La Generalitat carga a los municipios con el canon del agua de los morosos

Vie, 20/01/2012

El País

Las suministradoras deberán asumir el importe de los tributos de facturas impagadas - La ACA cobrará a los Ayuntamientos por las fuentes públicas

Los Ayuntamientos catalanes tendrán que revisar sus presupuestos para agua este año. O quizá serán los ciudadanos quienes acaben pagando los platos rotos. El proyecto de ley de medidas fiscales y financieras que acompaña a los presupuestos de la Generalitat dedica buena parte a modificar la normativa que rige la Agencia Catalana del Agua (ACA). Entre los cambios, hay dos con los que cargarán los municipios. Para empezar, cuando entre en vigor la normativa tendrán que pagar a la ACA el canon del agua destinada a usos públicos si es potable. Es decir, dejarán de estar exentos de pagar por el agua que sale de las fuentes o la que usen para regar parques si proviene de la red. Además, todas las empresas municipales deberán pagar el canon de todos los abonados a la red, aunque sean morosos. Las suministradoras públicas y privadas advierten de que quizá acaben transfiriendo a los consumidores parte de los nuevos pagos.
La ACA, según consta en los presupuestos de 2012, terminó el año pasado con una previsión de deuda de 1.232 millones de euros y 454 millones pendientes de pago a proveedores. El objetivo para este ejercicio es reducir la deuda a corto plazo a 1.028 millones. El consejero de Territorio y Sostenibilidad, Lluís Recoder, ha señalado muchas veces la "delicada situación" que vive el organismo y entre los objetivos del año está el de sanear sus cuentas. Este saneamiento pasa por transferir algunas cargas a las entidades locales.

Dos conceptos
En la factura del agua hay dos conceptos: por una parte, el consumo de agua que facturan las entidades suministradoras; por otra, un canon fijo (que se modifica anualmente), destinado a las arcas de la ACA, que se utiliza para sufragar inversiones, infraestructura y funcionamiento del llamado ciclo del agua. Las empresas suministradoras están encargadas de cobrar la factura concreta y de transferir luego a la ACA la parte del canon (que puede ser de entre el 10% y el 30% de cada recibo). Hasta ahora, si había usuarios morosos, tenían unos plazos establecidos en los que advertir al organismo, que se hacía cargo de perseguir por su cuenta el pago del canon de los recibos impagados. Con la nueva normativa, sin embargo, se subraya la idea de que "las entidades suministradoras son sustitutas del contribuyente" y, si este no paga, deberán asumirlo ellas. "Las entidades suministradoras de agua están obligadas al pago de las cantidades correspondientes al tributo que no han repercutido a sus abonados", recuerda la nueva redacción de la ley. ¿Quiénes son esas entidades suministradoras? Según un informe de 2010 de la ACA en Cataluña había ese año 860. El grueso está en manos de Ayuntamientos: 452 empresas municipales. Un total de 136 son empresas privadas, y 272, asociaciones de propietarios y otras fórmulas. Según el mismo informe, hay 524 municipios cuyas aguas fluyen gracias a entidades suministradoras propiedad de empresas municipales. De estos municipios, 371 tienen menos de 1.000 habitantes y 106 menos de 5.000 habitantes.

No es el único cambio en el funcionamiento de la ACA que acabará pesando en las arcas municipales. Hasta ahora la normativa dejaba exentos del pago del canon a los Ayuntamientos que usaran el agua para alimentar fuentes públicas o monumentos, regar parques o jardines, o en polideportivos municipales. Ahora tendrán que pagar si se trata de agua potable o está distribuida a través de la red para el consumo.