REGIONAL ANDALUCIA
Europa Sur
Europa SurPág. E032  Jueves, 08/05/2003

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El Gobierno aboga por adaptarse a la UE sin perder la gestión del agua  
 
   
 Pie de foto:archivo cuenca. El Guadalquivir, en su desembocadura en Sanlúcar de Barrameda.   
 

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El traspaso de las competencias de las conferencias hidrográficas
Un informe del Ministerio de Medio Ambiente sobre la Directiva Marco de Aguas apuesta por mantener el statu quo con respecto al Sur y
al Guadalquivir
rosa llacer
sevilla. La Directiva Marco de Aguas de la Unión Europea (UE) puede convertirse en un nuevo instrumento del Gobierno central para la defensa de la gestión gubernamental de las cuencas hidrográficas andaluzas frente a las demandas de la Junta de Andalucía para acceder a la gestión compartida del Guadalquivir y la completa transferencia de las competencias en la cuenca Sur. Esta directiva, aprobada por el Parlamento Europeo en octubre de 2000 y actualmente en fase de implantación en todos los Estados miembros, redefine por completo el concepto de cuenca hidrográfica vigente en España, creando una nueva unidad de gestión –las demarcaciones hidrográficas– con competencias territoriales mucho más amplias que las otorgadas por la Ley de Aguas a las confederaciones. Así, en el artículo 2.15 de esta directiva se define a estas demarcaciones hidrográficas como la zona marina y terrestre compuesta por una o varias cuencas vecinas y las aguas subterráneas y costeras asociadas , al tiempo que se las convierte en la principal unidad a efectos de la gestión de las cuencas hidrográficas .
El cambio respecto al modelo actual, que localiza las unidades de gestión en función de las aguas superficiales sin atender a las subterráneas y, especialmente, a las costeras –legisladas estas últimas por la Ley de Costas– es radical. Tanto es así que después de años de trabajo en varias comisiones, el Ministerio de Medio Ambiente ha concluido hace escasamente un mes un estudio técnico sobre el tránsito administrativo y legislativo de un modelo a otro y que se recoge en el documento titulado Directiva 2000/60/CE. Análisis de trasposición y procedimiento de desarrollo, elaborado por el Consejo Nacional del Agua. Uno de los apéndices de este documento, de índole inicialmente público, analiza en detalle este aspecto de la directiva y, en concreto, las cuestiones competenciales y las autoridades competentes derivadas de la misma.
Las primeras conclusiones de este informe del Ministerio de Medio Ambiente son desfavorables para los intereses defendidos por la Junta de Andalucía. Aunque España ha sostenido en los distintos grupos de trabajo de la Directiva Marco la reforma de las confederaciones para su reconversión en demarcaciones hidrográficas en contra de las tesis que abogaban por la creación de nuevos órganos –modelo vigente, por ejemplo, en Holanda– se da por hecho que las unidades de gestión –las cuencas actuales – deberán redefinirse ampliando sus competencias. Ello supone de manera implícita desmontar una de las principales tesis de la Junta para reclamar las competencias: el hecho de que la cuenca del Sur es intracomunitaria –un decreto de 1987 segrega de ella a la rambla de Canales, en Murcia– así como el carácter casi exclusivamente andaluz del Guadalquivir.
Ahora no basta con considerar estas variables sino que entrarían en juego otras mucho más complejas. Bastan sólo dos para ejemplificarlo. De un lado, gran parte de las aguas subterráneas de la cuenca del Sur –formada a su vez por varias cuencas que desembocan en el Mediterráneo– vierten al Guadalquivir. De otro, en caso de transferencia de competencias habría que incluir también a las áreas de costa afectadas, una posibilidad que no se ha planteado y que supondría una cesión de responsabilidades incluso más amplia que la reclamada por la Junta de Andalucía.
El Gobierno español opta claramente por el mantenimiento del statu quo. De esta manera, en uno de los documentos guía elaborados por la UE para la identificación de las nuevas demarcaciones hidrográficas, España reconoce un total de 14, incluyendo entre ellas al Guadalquivir, el Sur y el Guadiana en sus extensiones y competencias actuales. Además, en el informe elaborado por Medio Ambiente se definen tres tipos posibles de organismos, situándose el Sur y el Guadalquivir entre las cuencas intercomunitarias con costa, la misma categoría que tienen ahora. La conclusión de este documento, que en cualquier caso aboga por un análisis más profundo, es que estas competencias actuales son las que habrían de mantenerse en lo relativo a las disposiciones de la Directiva .
No obstante, la Junta de Andalucía también puede jugar una baza basándose igualmente en el articulado de la Directiva Marco de Aguas. Como principio previo, y en caso de redacción ambigua o sujeta a la interpretación, la propia Directiva avala la gestión subsidiaria de las cuencas, un argumento apoyado por otros informes comunitarios que apuestan por la administración regional.