(4740 bytes)        Boletín Oficial de Castilla-La Mancha


Rango: Ley
Fecha de disposición:
8 de diciembre de 1985
Fecha de publicación:
31 de diciembre de 1985
Número de boletín:
52
Órgano emisor:
Junta de Comunidades
Título:
Ley de 8 de diciembre de 1985, de Crédito Extraordinario derivado del Trasvase Tajo-Segura.


Ley de 8 de diciembre de 1985, de Crédito Extraordinario derivado del Trasvase Tajo-Segura.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA

Hago saber a todos los ciudadanos de la Región que las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado la Ley 8/1986, de 18 de diciembre, de Crédito Extraordinario derivado del Trasvase Tajo-Segura.

Por consiguiente, al amparo del artículo 12, número 2, del Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación en el "Diario Oficial de la Comunidad Autónoma" y su remisión al "Boletín. Oficial del Estado" de la siguiente Ley.

Exposición de motivos

La Ley sobre aprovechamiento de los ríos Tajo y Segura de 19 de junio de 1971 ordenaba la realización de obras hidráulicas en la cuenca del Tajo y en las provincias de tránsito del Acueducto Tajo-Segura. En los artículos 3 y 4 de la mencionada Ley se enumeraban las obras a realizar. La Ley 52/80 estableció un mecanismo para sustituir las obras por otras más ordenadas.

1 El hecho cierto, sin embargo, es que ni las primitivas obras, ni las que se negociaron para su sustitución habían sido realizadas sino en un mínimo porcentaje en mayo de 1983, el cual puede cifrarse en tomo al 11 %.

Una de las aspiraciones más sentidas por los ciudadanos de Castilla- La Mancha era, y es, la ejecución de aquellas obras que inadecuadamente se conocen como "compensaciones". El Gobierno, no ignorando esta realidad y consciente de la insolidaridad que suponía, no sólo el incumplimiento de la Ley, sino la carencia histórica de regadíos, infraestructuras hidráulas regionales y redes de abastecimiento y saneamiento, inició negociaciones con el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo que han dado como resultado la firma de un protocolo que supondrá la inversión en Castilla-La Mancha por el concepto de Aprovechamiento Conjunto, de CINCO MIL QUINIENTOS VEINTISEIS MILLONES (5.526.000.000) de pesetas para el año 1986.

De esta cantidad DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (2.250.000.000) de pe *setas serán transferidos a la Junta de Comunidades de -Castilla-La Mancha para la ejecución de obras de saneamiento y abastecimiento a poblaciones, competencia que fue asumida por Real Decreto 3589/83, de 28 de diciembre.

Con la firma del mencionado protocolo se ¡nicia una nueva etapa- en relación al aprovechamiento. conjunto del trasvase Tajo-Segura que

permitirá reparar la injusticia histórica a que planteamientos insolidarios habían condenado a la Región.

Artículo primero

1 Se autoriza un gasto extraordinario de DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES (2.250.000.000) de pesetas, para la ejecución de obras de abastecimi ento de agua, saneamientos, encauzamientos y defensa de márgenes de ríos que se incorporará al Presupuesto General de la junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 1986 en' el concepto 17.30.635.404.6.

Artículo segundo

El Crédito necesario para el gasto autorizado en el artículo anterior se financiará con las aportaciones o transferencias que a tal fin se consignan en el Presupuesto General del Estado para 1986.

Disposición final

Se autoriza al Consejo de Gobierno a proceder al desarrollo reglamentario de la presente Ley, así como para dictar. cuantas ".normas sean precisas para la ejecución y cumplimiento de lo dispuesto en la misma.

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a los Tribunales y autoridades que corresponda que la hagan cumplir.

Dado en Toledo, a dieciocho de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco.- El presidente de la junta de Comunidades de. Castilla-La Mancha. Fdo.: JOSE BONO MARTINEZ.