REGIONAL CASTILLA-LAMANCHA
AGT Recepción: 17:22
EUROPA PRESS Pág.   Miercoles, 02/07/2003

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CASTILLA LA MANCHA .- Visto para sentencia el juicio por un vertido de aguas residuales en el Parque Nacional de Las Tablas de Daimiel 
 
     
     
 

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El juicio contra Ildefonso Corchado, propietario de la finca "Inazar", de la localidad ciudadrealeña de Alcázar de San Juan, acusado de un delito ecológico por provocar el vertido de aguas residuales al Parque Nacional de las Tablas de Daimiel en junio de 1997, quedó hoy visto para sentencia con la ratificación de las partes en sus peticiones de pena.
Durante la segunda y última sesión del juicio, la primera se celebró el pasado día 16 de junio, fiscal y acusación particular se ratificaron en sus peticiones de 1,7 y 2 años de cárcel, respectivamente, mientras ésta última, ejercida en nombre del Ayuntamiento de Daimiel, solicitaba también más de 1 millón de euros por los daños ocasionados en el parque.
Ambas partes consideraron a Corchado responsable de haber roto la represa existente en su finca, construida por un acuerdo al que llegó con el Ayuntamiento de Alcázar de San Juan para retener las aguas residuales de algunas de las industrias de la zona y que no eran tratadas, hecho que provocó que las mismas, a través de los cauces de los ríos Záncara y Gigüela, llegaran a las Tablas.
Fiscal y acusación particular estimaron que la llegada de esas aguas residuales está directamente ligada a la muerte de unas 35.000 carpas y la destrucción de las mantas de ovas de más de 900 de las 2.000 hectáreas del parque, lo que afectó a la flora del paraje y a parte de la fauna, que fue obligada a emigrar para poder alimentarse y criar.
Esta versión fue apoyada hoy por la directora del Parque Nacional cuando ocurrieron los hechos, María Jesús Sánchez, quien declaró que la falta de oxigeno en el agua que generó la llegada de las aguas residuales, estuvo directamente relacionada con la mortandad de peces y de otras especies, como crustáceos, y la destrucción de la flora.
CABEZA DE TURCO.
Por su parte, el abogado de Corchado, que pidió la absolución de su defendido, indicó que no ha quedado demostrado que éste rompiera la presa, ni que el vertido fuera la causa directa y única de la mortandad de peces y la destrucción de la fauna, para lo que se refirió a lo incompleto de los informes realizados en su día por los técnicos del SEPRONA y del CSIC.
Asimismo, en su opinión, no se ha analizado la influencia que tienen en los vertidos a las Tablas, recordó que en 1997 hubo otros dos más, las aguas residuales de seis pueblos que no contaban con depuradora en ese momento y el uso de plaguicidas en la agricultora.
El abogado defensor también se refirió a las "responsabilidades" de las Administraciones, en particular ayuntamientos y Confederación Hidrográfica del Guadiana, a las que la legislación actual obliga a prevenir el vertido de aguas y residuos contaminantes y, en todo caso, a su tratamiento, algo que no ocurrió en este caso.
Según añadió, el juicio contra Corchado, partiendo de la base de que este no generó los residuos, sólo busca dar una especie de escarmiento para tapar otras responsabilidades, algo en lo que incidió el procesado, quien, en su alegato final, dijo que, en este tema, era sólo "un cabeza de turco".