El Supremo ratifica por tercera vez que la ocupación para la presa fue ilegal

Sáb, 16/10/2004

La Voz de Galicia

Medio Ambiente afirma que acata el fallo y que está a la espera de que se fijen las indemnizaciones ?na nueva sentencia firme del Tribunal Supremo, conocida ayer aunque fechada el pasado 16 de junio, ratificó por tercera vez que la ocupación de terrenos para la construcción del embalse del Umia fue ilegal. El fallo desestima el recurso formalizado por la Xunta contra una resolución del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de 1999 y rechaza uno por uno los siete motivos de casación esgrimidos por la Administración autonómica. En la sentencia del 7 de abril de 1999 se admitía el contencioso interpuesto por el vecino de Moraña Samuel Fariña Pisos, en su propio nombre y como presidente de la Comunidad de Montes de Arxén y Cadaviña (Lamas), contra el decreto del Consello de la Xunta por el que se declaraba la utilidad pública y se disponía la urgente ocupación de los bienes afectados por la obras de la presa de A Baxe. Al igual que sucedió con los dos fallos anteriores del Supremo, el alto tribunal censura que la Administración autonómica se aferrara al procedimiento de urgencia para seguir adelante con los trabajos ocupando nuevas fincas, pese a lo expresado en su día por el TSXG. En los fundamentos de derecho de la sentencia se afirma que el decreto de urgente ocupación está «ayuno» y «desprovisto de cualquier motivación o razonamiento que justifique la excepcionalidad del procedimiento». En ese sentido, se reitera lo dicho por el TSXG: que el mismo anteproyecto descartó que el embalse tuviera como finalidad la regulación del río Umia a fin de evitar las riadas que padecía Caldas, por estar provocadas por los ríos Chaín, Follente y Bermaña. Se añade, asimismo, que en el momento en que la Administración gallega decide proyectar la presa no concurrían necesidades de abastecimiento «perentorias» o «apremiantes». El alto tribunal tampoco da por bueno el hecho de que la obra apareciera recogida en el proyecto de directrices del Plan Hidrológico de las Cuencas de Galicia-Costa, que el Gobierno central no aprobó hasta el 2003. El Supremo también niega que la aclaración del fallo de 1999, algo que se hizo a petición vecinal, alterara sustancialmente, como sostiene la Xunta, su contenido. Augas de Galicia La Consellería de Medio Ambiente afirmó ayer que acata el último fallo del Supremo y que está pendiente de las decisiones judiciales sobre la cuantía de las indemnizaciones que percibirán los propietarios, cuyo número no pudo precisar un portavoz del departamento.