392Y0306(02) |
Resolución del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la futura política comunitaria en materia de aguas subterráneas.
Diario Oficial n° C 059 de 06/03/1992 P. 0002 - 0002 |
Texto:
Resolución del Consejo de 25 de febrero de 1992 relativa a la futura política comunitaria en materia de aguas subterráneas (92/C 59/02).
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
DESTACA la importancia primordial de las aguas subterráneas para todas las formas de
vida, para la salud de los seres humanos y para la conservación de los ecosistemas;
DECLARA su preocupación por la disminución del nivel de las capas freáticas y/o la
contaminación de determinadas acuíferas;
HACE CONSTAR que esta importante fuente es limitada, que su conservación para los tiempos
venideros constituye un imperativo de primer orden tanto político y económico como
medioambiental y que sólo puede explotarse en estricta observancia del principio de
desarrollo duradero;
OBSERVA que la política de gestión de las aguas dulces sólo puede llevarse a efecto
mediante acciones coordinadas de todos los responsables de los sectores público y
privado, teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad;
TOMA NOTA de la declaración final del seminario a nivel ministerial de los días 26 y 27
de noviembre de 1991 sobre la futura política comunitaria en materia de aguas
subterráneas,
INVITA A LA COMISIÓN:
- a presentar, si es posible durante el primer semestre de 1993, un programa de acción
detallado para el que la citada declaración puede facilitar orientaciones;
- a elaborar una propuesta de revisión de la Directiva 80/68/CEE del Consejo, de 17 de
diciembre de 1979, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la
contaminación causada por determinadas sustancias peligrosas, integrándola en una
política general de gestión de las aguas dulces, incluida la protección de las mismas;
INVITA a las autoridades competentes y a los medios interesados a que contribuyan a
conservar este recurso natural en el marco de sus respectivas competencias.