EL MITECO impulsa la lucha contra la expansión del alga exótica Rugulopteryx okamurae y la gestión de su biomasa
Jue, 05/06/2025
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), a través de la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación, ha intensificado sus esfuerzos para hacer frente a la expansión del alga exótica Rugulopteryx okamurae, una especie invasora que está provocando importantes impactos en ecosistemas marinos y sectores como la pesca, el turismo y las actividades portuarias, especialmente en el litoral sur peninsular, pero también en otras aguas marinas del país.
Desde el Gobierno de España se han articulado diversas acciones legales, estratégicas y técnicas para abordar esta problemática. En primer lugar, el MITECO llevó a cabo la inclusión de Rugulopteryx okamurae en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras (CEEEI), lo que permite establecer medidas de prevención, control y erradicación en todo el territorio nacional. Esta inclusión refuerza el marco jurídico necesario para limitar su expansión y ordenar su gestión.
En paralelo, se elaboró y aprobó, en julio de 2022, la Estrategia Española de lucha contra Rugulopteryx okamurae, que establece las bases para una actuación coordinada a nivel nacional, en colaboración con las comunidades autónomas, instituciones científicas y sectores económicos afectados. Dicha Estrategia establece un diagnóstico detallado de las características de la especie, de sus mecanismos de propagación, y de las medidas que serían necesarias para controlar su expansión. Además, se plantean los procedimientos de gestión de su biomasa, desde su retirada en el punto de encuentro, en las playas o tramos de litoral, en el caso de arribazones, y en el mar en el caso de las capturas accidentales como consecuencia de la actividad pesquera, así como su transporte hasta una zona de acopio, para su posterior destrucción o posible valorización.
La valorización de la biomasa de Rugulopteryx okamurae no es entendida como una parte de su estrategia de control, al no participar en su control poblacional, o impedir su dispersión, sino que debe suponer una medida de apoyo a la mitigación de los impactos que produce la especie en los sectores afectados, principalmente el pesquero, y para las administraciones responsables de la gestión de los arribazones y el mantenimiento del buen estado del litoral.
continuar leyendo en el siguiente enlace:
https://www.miteco.gob.es/es/prensa/ultimas-noticias/2025/junio/el-mitec...
Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Desde el Gobierno de España se han articulado diversas acciones legales, estratégicas y técnicas para abordar esta problemática. En primer lugar, el MITECO llevó a cabo la inclusión de Rugulopteryx okamurae en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras (CEEEI), lo que permite establecer medidas de prevención, control y erradicación en todo el territorio nacional. Esta inclusión refuerza el marco jurídico necesario para limitar su expansión y ordenar su gestión.
En paralelo, se elaboró y aprobó, en julio de 2022, la Estrategia Española de lucha contra Rugulopteryx okamurae, que establece las bases para una actuación coordinada a nivel nacional, en colaboración con las comunidades autónomas, instituciones científicas y sectores económicos afectados. Dicha Estrategia establece un diagnóstico detallado de las características de la especie, de sus mecanismos de propagación, y de las medidas que serían necesarias para controlar su expansión. Además, se plantean los procedimientos de gestión de su biomasa, desde su retirada en el punto de encuentro, en las playas o tramos de litoral, en el caso de arribazones, y en el mar en el caso de las capturas accidentales como consecuencia de la actividad pesquera, así como su transporte hasta una zona de acopio, para su posterior destrucción o posible valorización.
La valorización de la biomasa de Rugulopteryx okamurae no es entendida como una parte de su estrategia de control, al no participar en su control poblacional, o impedir su dispersión, sino que debe suponer una medida de apoyo a la mitigación de los impactos que produce la especie en los sectores afectados, principalmente el pesquero, y para las administraciones responsables de la gestión de los arribazones y el mantenimiento del buen estado del litoral.
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Fuente: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico