Con carácter general, la Ley de Aguas establece un orden de preferencia en los usos, aunque cada cuenca hidrográfica puede establecer un orden de preferencias diferente.
Sin embargo, en ese orden genérico aparece en primer lugar (y es el único punto cuya supremacía no pueden variar los planes de cada cuenca) el abastecimiento de la población, incluyendo las industrias de poco consumo que se sitúan en los núcleos de población y que están conectadas a las redes municipales.
El segundo uso en esas clasificación general son los regadíos y los usos agrarios; seguido de los usos industriales para la producción de energía eléctrica; de otros usos industriales; de las actividades de acuicultura; de las actividades recreativas; y de los usos para la navegación y el transporte acuático, en último lugar.
Fuentes del Ministerio de Medio Ambiente explicaron a Efe que las cuencas hidrográficas carecen sin embargo de competencias para fijar las prioridades de consumo de agua en las ciudades, lo que compete a las sociedades o empresas en las que está delegada la gestión del agua (Canal de Isabel II en Madrid o Aguas de Barcelona).
Ante una situación de sequía extrema que obligara a restringir los consumos, serían estas empresas las que decidirían las medidas que se deben adoptar para conseguir disminuir el consumo y ahorrar agua y cómo se escalonan esas medidas.
Según la información facilitada por el Ministerio de Medio Ambiente, la Comunidad de Madrid se encuentra en la actualidad en una situación hidrológica normal, aunque si continúa la situación meteorológica y no se registran precipitaciones se puede llegar a una situación de "alerta de sequía", en una fase leve, en agosto, aunque el abastecimiento está garantizado.
En el caso madrileño existe además un Plan de Gestión de Sequías que establece las medidas que se deben adoptar, y el Ministerio de Medio Ambiente y el Canal de Isabel II han debatido conjuntamente una estrategia de actuación ante esa eventualidad.
Según responsables ministeriales, la situación en Madrid se puede corregir con medidas de gestión y mediante la reutilización de agua, ya que en esta ciudad los niveles de reutilización del recurso son muy bajos.
Algunas de esas soluciones aplicables a la ciudad de Madrid, que podrían evitar en el futuro las restricciones de agua, pasarían por la concienciación y colaboración de los ciudadanos para reducir los consumos, en el empleo de aguas subterráneas y en la utilización de infraestructuras previstas para la reutilización de agua en algunos usos como el riego de jardines.
Las primeras restricciones de agua en las ciudades a causa de la actual sequía se han registrado en la ciudad de Huesca, cuyo ayuntamiento ha prohibido el llenado de piscinas, así como el riego de jardines o huertos, y ha restringido el uso del agua con fines recreativos.
Además, el proyecto de Ley que modifica el Plan Hidrológico Nacional incluye una amplia revisión de la Ley de Aguas, que no afecta al orden de preferencias de uso, pero que sí incluye entre sus novedades la obligación que tendrán las confederaciones hidrográficas de emitir un informe previo sobre cualquier plan que aprueben las Comunidades Autónomas y que implique la utilización de nuevos recursos hídricos.
De esa forma, el Gobierno quiere asegurar la disponibilidad efectiva de agua de agua antes de la ejecución de cualquier plan