La Administración desoye hasta 7 sentencias del Supremo sobre riegos ilegales en Doñana
Lun, 15/10/2012
Ecologistas en Acción ha denunciado ante la Fiscalía de Medio Ambiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a funcionarios públicos que están permitiendo la extracción, por parte de los propietarios de unas fincas, de aguas subterráneas para regadíos ilegales que a juicio de los verdes están causando un daño evidente y directo en los ecosistemas de Doñana.
Ecologistas les acusa de hacer la vista gorda sobre las sentencias dictadas al respecto por el Tribunal Supremo, inhibirse permitiendo así que continúe la situación, omitir su deber de vigilancia, realización de informes falseados sobre el estado real del acuífero del que se nutre el Parque Nacional y concesión de autorizaciones temporales de riego con aguas pluviales y de escorrentía técnicamente imposibles.
La denuncia empieza refiriéndose a las actuaciones de la Administración responsable en materia de aguas (primero, la Confederación Hidrográfica; luego, la Agencia Andaluza del Agua; y ahora, de nuevo, la CHG) en relación con las fincas Hato Blanco Viejo y Hato Ratón Viejo, sitas en el término de Aznalcázar (Sevilla), desde 2006 hasta la fecha. Los organismos públicos tienen, según Ecologistas, notorio conocimiento de que en las mismas se producen extracciones ilegales de agua porque existen resoluciones de expedientes sancionadores previos del Consejo de Ministros que obligaban a indemnizar por los daños causados al dominio público hidráulico en cuantías incluso superiores a 1,5 millones de euros y referidas a superficies de riego no autorizado de miles de hectáreas.
Por tanto, se trata de extracciones ilegales del acuífero que se evalúan del orden de 15 millones de m3/año (el 15% de las extracciones ilegales para regadío desde el acuífero).
En concreto, el Tribunal Supremo ha dictado cuatro sentencias condenatorias contra la propiedad de la finca Hato Ratón Viejo entre 2007 y 2009, y tres contra la propiedad de Hato Blanco Viejo entre 2008 y 2012, y en todas se especifica la obligación de inutilizar los mecanismos que permiten derivar ese agua no autorizada, básicamente los pozos y otras instalaciones necesarias para la extracción.
El origen de estas sentencias del Supremo radica en expedientes administrativos sancionadores instados por la propia Administración de Aguas, la cual sin embargo no ha hecho nada al respecto, por lo cual continúan los daños al dominio público hidráulico y a Doñana.
«Este hecho es de extraordinaria gravedad», puede leerse en el documento elevado al fiscal, «dado que la misma Administración que califica los hechos de muy graves no ejecuta las acciones a que la obliga el Tribunal Supremo para impedir que se sigan produciendo».
Además, Ecologistas denuncia que la guardería fluvial se ha visto impedida de acceder a las fincas para ejercer su labor de control e investigación, sin que los responsables de la Administración hayan actuado en consecuencia ni pedido auxilio judicial, como se hizo en ocasiones anteriores, para entrar en Hato Blanco Viejo y Hato Ratón Viejo.
Asimismo, subrayan que no se ha producido ninguna sanción en el trienio en que la autoridad responsable en materia de aguas ha sido la Junta de Andalucía y que la CHG tampoco muestra una actitud proactiva para evitar esta situación, por lo que esta dejación de funciones se traduce en daños a Doñana.
Asimismo, Ecologistas denuncia ante el fiscal la realización de informes por parte de la jefa del Dominio Público Hidráulico de la Junta de Andalucía que 'maquillan' la situación real del acuífero del que se nutre el Parque Nacional y que eleva al consejo rector del mismo, compuesto en su gran mayoría por personas carentes de conocimientos hidrológicos. Por tanto, esa información no del todo cierta y que contrasta con la de otros organismos puede inducir a aquéllas a 2001 y 2005 tuvieron lugar al menos ocho plenos municipales en los que se denunció la ilegalidad de las sucesivas licencias otorgadas y las molestias que estaban sufriendo los vecinos, y además tanto el arquitecto municipal como el secretario de la corporación emitieron sendos informes en contra de las licencias.
Los vecinos de la zona de La Alameda entregaron numerosas quejas al Ayuntamiento por los ruidos que producía el polígono. adoptar decisiones erróneas sin saberlo.
La jefa del Dominio Público Hidráulico desoía al jefe de Aguas Subterráneas, su subordinado y persona de reconocido prestigio en Hidrología, con una dilatada experiencia como responsable del acuífero de Doñana.
Los verdes aportan pruebas que demuestran que la Agencia Andaluza del Agua estuvo presentando durante dos años el mismo informe presuntamente falseado sobre el estado del acuífero pero cambiando las fechas y calificando la situación como 'de estabilidad', cuando la conclusión del informe del jefe de Aguas Subterráneas era que los datos demostraban una situación preocupante porque los niveles de aguas cada año eran más profundos y porque en una tercera parte de los puntos de toma de muestras eran peores que cuando la terrible sequía del año 1995. Por ende, las alertas dadas al respecto por el representante de Ecologistas en el Consejo del Agua nunca eran recogidas en acta ni trasladadas al pleno del consejo rector, ya que sólo se transmitía lo que quería la Junta de Andalucía.
Por otra parte, Ecologistas denuncia que se ha otorgado a la SAT Sotogordo autorización, sin previo proceso de información pública, para derivar aguas de los canales de drenaje de su finca, sin derecho al uso privativo, por un volumen total anual de 902.189 m3 con destino al riego de 243 hectáreas de arroz, por inundación, y 550 de huertas, por aspersión.
Para los verdes es evidente, como podría confirmar cualquier técnico agrónomo, que es un absurdo pensar que con una autorización de 902.189 m3 se pueden regar 243 hectáreas de arroz y 550 de huertas cuando las necesidades hídricas para ello rondan los 6 millones de m3, si se tiene en cuenta que una hectárea de arroz precisa entre 12.000 y 14.000 m3 de agua de riego, y una de huerta, 5.500 m3 aproximadamente. En este sentido, una de las sentencias del Tribunal Supremo resta credibilidad al argumento asumido por la Administración hidráulica para autorizar la solicitud de derivación de aguas.
Ecologistas se pregunta si resulta razonable que a una finca que, como dice el Supremo, demuestra una clara posición de obstrucción a la actividad inspectora le sea autorizada una concesión de aguas técnicamente imposible cuando impide que se compruebe si el agua con la que riegan no procede de los pozos denunciados.
A juicio de los verdes, la respuesta sólo se puede encontrar en que la Administración Hidráulica le otorga una cobertura 'legal' (la autorización de derivación de aguas de los canales de drenaje) a esta finca, permitiendo así que continúe extrayendo ilegalmente aguas del acuífero mientras prohíbe el paso a la guardería fluvial y, en consecuencia, perjudicando a Doñana.
Ecologistas les acusa de hacer la vista gorda sobre las sentencias dictadas al respecto por el Tribunal Supremo, inhibirse permitiendo así que continúe la situación, omitir su deber de vigilancia, realización de informes falseados sobre el estado real del acuífero del que se nutre el Parque Nacional y concesión de autorizaciones temporales de riego con aguas pluviales y de escorrentía técnicamente imposibles.
La denuncia empieza refiriéndose a las actuaciones de la Administración responsable en materia de aguas (primero, la Confederación Hidrográfica; luego, la Agencia Andaluza del Agua; y ahora, de nuevo, la CHG) en relación con las fincas Hato Blanco Viejo y Hato Ratón Viejo, sitas en el término de Aznalcázar (Sevilla), desde 2006 hasta la fecha. Los organismos públicos tienen, según Ecologistas, notorio conocimiento de que en las mismas se producen extracciones ilegales de agua porque existen resoluciones de expedientes sancionadores previos del Consejo de Ministros que obligaban a indemnizar por los daños causados al dominio público hidráulico en cuantías incluso superiores a 1,5 millones de euros y referidas a superficies de riego no autorizado de miles de hectáreas.
Por tanto, se trata de extracciones ilegales del acuífero que se evalúan del orden de 15 millones de m3/año (el 15% de las extracciones ilegales para regadío desde el acuífero).
En concreto, el Tribunal Supremo ha dictado cuatro sentencias condenatorias contra la propiedad de la finca Hato Ratón Viejo entre 2007 y 2009, y tres contra la propiedad de Hato Blanco Viejo entre 2008 y 2012, y en todas se especifica la obligación de inutilizar los mecanismos que permiten derivar ese agua no autorizada, básicamente los pozos y otras instalaciones necesarias para la extracción.
El origen de estas sentencias del Supremo radica en expedientes administrativos sancionadores instados por la propia Administración de Aguas, la cual sin embargo no ha hecho nada al respecto, por lo cual continúan los daños al dominio público hidráulico y a Doñana.
«Este hecho es de extraordinaria gravedad», puede leerse en el documento elevado al fiscal, «dado que la misma Administración que califica los hechos de muy graves no ejecuta las acciones a que la obliga el Tribunal Supremo para impedir que se sigan produciendo».
Además, Ecologistas denuncia que la guardería fluvial se ha visto impedida de acceder a las fincas para ejercer su labor de control e investigación, sin que los responsables de la Administración hayan actuado en consecuencia ni pedido auxilio judicial, como se hizo en ocasiones anteriores, para entrar en Hato Blanco Viejo y Hato Ratón Viejo.
Asimismo, subrayan que no se ha producido ninguna sanción en el trienio en que la autoridad responsable en materia de aguas ha sido la Junta de Andalucía y que la CHG tampoco muestra una actitud proactiva para evitar esta situación, por lo que esta dejación de funciones se traduce en daños a Doñana.
Asimismo, Ecologistas denuncia ante el fiscal la realización de informes por parte de la jefa del Dominio Público Hidráulico de la Junta de Andalucía que 'maquillan' la situación real del acuífero del que se nutre el Parque Nacional y que eleva al consejo rector del mismo, compuesto en su gran mayoría por personas carentes de conocimientos hidrológicos. Por tanto, esa información no del todo cierta y que contrasta con la de otros organismos puede inducir a aquéllas a 2001 y 2005 tuvieron lugar al menos ocho plenos municipales en los que se denunció la ilegalidad de las sucesivas licencias otorgadas y las molestias que estaban sufriendo los vecinos, y además tanto el arquitecto municipal como el secretario de la corporación emitieron sendos informes en contra de las licencias.
Los vecinos de la zona de La Alameda entregaron numerosas quejas al Ayuntamiento por los ruidos que producía el polígono. adoptar decisiones erróneas sin saberlo.
La jefa del Dominio Público Hidráulico desoía al jefe de Aguas Subterráneas, su subordinado y persona de reconocido prestigio en Hidrología, con una dilatada experiencia como responsable del acuífero de Doñana.
Los verdes aportan pruebas que demuestran que la Agencia Andaluza del Agua estuvo presentando durante dos años el mismo informe presuntamente falseado sobre el estado del acuífero pero cambiando las fechas y calificando la situación como 'de estabilidad', cuando la conclusión del informe del jefe de Aguas Subterráneas era que los datos demostraban una situación preocupante porque los niveles de aguas cada año eran más profundos y porque en una tercera parte de los puntos de toma de muestras eran peores que cuando la terrible sequía del año 1995. Por ende, las alertas dadas al respecto por el representante de Ecologistas en el Consejo del Agua nunca eran recogidas en acta ni trasladadas al pleno del consejo rector, ya que sólo se transmitía lo que quería la Junta de Andalucía.
Por otra parte, Ecologistas denuncia que se ha otorgado a la SAT Sotogordo autorización, sin previo proceso de información pública, para derivar aguas de los canales de drenaje de su finca, sin derecho al uso privativo, por un volumen total anual de 902.189 m3 con destino al riego de 243 hectáreas de arroz, por inundación, y 550 de huertas, por aspersión.
Para los verdes es evidente, como podría confirmar cualquier técnico agrónomo, que es un absurdo pensar que con una autorización de 902.189 m3 se pueden regar 243 hectáreas de arroz y 550 de huertas cuando las necesidades hídricas para ello rondan los 6 millones de m3, si se tiene en cuenta que una hectárea de arroz precisa entre 12.000 y 14.000 m3 de agua de riego, y una de huerta, 5.500 m3 aproximadamente. En este sentido, una de las sentencias del Tribunal Supremo resta credibilidad al argumento asumido por la Administración hidráulica para autorizar la solicitud de derivación de aguas.
Ecologistas se pregunta si resulta razonable que a una finca que, como dice el Supremo, demuestra una clara posición de obstrucción a la actividad inspectora le sea autorizada una concesión de aguas técnicamente imposible cuando impide que se compruebe si el agua con la que riegan no procede de los pozos denunciados.
A juicio de los verdes, la respuesta sólo se puede encontrar en que la Administración Hidráulica le otorga una cobertura 'legal' (la autorización de derivación de aguas de los canales de drenaje) a esta finca, permitiendo así que continúe extrayendo ilegalmente aguas del acuífero mientras prohíbe el paso a la guardería fluvial y, en consecuencia, perjudicando a Doñana.