El Supremo ordena a las hidroeléctricas que mantengan los caudales ecológicos
Vie, 20/05/2005
Por primera vez, el Tribunal Supremo ha emitido una sentencia sobre la necesidad de que los concesionarios de embalses o centrales hidroeléctricas mantengan los caudales ecológicos de los ríos. La sentencia confirma una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del año 1999.
El Alto Tribunal ha decidido que los caudales mínimos impuestos por la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) son «claramente insuficientes» y no se «fundamentan en criterios técnicos o científicos».Esta situación la ha de remediar sin demora el Ministerio de Medio Ambiente con los cálculos previos necesarios para dar cumplimiento a la sentencia.
El fallo que ahora sienta jurisprudencia es la culminación de un procedimiento que comenzó hace 14 años, cuando la asociación AEMS-Ríos con Vida recurrió la concesión dada a la compañía Unión Fenosa para la explotación de varias centrales hidroeléctricas situadas en el Alto Tajo. AEMS-Ríos con Vida recurrió porque «las centrales hidroeléctricas son incompatibles con la conservación del ecosistema fluvial, pues alteran por completo el régimen de aguas, se crea una barrera a las poblaciones de peces que acuden a sus lugares de reproducción y transforman el lecho y orillas del río», explica Pedro Brufao, responsable de la asociación, galardonada en 1998 con el Premio Nacional de Medio Ambiente.
Aunque existían medidas para evitar parte de estos impactos, eran insuficientes o difíciles de controlar, porque se demostró que, a pesar de la prohibición existente, se turbinó en pleno estiaje y se detectaron bruscas oscilaciones en el caudal, que hacían que el río pasara de estar semiseco a sufrir avenidas en unos pocos segundos, prosigue Brufao.
Obstáculos
La asociación denunció las cortapisas judiciales que sufrieron y recuerda la «incomprensible pretensión de la Abogacía del Estado y de Unión Fenosa», que pensaban que el AEMS-Ríos con Vida no tenía interés legal y «pretendían impedir que se iniciara el proceso». «Estos obstáculos contradicen los derechos de acceso a la Justicia reconocidos por el Convenio de Aarhus», dice Brufao.
«Exigimos el cese de las subvenciones a estas explotaciones eléctricas en los ríos, las cuales podrían instalarse en canales de riego o salidas de depuradoras, pero no en espacios tan bien conservados», asegura la Asociación. «Animamos a las confederaciones a revisar las concesiones y declarar caducas aquéllas que incumplan la ley, procediendo a la demolición de las presas y a la restauración fluvial», concluyó Brufao
El Alto Tribunal ha decidido que los caudales mínimos impuestos por la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) son «claramente insuficientes» y no se «fundamentan en criterios técnicos o científicos».Esta situación la ha de remediar sin demora el Ministerio de Medio Ambiente con los cálculos previos necesarios para dar cumplimiento a la sentencia.
El fallo que ahora sienta jurisprudencia es la culminación de un procedimiento que comenzó hace 14 años, cuando la asociación AEMS-Ríos con Vida recurrió la concesión dada a la compañía Unión Fenosa para la explotación de varias centrales hidroeléctricas situadas en el Alto Tajo. AEMS-Ríos con Vida recurrió porque «las centrales hidroeléctricas son incompatibles con la conservación del ecosistema fluvial, pues alteran por completo el régimen de aguas, se crea una barrera a las poblaciones de peces que acuden a sus lugares de reproducción y transforman el lecho y orillas del río», explica Pedro Brufao, responsable de la asociación, galardonada en 1998 con el Premio Nacional de Medio Ambiente.
Aunque existían medidas para evitar parte de estos impactos, eran insuficientes o difíciles de controlar, porque se demostró que, a pesar de la prohibición existente, se turbinó en pleno estiaje y se detectaron bruscas oscilaciones en el caudal, que hacían que el río pasara de estar semiseco a sufrir avenidas en unos pocos segundos, prosigue Brufao.
Obstáculos
La asociación denunció las cortapisas judiciales que sufrieron y recuerda la «incomprensible pretensión de la Abogacía del Estado y de Unión Fenosa», que pensaban que el AEMS-Ríos con Vida no tenía interés legal y «pretendían impedir que se iniciara el proceso». «Estos obstáculos contradicen los derechos de acceso a la Justicia reconocidos por el Convenio de Aarhus», dice Brufao.
«Exigimos el cese de las subvenciones a estas explotaciones eléctricas en los ríos, las cuales podrían instalarse en canales de riego o salidas de depuradoras, pero no en espacios tan bien conservados», asegura la Asociación. «Animamos a las confederaciones a revisar las concesiones y declarar caducas aquéllas que incumplan la ley, procediendo a la demolición de las presas y a la restauración fluvial», concluyó Brufao