Rango: Orden
Fecha de disposición:
7 de abril de 1995
Fecha de publicación:
26/4/1995
Número de boletín:
49
Órgano emisor:
Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales
Título: Orden
de 7 de abril de 1995, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales
, por la que se dispone la publicación del convenio celebrado entre
el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y
la Diputación General de Aragón con fecha 28 de marzo de
1995.
Orden de 7 de abril de 1995, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales , por la que se dispone la publicación del convenio celebrado entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Diputación General de Aragón con fecha 28 de marzo de 1995.
Inscrito en el Registro General de
Convenios, con el número h2c06n0024 el convenio suscrito, con fecha
28 de marzo de 1995, por el Departamento de Ordenación Territorial,
Obras Públicas y Transportes de la Diputación General de
Aragón con el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y
Medio Ambiente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo
8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, he resuelto: Ordenar la publicación del citado
convenio en el Boletín Oficial de Aragón .
Zaragoza, 7 de abril de 1995.
El Consejero de Presidencia y Relaciones
Institucionales, Ramón Tejedor Sanz
Sr. Jefe del Servicio de Relaciones
Institucionales.
CONVENIO
Suscrito entre la Diputación
General de Aragón y el Ministerio de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente, en relación con la construcción
del embalse de Mularroya. En la ciudad de Zaragoza, a veintiocho
de marzo de mil novecientos noventa y cinco, se reúnen: El Excmo.
Sr. don Isidoro Esteban Izquierdo, Consejero de Ordenación
Territorial, Obras Públicas y Transportes de la Diputación
General de Aragón, y el Excmo. Sr. don José Alberto
Zaragoza Rameau, Secretario de Estado de Política Territorial
y Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente, al efecto de proceder a la firma del
presente Convenio de Colaboración entre ambas Administraciones en
relación con la ejecución de la obra de regulación
del embalse de Mularroya. Las partes se reconocen, en la calidad
en que cada una interviene,
con capacidad legal suficiente para
la celebración del presente convenio y a tal efecto,
EXPONEN
Que por acuerdo unánime de
las formaciones políticas con representación parlamentaria,
el Pleno de las Cortes de Aragón, en sesión de 30 de
junio de 1992, aprobó una Resolución relativa a criterios
sobre la política hidráulica en la Comunidad de Aragón,
denominada Pacto del Agua. En el marco de las líneas estratégicas
fundamentales establecidas por las Cortes de Aragón en relación
con el agua, en el citado Pacto se detallan los objetivos y actuaciones
que se consideran como prioritarios, urgentes y necesarios para Aragón.
Dado que el conjunto de actuaciones propuestas supone la movilización
de grandes recursos económicos, a la vez que requiere de otras
actuaciones en las que la cooperación entre las distintas
Administraciones se considera imprescindible, por las Cortes de Aragón
se insta a la Administración Central (Ministerio de Obras
Públicas y Transportes), a la Diputación General de Aragón
y a las Confederaciones Hidrográficas correspondientes a la
firma de convenios que permitan la ejecución urgente, y en
las condiciones expuestas en el Pacto del Agua, de las obras en el
mismo concretadas; fijándose asimismo las premisas por las
que deberá instrumentarse dicha cooperación.
Por el Ministerio de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente se considera, igualmente, que las específicas
circunstancias de la ordenación de los recursos hidráulicos
y de las obras de infraestructura hidráulica demandan, en
múltiples ocasiones, una integración de voluntades
y actividades afectadas, por lo que la atribución de competencias
sustantivas no puede suponer un impedimento para la colaboración
y coordinación interadministrativas para un ejercicio integrador
de las plurales competencias en beneficio del bien común.
Por todo ello, las Administraciones intervinientes, estimando de gran interés
para el abastecimiento y regadío la inmediata ejecución del
embalse de Mularroya, incluido en el Pacto del Agua como una de las
actuaciones de regulación prioritarias, acuerdan la celebración
del presente Convenio, que habrá de regirse por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
El Ministerio de Obras Públicas,
Transportes y Medio Ambiente, a través de la Confederación
Hidrográfica del Ebro, ejecutará, asumiendo su total financiación,
la presa de Mularroya, sobre el río Grío, con una capacidad
total de embalse de 112 hm3, así como la reposición
de las infraestructuras y servidumbres a que haya lugar.
Segunda
La Diputación General de
Aragón pondrá a disposición del Ministerio de Obras
Públicas, Transportes y Medio Ambiente tanto los terrenos
que sean necesarios para la ejecución de la citada presa y para
las instalaciones auxiliares, como los que hayan de ser ocupados
por el vaso del embalse y los necesarios para la reposición de las
infraestructuras y servidumbres a que haya lugar. En su consecuencia, la
Comunidad Autónoma de Aragón deberá asumir las actuaciones
previas tendentes a la disponibilidad efectiva de los terrenos mencionados.
Tercera
Con la finalidad de detectar las
consecuencias derivadas de la construcción del embalse de
Mularroya en su ámbito de influencia y elaborar un programa
de actuaciones correctoras y complementarias, por el Departamento
de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes
de la Diputación General de Aragón, en coordinación
con el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente,
a través de la Confederación Hidrográfica del
Ebro, se contratará la redacción de un Plan de actuaciones
complementarias en el ámbito social y territorial afectado
por el embalse de Mularroya. Las actuaciones que se deriven del mismo
deberán acometerse mediante la colaboración de las Administraciones
intervinientes en razón de sus propias competencias.
Cuarta
En función de las propuestas
resultantes del citado plan de actuaciones y con el objetivo de propiciar
al máximo la recuperación y mejora integral del entorno
del embalse de Mularroya, ambas Administraciones elaborarán
un plan rector de uso y gestión del embalse, regulando las actividades
que puedan admitirse por ser compatibles con su explotación,
así como el control y gestión de las mismas, todo ello
dentro de los límites que establece la Ley de Aguas en relación
con las competencias de los Organismos de cuenca sobre esta materia.
Quinta
Se crea una Comisión Mixta
de seguimiento e impulsión del presente Convenio, formada
por tres representantes de la Administración del Estado y tres representantes
de la Diputación General de Aragón.
Esta Comisión garantizará
el intercambio de información entre la Administración del
Estado y la Diputación General de Aragón en todos los
aspectos relativos a la ejecución de este Convenio y propondrá
las medidas para el correcto desarrollo del mismo, pudiendo ser convocada
por cualquiera de las partes mediante comunicación al efecto
y con un plazo previo de al menos cuarenta y ocho horas al momento
de la reunión. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 6.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
corresponderá a la Comisión Mixta resolver los problemas
de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse en
la aplicación del Convenio.
Sexta
El Convenio producirá sus
efectos al día siguiente de su firma, terminando su vigencia
en el momento en que la Comisión Mixta de seguimiento e impulsión
entienda que se han cumplido totalmente los compromisos asumidos
por las partes firmantes. Isidoro Esteban Izquierdo José Alberto
Zaragoza Rameau Consejero de Ordenación Territorial, Secretario
de Estado de Politica Obras Públicas y Transportes Territorial
y Obras Públicas de la Diputación General de Aragón
.