REGIONAL NAVARRA
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EUROPA PRESS Pág.   Viernes, 16/05/2003

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NAVARRA .- Ayudas del Consejo de Ministros a viviendas y empresas para los afectados por las inundaciones del Ebro y del Duero 
 
     
     
 

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El Consejo de Ministros ha aprobado un catálogo de ayudas, recogidas en un Real Decreto-Ley, que con carácter urgente se destinarán a los afectados por los daños causados por los desbordamientos de los ríos Ebro y Duero entre los días 24 y 27 de febrero, así como a reparar los graves perjuicios ocasionados por las inundaciones producidas en la primera quincena de mayo en las Comunidades Autónomas de Castilla y León, La Rioja, Navarra y Aragón.
El Ejecutivo ya aprobó el pasado 21 de febrero un paquete de ayudas similares para resarcir a los damnificados por las inundaciones ocurridas en la cuenca del Ebro entre el 4 y el 10 de febrero.
Este conjunto de medidas, que abarcan desde beneficios fiscales para los afectados, hasta ayudas para la financiación de infraestructuras locales y para la vivienda, pasando por medidas laborales y líneas de crédito preferenciales, se aplicarán en los términos y núcleos de población afectados por los desbordamientos e inundaciones ocasionadas a finales de febrero y principios de este mes de mayo.
REPARACIÓN DE VIVIENDAS
En concreto, se establecen ayudas excepcionales para la reparación de viviendas con un límite de 24.000 euros cuando los daños causados por los desbordamientos hubieran superado el 20 por 10p del valor del inmueble.
También se subvencionará con hasta el 50 por 100 de su coste las obras de reparación o restitución de todo tipo de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de las Entidades Locales que se hubieran visto afectadas por las inundaciones.
Igualmente, se indemnizará a aquellas explotaciones agrarias que como consecuencia de las inundaciones hubieran sufrido pérdidas superiores al 20 ó 30 por 100 de la producción, según se trate o no de zona desfavorecida con arreglo a los criterios establecidos por la Unión Europea.
Dentro de las medidas laborales establecidas en el Real Decreto-Ley, se especifica que el trabajador percibirá la prestación por desempleo y el empresario quedará exonerado de abonar las cuotas a la Seguridad Social cuando se haya suspendido o extinguido el contrato de trabajo como consecuencia de las inundaciones.
Además, las empresas y trabajadores por cuenta propia tendrán una moratoria de un año en el pago de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a los meses de febrero y marzo de 2003 respecto a las inundaciones producidas a finales del mes de febrero, y a los meses de mayo y junio de 2003 respecto a las acaecidas en la primera quincena de mayo.
LÍNEAS DE CRÉDITO
En cuanto a las líneas de crédito preferenciales, se encomienda al Instituto de Crédito Oficial el establecimiento de dieciocho millones de euros con un bajo interés -3,75 por 100 TAE- con el fin de que los afectados puedan atender a la reparación o reposición de instalaciones industriales, mercantiles, agrícolas, ganaderas, automóviles, motocicletas y ciclomotores de uso particular, vehículos comerciales, maquinaria agrícola y locales de trabajo que se hayan visto inutilizados.