BOLETÍN OFICIAL LA RIOJA


Rango: Orden
Fecha de disposición: 24/03/1998
Fecha de publicación: 11/04/1998
Número de boletín: 44
Órgano emisor: Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente
Título: Orden número 29 de 24 de marzo de 1998, por la que se aprueban las Normas de redacción de los proyectos técnicos de obras acogidas a los Programas de Cooperación Económica Local


Orden número 29 de 24 de marzo de 1998, por la que se aprueban las Normas de redacción de los proyectos técnicos de obras acogidas a los Programas de Cooperación Económica Local

La Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, a través de los Planes Regionales de Obras y Servicios y otros Programas de Cooperación, viene concediendo ayudas económicas a las Entidades Locales, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en las correspondientes Ordenes y Convenios.
Sin perjuicio de las condiciones específicas que pueden contenerse en las normas reguladoras de cada uno de aquellos Programas, para lograr la debida coordinación y homologación en la ejecución de las infraestructuras locales, se ha considerado necesario determinar los contenidos formales y materiales de los proyectos técnicos, con criterios de homogeneidad que serán la guía para los responsables de la gestión local y para los profesionales vinculados con ella.
Por ello, en virtud de las facultades que tengo conferidas, dispongo:
Artículo único: Se aprueban las «Normas de redacción de proyectos técnicos de infraestructuras locales» que figuran como anexo a esta Orden.
Estas Normas serán de aplicación a todos los proyectos técnicos de obras de competencia de las Entidades Locales, incluidas o que hayan de incluirse en los programas de Cooperación Económica Local de la Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y medio Ambiente.
Disposición Transitoria.- No se exigirá el cumplimiento de estas normas en los proyectos técnicos que hubieran sido visados o aprobados por las Administraciones Públicas antes de la entrada en vigor de esta Orden.
Disposición Final.- Esta Orden entrará en vigor a los treinta días naturales desde su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño, a 24 de marzo de 1998.- El Consejero, Manuel Arenilla Sáez
ANEXO
Normas de Redacción de Proyectos Técnicos de Infraestructuras Locales
1. Ámbito de aplicación
1.- Las presentes Normas deberán tenerse en cuenta en todos los proyectos técnicos que hayan de entregarse o presentarse en los órganos o unidades administrativas de la Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, para la inclusión de las correspondientes actuaciones en los Programas de Cooperación Económica Local o para la gestión de los mismos.
2.- Estas normas son complementarias de las contenidas en la legislación sobre contratación de las Administraciones Públicas y de las que puedan establecerse en la regulación específica de los referidos Programas, que habrán de cumplirse en sus propios términos.
2. Competencia para la redacción de los proyectos
Todo proyecto deberá estar redactado y firmado por técnicos con competencia suficiente al efecto, de acuerdo con la titulación, especialidad y demás circunstancias legalmente establecidas.
3. Contenido general de los proyectos
Los proyectos técnicos contendrán, con carácter general, como mínimo los siguientes documentos:
1.- Memoria
La Memoria contendrá una descripción completa y concisa de los antecedentes del proyecto, las obras objeto del mismo, la justificación de éstas y los criterios que han regido en su dimensionamiento, medición, valoración y condiciones de ejecución.
Todos estos temas se tratarán de forma que las descripciones sean concretas y en las justificaciones se especifiquen los criterios de partida, de razonamiento y las conclusiones. En todos los casos se detallará lo suficiente como para que la Memoria refleje, en forma resumida, la totalidad del estudio y los criterios básicos del proyecto de manera que la lectura de este único documento proporcione un conocimiento completo del mismo.
La Memoria constará fundamentalmente de:
1.1.- Antecedentes.
1.2.- Objeto del proyecto.
1.3.- Resumen de estudios técnicos precedentes que han servido de base al proyecto
1.4.- Necesidad de las obras proyectadas; problemas existentes que se pretenden resolver con las mismas.
1.5.- Soluciones alternativas consideradas.
Se hará una breve descripción de las alternativas consideradas, justificándose la solución adoptada.
1.6.- Descripción de las obras.
Se incluirán, además de las obras objeto del Proyecto, las actuales existentes y su interconexión con aquéllas.
1.7.- Justificación del dimensionamiento y disposición del conjunto de las obras.
Se resumirá para el conjunto y para cada uno de los elementos las razones funcionales que han conducido al dispositivo proyectado y las hipótesis de partida para el dimensionamiento.
1.8.- Prescripciones técnicas.
Se resumirán las normas vigentes aplicables y las prescripciones que afectan a las unidades de obra básicas, tanto en su ejecución como en su valoración. A falta de norma adecuada se justificarán las prescripciones adoptadas.
1.9.- Resumen de presupuestos, con mención expresa de los presupuestos de ejecución material, ejecución por contrata y para conocimiento de la Administración.
1.10.- Revisión de precios.
En los proyectos que con arreglo a las condiciones vigentes puedan ser objeto de revisión de precios, se propondrá la fórmula de revisión más adecuada, eligiéndola entre las fórmulas tipo vigentes o en otro caso justificando debidamente su elección.
1.11.- Clasificación de contratistas.
En los proyectos que con arreglo a su presupuesto proceda exigir la clasificación, se propondrá el grupo, subgrupo y categoría más adecuado.
1.12.- Indice de la documentación del proyecto.
Anejos a la Memoria.
Anejo 1- Resumen de características de las obras.
En este Anejo se reseñará un breve resumen de las características principales de las obras proyectadas.
Anejo 2.- Información básica.
Se incluirán en este Anejo todos aquellos datos de carácter topográfico, geológico, etc. que permitan seleccionar la alternativa más adecuada, técnica y económicamente.
Anejo 3.- Justificación de soluciones.
Se incluirán en este Anejo todos los estudios y análisis que sean necesarios para la justificación de la solución adoptada.
Anejo 4.- Cálculos justificativos.
En este Anejo se especificarán todos aquellos cálculos necesarios para determinar el dimensionamiento de las obras y/o instalaciones proyectadas.
Anejo 5.- Justificación de precios.
Se realizará con el mayor cuidado, pues constituye uno de los documentos más importantes del proyecto. Se tendrá especial precaución en que los precios correspondan al estado real del mercado, para lo cual se procederá a una verificación de los datos disponibles. El mismo criterio de ponderación se aplicará a los rendimientos.
Se justificarán y se formarán los precios de todas las unidades de obra incluidas en los Cuadros de Precios. En éstos se incluirán todas las unidades de obra que figuren en los documentos contractuales del Proyecto, es decir, Planos, Pliego de condiciones y Presupuestos, así como también otras unidades cuyo empleo no se haya supuesto, pero razonablemente se prevea.
Como es lógico, se tratarán con mayor precisión y detalle las unidades de obra que mayor repercusión presupuestaria tengan.
Las etapas de cálculo, una vez definida la lista de las unidades de obra que intervienen en la realización del proyecto, serán las que a continuación se detallan:
a) Precios básicos.
Se considerarán como tales y se obtendrán los siguientes.
- Mano de obra. Se determinará el costo horario y diario de las distintascategorías de mano de obra, teniéndose en cuenta para ello la normativa vigente al respecto y los días de trabajo efectivos en el año y los realmente abonados.
- Maquinaria. Se determinará el coste de cada máquina por día de permanencia a disposición de obra y el coste horario de utilización.
- Materiales a pie de obra. Se determinará el coste unitario de los materiales situados en acopio o almacén de obra. Este coste estará integrado, fundamentalmente, por el coste de adquisición u obtención y el de transporte desde origen a pie de obra; pero además, deberá considerarse cualquier otro gasto, como canon de extracción, cargas y descargas, mermas, almacenaje, etc., que se produzca.
B) Costes directos.
Con los datos obtenidos en los apartados anteriores y los que resulten del plan de obra, en cuanto a mano de obra, maquinaria y materiales empleados, se deducirán los costes directos de las unidades de obra.
C) Precios de ejecución material.
Cada precio se obtendrá mediante la expresión:
P = (1 + k/100) C
P = Precio de ejecución material (pesetas).
K = Porcentaje correspondiente a los costes indirectos.
C = Coste directo (pesetas).
Se consideran como costes indirectos todos aquellos gastos no imputables directamente a unidades concretas sino al conjunto de la obra, tales como: gastos de instalación de oficinas a pie de obra; establecimiento de comunicaciones que no sean objetivo directo del proyecto; edificación de talleres, almacenes, pabellones temporales para obreros, laboratorios, etc.; los del personal técnico y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y los imprevistos.
No se imputarán nunca a costes indirectos los elementos, medios auxiliares o instalaciones que se utilicen en unidades de obra determinadas, ya que estos costes deben figurar en la unidad correspondiente.
Tampoco se incluirán como costes indirectos, las obras complementarias que hayan de subsistir una vez terminada la obra principal, que, en general, figurarán en el presupuesto con precios unitarios.
El coeficiente K estará compuesto de dos sumandos: el primero es el porcentaje que resulte de la relación entre la valoración de los costes indirectos, obtenida con los criterios señalados, y la valoración total de la obra a los costes directos; y el segundo el porcentaje correspondiente a los imprevistos.
Estos imprevistos se cifrarán en un 2% y el valor del porcentaje K no sobrepasará el 7%, y será constante para todas las unidades del proyecto.
D) Partidas alzadas.
Se incluirán en este apartado el estudio de las partidas alzadas que hubiese en el proyecto y sean objeto directo del mismo o se refieran a la reposición de servicios o servidumbres que se incluyan en los objetivos contractuales del proyecto. Se indicarán los criterios y estimaciones que se han tenido en cuenta para concretar dichas partidas.
Se distinguirán dos clases de partidas alzadas: una, las partidas alzadas «a justificar», otra, las partidas alzadas de abono íntegro.
En la primera clase se incluirán las partidas constituidas por unidades de obra cuya medición es imposible o imprecisa a nivel de proyecto; su valoración y abono se realizará por las unidades de obra realmente ejecutada a los precios respectivos.
Las partidas alzadas de abono íntegro tienen el carácter de unidades de obra y como tales deberán figurar en los cuadros de precios.
Anejo 6.- Justificación de precios de reposición de servicios afectados.
La reposición de servicios y servidumbres que por la índole de los trabajos deba realizarse por empresas especialistas distintas de la contratista de las obras no será objeto de contratación en el proyecto, y el cálculo de sus precios se incluirá, en una justificación complementaria, en este anejo. Su costo total constituirá un sumando del presupuesto para conocimiento de la Administración, tal como se indica en el punto siguiente.
En esta justificación podrán incluirse los precios correspondientes a:
- Líneas telefónicas y telegráficas.
- Líneas de energía eléctrica en alta tensión.
- Conducciones de líquidos o gases de caudal importante.
- Ferrocarriles.
- Instalaciones especiales.
Los precios de estas obras podrán calcularse por unidades de obra o por partidas alzadas, de modo que puedan aplicarse directamente a las respectivas mediciones para obtener la valoración.
La reposición de otros servicios se valorará e incluirá dentro del presupuesto de ejecución por contrata del proyecto.
Anejo 7.- Presupuestos para conocimiento de la Administración.
Se indicará un resumen de los costes de establecimiento de la totalidad del proyecto, formado por los resultados del capítulo de Presupuesto y los restantes costes complementarios, según la siguiente relación:
- Presupuesto General de Ejecución por Contrata.
- Coste de reposición de servicios afectados.
- Coste de terrenos de ocupación permanente, terrenos o servidumbres necesarias par la realización de las obras.
- Indemnizaciones por daños en propiedades ocasionados por las obras.
- Gastos de estudio y elaboración del proyecto y de dirección de las obras, incluso honorarios reglamentarios cuando proceda.
En los proyectos de aquellas obras que, en virtud del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre (Boletín Oficial del Estado 25 de octubre de 1997) vengan obligados a incluir un Estudio de Seguridad y Salud en las obras, se añadirá igualmente otro sumando correspondiente al presupuesto contenido en dicho Estudio, de gastos previstos para la aplicación y ejecución del mismo.
Anejo 8.- Estudio geotécnico.
Salvo cuando resulte incompatible con la naturaleza de la obra, el proyecto deberá incluir un estudio geotécnico de los terrenos sobre los que se va a ejecutar la obra.
Anejo 9.- Expropiaciones.
En este anejo se incluirá la relación de propietarios afectados por las obras o su ejecución cuyos terrenos deban ser parcial o totalmente expropiados u ocupados temporalmente.
En la relación se darán todos los datos necesarios para la perfecta identificación de las parcelas, indicando término municipal, nombre completo y dirección del propietario, parcela, área afectada y tipo de cultivo habitual. Se acompañará un plano parcelario.
En este Anejo vendrán valoradas las indemnizaciones por daños en propiedades ocasionados por las obras, tanto de carácter temporal como permanente.
Anejo 10.- Plan de Obras.
A partir de los resultados obtenidos en el estudio y adoptados unos rendimientos razonables en función de la maquinaria y medios auxiliares se estudiará el plan de ejecución de las obras.
Como resumen de los estudios realizados y plasmando sus conclusiones, se presentará el diagrama de barras correspondientes al plan de obras.
El resto de Anejos se especifican más adelante para cada tipo de infraestructura.
2.- Planos.
En el documento «Planos» se incluirán únicamente las representaciones gráficas que permitan situar, replantear y construir las obras; los planos y gráficos de información, estudio o descriptivos se incluirán en el Anejo correspondiente de la Memoria.
La ordenación de los planos se establecerá según una gradación de lo general a lo particular.
Los planos se confeccionarán de modo que la obra quede definida y pueda construirse con los documentos «Planos» y «Pliego de prescripciones técnicas particulares». A tal objeto, los planos contendrán las acotaciones necesarias para definir geométricamente las obras y su posición; y las notas y observaciones que determinen el tipo de material de todo elemento o parte de cada estructura o dispositivo.
Todo plano se definirá por un número y un título, éste deberá referirse al contenido del plano. Deberá incluirse un índice de planos.
Los planos serán:
- Planos de situación.
- Planos generales.
- Planos de replanteo.
- Planos de detalle.
2.1.- Planos de situación.
El plano de situación deberá definir la localización de la totalidad de laobra en su zona de ubicación y la de ésta respecto a la provincia de La Rioja.
Se procurará emplear las hojas del Instituto Geográfico a escalas 1:50.000 ó 1:25.000.
2.2.- Planos generales.
En los planos generales se situarán las obras en relación con la zona afectada por el proyecto.
Las escalas de representación serán las 1:5.000 y 1:10.000. Excepcionalmente en caso de obras de gran desarrollo podrá emplearse la escala 1:25.000.
No se incluirán más anotaciones que las necesarias para referir las obras representadas a su lugar de ubicación, al resto de las obras y a los planos de replanteo o de detalle correspondientes a dichas obras.
Los dibujos representativos de las obras se resaltarán debidamente del resto del plano y se realizarán con precisión, de modo que las obras puedan situarse aproximadamente en el terreno mediante mediciones sobre el plano.
2.3.- Planos de replanteo.
Su misión es definir geométricamente las obras y su posición de tal forma que con la información contenida en los planos se pueden replantear las obras.
En estos planos deben estar perfectamente representados y determinados, tanto en planta como en alzado, los ejes o planos principales o de simetría de las obras, que se referirán de modo preciso a puntos básicos. Estos puntos básicos deberán estar físicamente materializados en el terreno por medio de hitos, clavos, señales, etc. Esta condición no será exigible en aquellos proyectos cuya escasa entidad no lo haga necesario.
Las escalas horizontales no serán menores de 1:1.000 ó 1:2.000 para obras longitudinales y 1:5.000 para las demás obras. Las escalas verticales pueden ser realzadas particularmente en las obras longitudinales; en este caso puede emplearse una escala vertical diez veces mayor que la correspondiente horizontal.
2.4.- Planos de detalle.
La determinación y definición de todos los elementos de cada obra se realizarán en estos planos. En ellos se acotarán las dimensiones geométricas necesarias para la construcción y se expondrán los tipos de material que debe emplearse en cada caso, debiendo incluirse cuadros de características exigibles a los materiales y a las condiciones de su ejecución.
Las escalas que se empleen serán: 1:100, 1:50, 1:20 y 1:10.
3.- Pliego de condiciones.
Se incluirá como mínimo el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y se hará referencia a los Pliegos de Prescripciones Técnicas Generales y de Cláusulas Administrativas que han de regir además en la contratación y ejecución de las obras.
El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares definirá de un modo preciso y concreto las obras cuya ejecución debe regular, las características exigibles a los materiales, los detalles de ejecución, el programa de ensayos de control de calidad, el programa de pruebas a que haya de someterse la obra y la forma de medir y abonar las distintas unidades de obra.
El Pliego constará, como mínimo, de los siguientes grandes capítulos:
- Definición, alcance del Pliego y descripción detallada de las obras.
- Normativa y disposiciones técnicas a tener en cuenta.
- Materiales, dispositivos e instalaciones y sus características.
- Ejecución y control de las obras.
- Medición, valoración y abono.
- Disposiciones generales.
La redacción de las prescripciones del Pliego se realizará de un modo claro y completamente definido. Siempre que sea posible se evitará dejar ninguna decisión al criterio del Director de la obra, determinándola previamente en el Pliego.
El volumen y precisión de las prescripciones asignadas a cada concepto no serán semejantes. El número de prescripciones y precisión de las mismas será mayor para aquellos conceptos que sean más importantes respecto al costo de las obras o respecto a su estabilidad o conservación.
Dado el carácter ejecutivo del Pliego, el proyectista deberá establecer sus condiciones con criterio realista, teniendo en cuenta la tecnología y métodos de trabajo usuales del mercado nacional e internacional y no exigiendo, sin justificación suficiente, características que sean difíciles o penosas de obtener.
En general el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares se redactará demanera que las obras puedan ejecutarse y terminarse con el solo auxilio de los documentos Pliego y Planos.
4.- Presupuesto.
El documento Presupuesto estará constituido por los capítulos siguientes:
- Mediciones.
- Cuadro de precios número 1.
- Cuadro de precios número 2.
- Presupuestos parciales.
- Presupuesto general.
4.1 Mediciones.
Las mediciones se constituirán en apartados coincidentes con los que se prevén para los presupuestos parciales.
Dentro de cada apartado las mediciones se efectuarán y ordenarán de modo sistemático, procediendo, en lo posible, de modo paralelo a la ordenación de los cuadros de precios, que recogerán en grandes líneas el proceso cronológico de ejecución de las obras.
Los nombres de las unidades de obras medidas serán los mismos que los que aparecen en los cuadros de precios, agregando las aclaraciones necesarias para que las unidades queden perfectamente localizadas.
En las mediciones que se realicen por procesamiento de datos en ordenador, se indicará claramente el origen de dichos datos, su forma de obtención y el desarrollo secuencial de las operaciones a que son sometidas, presentando los propios resultados escritos por la impresora del ordenador reproducidos por cualquier procedimiento gráfico.
Las excavaciones se expresarán en metros cúbicos (m3); los encofrados en metros cuadrados (m2); las armaduras en kilogramos (Kg); los hormigones en metros cúbicos (m3). En general se tomarán como unidades de medida el kilogramo (Kg) y el metro (m). Para unidades de obras ejecutadas en grandes masas que no puedan definirse con precisión y deban ser medidas en peso, podrá utilizarse la tonelada (t). Los símbolos de unidades serán los indicados en la norma UNE 5009.
Con objeto de no repetir en diversos apartados de las mediciones las operaciones de cubicación correspondientes a elementos iguales, podrá constituirse un apartado inicial de mediciones auxiliares donde se incluyan, por una sola vez, cubicaciones detalladas de todos los elementos (secciones tipo, estructuras, etc.) De tipo repetitivo. Estas mediciones auxiliares no serán, por lo tanto, motivo de valoración e inclusión en los presupuestos, sino a través de sus resultados, incluidas en los restantes apartados de las mediciones.
La medición se efectuará teniendo en cuenta lo previsto en el apartado «Medición, valoración y abono» del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto, de manera que no puedan existir contradicciones entre la medición efectuada para deducir el presupuesto y la que se realice en la obra ejecutada para proceder a su abono.
Cuando la medición para el presupuesto se refiere a obras realizadas en un medio o estructura inaccesibles, total o parcialmente, en el período de confección del proyecto, se hará una valoración estimativa lo más precisa posible, indicando explícitamente su propio carácter de estimación, sin perjuicio de la posterior aplicación de los derechos concedidos a las unidades de imposible determinación.
4.2 Cuadros de precios.
En el proyecto se incluirán dos cuadros de precios, denominados cuadro de precios número 1 y cuadro de precios número 2.
Ambos documentos son contractuales y los precios consignados serán los de ejecución material de la unidad de obra a que se refieran.
El cuadro de precios número 1 recogerá para cada precio el nombre de la unidad de obra a que se refiere cada uno, con un número de orden establecido de modo correlativo y el precio de ejecución material de la unidad de obra ejecutada expresado en letra y número.
El cuadro de precios número 2 recogerá el mismo nombre de la unidad de obra con el mismo número de orden del cuadro de precios número 1. A continuación del nombre se expresarán en número, los precios de aquellas partes de la unidad de obra abonables en caso de rescisión. Como suma de ellos se incluirá también, en número, el precio total, que coincidirá con el cuadro de precios número 1.
En los cuadros de precios número 1 y 2 se podrán incluir unidades de obra queno figuran en los presupuestos parciales y presupuesto general, en previsión razonable del empleo de dichas unidades durante la construcción de las obras.
El cuadro de precios número 2 no constituirá , bajo ningún concepto una descomposición o justificación del cuadro de precios número 1, sino un documento contractual similar a éste y redactado con objeto de valorar las unidades de obra inconclusas aprovechables por la Administración.
Toda unidad de obra que para la Administración sea únicamente admisible estando totalmente terminada, no es susceptible en el tratamiento mencionado en cuanto al cuadro de precios número 2 y se consignará en éste con la frase «no admite descomposición».
4.3 Presupuestos parciales.
El presupuesto de ejecución material de cada obra se obtendrá aplicando a las mediciones resultantes los precios del cuadro de precios número 1.
Estas valoraciones se agruparán ordenadamente en capítulos, constituyendo presupuestos parciales.
Dentro de cada capítulo la ordenación de las valoraciones se efectuará siguiendo el orden establecido en los precios de los cuadros de precios.
Las valoraciones se efectuarán en formatos que indiquen, respectivamente, el número de la unidad de obra, el nombre de la unidad de obra, la cantidad de unidades de obra medidas, el precio unitario, el producto de ambos y los totales parciales y acumulados de dichos productos.
El número de unidades se tomará de las mediciones, con las mismas cifras allí expuestas. El nombre, su número y el precio unitario se tomará del cuadro de precios número 1.
Las valoraciones representadas por partidas alzadas se incluirán en el capítulo que les corresponda, según su concepto, y después de las valoraciones de las unidades definidas en cantidad y precio unitario.
4.4 Presupuesto General
El presupuesto general se formará a partir de la suma de los presupuestos parciales, los cuales quedarán representados en forma de adición con el título del capítulo correspondiente y con el importe resultante en el propio presupuesto general. Esta suma constituirá el «Presupuesto de ejecución material».
El «Presupuesto general de ejecución por contrata», que se expresará en número y letra, se obtendrá de manera siguiente:
Al de ejecución material se añadirán los gastos que inciden sobre el contrato, cifrados en los siguientes porcentajes:
a) Del trece por ciento (13%) al diecisiete por ciento (17%) en concepto de gastos generales de la empresa, gastos financieros, tasas de la Administración y demás derivados de las obligaciones del contrato.
B) El seis por ciento (6%) en concepto de beneficio industrial del contratista.
A la suma así obtenida se agregará el importe correspondiente al impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cifrado en el porcentaje vigente en cada momento.
5.- Estudio de seguridad y salud en las obras.
En los proyectos de obras de infraestructuras locales, deberá formar parte del proyecto de ejecución de obra un estudio de «Seguridad y salud en las obras» de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre («B.O.E. número 256, de 25 de octubre de 1997).
6.- Otros documentos.
En los proyectos de obras que se realicen sobre suelo no urbanizable será de aplicación lo dispuesto en el Plan Especial de Protección del Medio Ambiente de La Rioja en cuanto a la redacción de los Estudios de evaluación de Impacto Medioambiental en los proyectos de obras a realizar en el medio natural.
4.- Presentación de los proyectos.
A) Titulación.
El título del proyecto se expresará escuetamente. Siempre será el mismo en todos los documentos con él relacionados.
Tanto en las cubiertas o portadas de los documentos como en los escritos en que se mencione el proyecto, el título de éste será seguido de la fecha de su elaboración, expresada por el nombre del mes y año correspondiente en que se dio fin y firmó el proyecto.
B) Formato.
Las dimensiones de presentación de todos los documentos del proyecto serán las de la Norma UNE 1011.
El documento de Planos del Proyecto podrá presentarse con las dimensiones especificadas por la misma Norma para el formato A-3, reducción fotográfica del formato A-1 que más adelante se señala. Esta reducción no deberá impedir la perfecta legibilidad.
Cuando las dimensiones de presentación del documento de Planos sean las de UNE A-4, los planos tendrán normalmente dos líneas verticales de plegado para adaptar sus dimensiones a las del documento encuadernado. Estas dimensiones serán en altura la correspondiente al lado menor del rectángulo definido por la UNE A-3.
Excepcionalmente podrá permitirse un ancho distinto, siempre que la dimensión corresponda a alguna de las definiciones por las Normas UNE o fracción de ellas. En todo caso, los anchos especiales de planos siempre se doblarán para presentarlo en documento de dimensiones A-4.
Queda prohibida, en cualquier caso, la presentación de documentos con hojas que tengan líneas horizontales de plegado, salvo que se presente cada hoja alojada en bolsa, de la que pueda extraerse con facilidad para su extensión. En este caso el tamaño máximo de presentación de los planos será el A-1, definido por la Norma UNE 1011.
C) Encuadernación.
El proyecto se presentará constituyendo volúmenes de disposición similar a los libros.
La unión de las hojas se realizará por su lado mayor excepto en los planos, pudiendo variar el sistema de unión, siempre que el lomo no resulte de un ancho apreciablemente mayor que el cuerpo del documento.
Cuando el proyecto por su extensión se encuaderne en volúmenes, estos no tendrán un espesor superior a cinco (5) centímetros para facilitar su manejo.
Tanto en las portadas como en los lomos de los volúmenes, éstos irán referenciados con títulos y números indicadores del orden que ocupa cada volumen en el proyecto para permitir una rápida localización de los temas.
D) Indices.
Será preceptivo incluir en la Memoria un índice general del proyecto. Este índice recogerá, en disposición ordenada, hasta los apartados de menor categoría que estén titulados.
5.- Contenido específico de los proyectos según el tipo de obra.
A continuación se detallan específicamente para cada tipo de infraestructura local los apartados que contemplan la normativa hasta aquí expuesta:
A) EN PROYECTOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, REDES LOCALES DE DISTRIBUCIÓN Y/O SANEAMIENTO DE POBLACIONES
Anejo A.1.- Resumen de características de las obras.
En este Anejo reseñará un breve resumen de las características principales de las obras proyectadas, de acuerdo con el siguiente modelo, en el que se suprimirán todos aquellos datos que no tengan relación con el proyecto:
Ayuntamiento de ...
Número de habitantes del último censo ...
Población de cálculo (25 años) ...
Dotación de cálculo (25 años) ... 1/hab. Día
Volumen de agua diario ... m3/día
Caudal continuo equivalente ... 1/seg.
Procedencia de las aguas ...
Tipo de captación/es ...
Tipo de tratamiento de agua ...
Elevación:
- Altura manométrica ... mts.
- Potencia ... C.V.
- Horas diarias de funcionamiento ... horas
Conducción:
- Longitud total ... mts.
- Diámetros ... mts. De ... mm
- Material ...
- Presiones normalizadas de tuberías ... atm.
Depósito Regulador:
- Tipo ...
- Número de compartimentos ...
- Capacidad ... m3
- Cota absoluta de la solera ...
Red de Distribución:
- Longitud total ... mts.
- Diámetros ... mts. De ... mm
- Materiales ...
- Presiones normalizadas de tuberías ...
Red de Saneamiento:
- Longitud total ... mts.
- Diámetros ... mts. De ... mm
- Materiales ...
- Pozos de registro número ...
- Aliviaderos número ...
Presupuesto de Ejecución por Contrata ... pts.
Presupuesto para conocimiento de la Administración ... pts.
Plazo de ejecución ...
Anejo A.2.- Información básica.
Se incluirán en este anejo todos los datos, existentes y obtenidos con motivo del proyecto, de carácter topográfico, geológico, geotécnico, hidrológico e hidrogeológico que permitan el correcto planteamiento de todas las soluciones, técnica y económicamente posibles para el abastecimiento y saneamiento, así como la adecuada justificación y diseño de la solución adoptada y de sus correspondientes estructuras e instalaciones.
A.2.1.- Topografía y cartografía.
En este anejo se incluirá la siguiente información:
a) Memorándum explicativo de la forma de obtención de la cartografía que sirve de base al proyecto y, en su caso, el cálculo de las coordenadas de los hitos y referencias materializados en el terreno para el replanteo de las obras.
B) Datos para el replanteo. Se realizará un listado de los puntos de posición de las obras, acompañado de todas las indicaciones topográficas y datos que los definen a partir de las referencias existentes, para poder situar dichos puntos sobre el terreno.
En proyectos de presupuesto total inferior a 50 millones de pesetas, podrá simplificarse la topografía y cartografía a obtener, debiendo sin embargo incluir como mínimo los siguiente:
- Plantas y perfiles longitudinales de las obras tomados «in situ», a las escalas señaladas en el punto 2.3.
- En obras lineales (conducciones, emisarios, etc.) Estado de alineaciones.
- Reseñas y croquis de puntos de referencia estables que permitan el replanteo de las obras.
A.2.2.- Geología y Geotecnia.
Se incluirá una descripción de las características geológicas y geotécnicas del área general de ubicación de las distintas obras que componen el proyecto, adecuando su profundidad y alcance a la importancia relativa de aquéllas respecto al conjunto y respecto al terreno.
Se indicarán los problemas previsibles en base a los datos obtenidos en los reconocimientos de campo efectuados en los puntos más representativos, que consistirán al menos en calicatas, y las soluciones adoptadas para afrontarlos (taludes, entibaciones, drenajes, etc.), así como datos para conocer la naturaleza y dureza de los terrenos a efectos de excavación, tanto en zanjas como en obras de fábrica importantes.
Se estudiará igualmente la posible agresividad de los terrenos y aguas a los materiales proyectados y las soluciones adoptadas, justificándose con los análisis necesarios.
A.2.3.- Hidrología y/o Hidrogeología.
En aquellos casos en que la importancia de los recursos de agua a obtener o la garantía de su existencia lo requiera, se incluirán los estudios hidrológicos o hidrogeológicos realizados y de reconocimiento, en su caso, de los acuíferos a explotar, todo ello siguiendo las directrices marcadas por el Centro de Estudios Hidrográficos y el Servicio Geológico del Ministerio de Fomento.
En todos los casos se incluirán los datos existentes y/o obtenidos de los recursos a captar, aforos, etc., que justifiquen sus volúmenes y garantías.
A.2.4.- Situación actual de las obras existentes.
La situación actual de las obras existentes de abastecimiento y/o saneamiento se analizará con la suficiente precisión para asegurar la cooperación de los dos sistemas, existente y proyectado, y comprobar la exactitud de las hipótesis admitidas y cálculos efectuados en el nuevo proyecto.
Anejo A.3.- Justificación de soluciones.
Como mínimo serán las siguientes:
A.3.1.- Estudio de necesidades de agua.
Se justificará la evolución en el tiempo de las necesidades de agua a partir de los datos actuales de población, industrial y otros usos de agua, su crecimiento y de la dotación unitaria.
Dichas necesidades se computarán para un horizonte de 25 años a partir de la fecha de redacción del proyecto.
Las demandas calculadas de esta forma comprenden todos los usos del agua dentro de la población.
Para las zonas de promoción industrial que puedan establecerse, se puede adoptar la dotación específica de 1 l/seg. Y ha. De zona industrial.
Como dotaciones utilizadas para fines agropecuarios, se tomarán las siguientes:
GANADO DOTACIÓN
Vacuno 80 l/c/día
Porcino 25 l/c/día
Cunícoloa-Aviar 0,5 l/c/día
Lanar 10 l/c/día
Caballar 80 l/c/día
Estas dotaciones se suponen cuando el ganado está estabulado dentro de la población.
A.3.1.1.- Estimación de la población.
Para la estimación de la población futura se harán los estudios y justificaciones necesarias.
Se tomarán como base las poblaciones del último censo realizado, así como las de los censos de los 10, 25 y 50 años anteriores, calculándose las tasas de crecimiento anual acumulativo correspondientes a los intervalos entre cada uno de estos censos y el último realizado.
En todos los casos en que estas tasas resultan insuficientemente coherentes entre sí o representan un crecimiento de la población igual o mayor del 3% anual, se requerirá un estudio específico. En los demás casos se adoptará como tasa de crecimiento aplicable al futuro, la correspondiente al período de los últimos diez años.
Podrán incluirse, si ha lugar, reseñas complementarias de aumentos estacionales de población por razones turísticas o de cualquier índole, señalando las temporadas en que se producen. El consumo correspondiente a la población estacional se considerará a dotación constante a lo largo del tiempo, es decir, que no se afectará del aumento anual acumulativo que se prescribe a continuación.
A.3.1.2.- Estimación de la dotación.
Las dotaciones, salvo justificación específica en contra, serán las siguientes:
NÚCLEOS DE POBLACIÓN CON DOTACIÓN
UN NUMERO DE HABITANTES L/HAB. DÍA
Menor de 1.000 180
Entre 1.000 y 5.000 250
Entre 5.000 y 50.000 300
mayor de 50.000 350
En estas dotaciones están contadas todas las posibles utilizaciones del agua dentro del núcleo, pérdidas inclusive, a excepción de las señaladas específicamente en el apartado A.3.1.
Se considera un aumento anual acumulativo del 2% de la dotación asignada para poblaciones de hasta 5.000 habitantes de hecho y del 1% para poblaciones mayores de 5.000 habitantes, mientras que la dotación de la población estacional será constante.
El año de inicio del crecimiento de dotación será el de la publicación de la presente Normativa.
A.3.2.- Estudio de disponibilidades de agua.
Se estudiarán las distintas fuentes posibles de suministro de agua, realizándose e incluyéndose en este anejo, los correspondientes análisis físico-químicos y bacteriológicos del agua realizados por el laboratorio oficial de la Dirección General de Salud y Consumo de La Rioja, que permitan enjuiciar sobre su idoneidad para el uso al que está destinado.
En el estudio de calidad del agua se investigará su posible toxicidad por contaminación derivada de fertilizantes, insecticidas y demás productos de uso agrícola y de vertidos industriales, en aquellos casos en que existan fundadassospechas de su presencia.
Se determinará la definición que corresponda con arreglo a la Reglamentación técnico-sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguas potables de consumo público, aprobada por Real Decreto 1138/1990, de 14 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» número 226, de 20 de septiembre de 1990).
Cuando la fuente de suministro sea subálvea deberá justificarse adecuadamente la capacidad del acuífero y la forma de su explotación de manera que se asegure el servicio con garantía suficiente para el abastecimiento, teniéndose muy en cuenta las explotaciones existentes en la medida que éstas puedan ser afectadas por aquélla.
En caso de que exista alguna duda sobre la posibilidad de obtener los caudales precisos, se propondrán los trabajos de prospección y captación que se juzguen necesarios para conformar la existencia de dichos caudales, que deberán llevarse a cabo y arrojar resultado positivo antes de proceder a la contratación de las obras objeto del proyecto.
A.3.3.- Justificación de la solución adoptada.
En este anejo se incluirán los estudios para la elección y justificación de la solución más conveniente a partir de las consideradas como posibles.
Anejo A.4.- Cálculos justificativos.
Este anejo tiene por objeto presentar los estudios justificativos de las dimensiones de cada una de las obras que componen el abastecimiento y el saneamiento, desde el punto de vista funcional, hidráulico y resistente.
A.4.1.- Regulación y captación.
A partir de los datos generales de la capacidad mínima de regulación y punto de toma justificados en los anejos anteriores, se proyectará el sistema de toma, justificándose la disposición y dimensiones mediante los tres estudios siguientes:
A.4.1.1.- Estudio funcional.
Se estudiarán detalladamente cada uno de los elementos básicos en este tipo de obras, analizándose su funcionamiento de tal manera que la disposición del conjunto asegure una funcionalidad conveniente, tanto constructiva como de explotación; se considerarán como elementos básicos los siguientes.
- Elementos de regulación (presa de embalse si lo precisa).
- Elementos de derivación y protección (rejillas, arenero, transición de toma, etc.).
- Elementos de control (aforos).
- Elementos de seguridad (aliviadero, sifones, etc.).
A.4.1.2.- Cálculos hidráulicos.
Se incluirán los cálculos hidráulicos, para distintas hipótesis de funcionamiento, de cada una de las obras constitutivas de la regulación y toma, justificando el dimensionamiento adoptado. Se realizarán, asimismo, los cálculos hidrológicos para la obtención de los caudales de máximas avenidas a evacuar.
A.4.1.3.- Cálculos estáticos-resistentes.
Será preceptivo el cálculo estático-resistente justificativo del dimensionamiento estructural de cada una de las obras proyectadas, de acuerdo con las normas vigentes, para las condiciones de funcionamiento más desfavorables.
A.4.2.- Conducción.
Se justificará el proyecto de la obra de conducción seleccionada en los aspectos siguientes:
A.4.2.1.- Trazado.
Dado que el trazado general ha sido justificado en el anejo correspondiente se razonarán aquí los criterios básicos utilizados en los detalles del mismo, es decir:
- Sección adoptada.
- Radios mínimos de curvas en plantas y alzado o bien ángulos mínimos en codos.
- Pendientes y puntos altos y bajos.
- Piezas especiales, ventosas, válvulas, etc.
- Justificación de la adopción de soluciones especiales (túneles, acueductos, galerías, etc.).
A.4.2.2.- Obras de fábrica.
Se justificarán las soluciones de obras tipo utilizadas para pasos de vaguadas y caminos, arquetas, transiciones, etc.
A.4.2.3.- Dimensionamiento.
Se estudiará en sus dos aspectos:
A.4.2.3.1.- Dimensionamiento hidráulico.
Cada una de las obras anteriormente señaladas deberá dimensionarse hidráulicamente de acuerdo a las teorías comúnmente aceptadas, siendo obligatoria la inclusión de todos los cálculos realizados, al igual que la de todas las fórmulas o hipótesis que hubiesen informado su realización.
Será preceptivo el cálculo de velocidades y pérdidas de carga lineales y localizadas para el caudal nominal de proyecto, y se considerarán rechazables todas aquellas soluciones que en condiciones normales de servicio impliquen velocidades fuera del rango comúnmente aceptado para los distintos tipos de sección y materiales.
Como consecuencia de este estudio hidráulico de la conducción y de las obras intercaladas se dibujará la línea piezométrica, en régimen uniforme, de la conducción.
Cuando existan tuberías forzadas se determinarán los timbrajes de cada uno de los tramos en que pueda subdividirse la conducción, a cuyo objeto se calcularán la carga estática, las presiones de régimen normal y las sobrepresiones debidas a regímenes transitorios, seleccionándose, a efectos de dimensionamiento, aquellas que impliquen para cada tramo el estado tensional más desfavorable. Para el caso de régimen transitorio será de especial interés el estudio del golpe de ariete producido por una súbita detención del equipo de bombeo o por el cierre de una compuerta, y de los dispositivos, en su caso, que permitan su amortiguamiento.
A.4.2.3.2.- Dimensionamiento estático-resistente.
Para las soluciones basadas en tuberías de diámetro superior a 250 mm. Deberán comprobarse las solicitaciones debidas a las cargas de terreno y tráfico y posibles sobrepresiones, en tanto que para aquella que utilicen canales en lámina libre, se adoptarán unos taludes laterales compatibles con las condiciones geotécnicas del terreno, cuya estabilidad se comprobará con el oportuno cálculo, o bien cajeros de fábrica cuya estabilidad y resistencia se comprobará igualmente.
A.4.2.4.- Piezas especiales.
Será de aplicación lo señalado en el punto A.4.4.4.
A.4.3.- Depósitos.
La función de los depósitos es, fundamentalmente, fijar la carga necesaria en la red y actuar de elemento regulador entre los regímenes de aportación y de demanda; además, pueden destinarse al almacenamiento del volumen de agua necesario para atender al servicio durante averías en la conducción. Estas funciones pueden superponerse o no en un mismo depósito.
La capacidad de los depósitos deberá responder en todo caso a su función.
El tipo de depósitos más usual en abastecimientos es el regulador del suministro. Es el depósito que recibe el agua de la conducción y alimenta la red de distribución. Estos depósitos deben ubicarse en puntos altos del terreno de forma que la línea piezométrica en la red de distribución, a pleno consumo, sobrepase en 15 metros por lo menos la parte más alta de las edificaciones normales sobreelevada en una altura igual a la pérdida de carga interior de las mismas; es recomendable que las cargas estáticas sobre la red no excedan de sesenta metros (60 m.) Por lo que en poblaciones con grandes desniveles podrá ser conveniente intercalar en las arterias válvulas reductoras de presión o bien, si por otras circunstancias es económicamente ventajoso, fraccionar en varios depósitos la capacidad de regulación total.
La capacidad de los depósitos reguladores de suministro se determinará en función del régimen de las aportaciones, debiendo ser la necesaria para la regulación diaria del volumen de agua correspondiente al día de máximo consumo y disponer, además, de un cierto volumen de reserva para hacer frente a posibles contingencias, tales como averías en la conducción, incendios, etc. Salvo justificación en contrario, se tomará una capacidad comprendida entre una y dos veces el máximo consumo diario, que podrá ser incrementado en un volumen de 60 a 240 m3 como reserva para hacer frente a un posible incendio en función de los siguientes casos:
POBLACIÓN DE HECHO VOLUMEN RESERVA
(AÑO HORIZONTE) M3
Menor de 500 60
De 500 a 5.000 120
Más de 5.000 240
En aquellos casos en que no se disponga de una altura topográfica conveniente para situar el depósito, deberá recurrirse a grupos sobrepresores o depósitos elevados.
Deberán estudiarse los dos aspectos siguientes:
A.4.3.1.- Estudio funcional.
Fijado, el volumen a almacenar y el respectivo emplazamiento, se procederá a dimensionar los depósitos que fueran necesarios, de acuerdo con criterios que establezcan la máxima funcionalidad del conjunto, compatible con la más completa tipificación posible de obras y mecanismos, teniendo en cuenta los depósitos existentes que se mantengan en servicio.
El diseño volumétrico y arquitectónico lo fijará el proyectista, el cual deberá justificar convenientemente la solución adoptada.
Deberán considerarse en todos los casos los siguientes aspectos:
- Estudio geotécnico de la zona de implantación.
- Camino de acceso y suministro de energía eléctrica.
- Obra de conducción del aliviadero hasta un punto de vertido con capacidad suficiente para evitar efecciones en la zona.
- Evacuación de aguas pluviales y drenaje inferior de la solera en sistemas diferenciados.
- Posible división de la capacidad del depósito en dos cámaras totalmente independientes que permitan las labores de limpieza, mantenimiento y reparación.
- Situación o diseño de la o las cámaras de válvulas; señalándose tuberías de llegada, toma, desagüe y vertido.
- Ventilación.
- Aislamiento térmico.
- Estanqueidad.
- Protección frente a contaminaciones.
- Iluminación.
- Adecuación al entorno ambiental.
- Sistema de prueba de estanqueidad del depósito para la recepción de la obra.
A la salida de los depósitos deberán disponerse medidores que permitan conocer el caudal servido.
A.4.3.2.- Cálculos estáticos-resistentes.
El dimensionamiento estructural de los depósitos se realizará teniendo en cuenta las siguientes solicitaciones:
- Las cargas permanentes: peso propio y cargas muertas.
- Sobrecargas: de construcción, explotación y climáticas.
- Acciones indirectas: geológicas, térmicas y sísmicas, en su caso.
La metodología de cálculo de secciones se hará siguiendo las normas vigentes, según el tipo de material que se trate, a este respecto, se tendrá muy en cuenta la comprobación a fisuración, con el fin de conseguir una completa estanqueidad.
Será preceptivo el cálculo de las cimentaciones, para lo cual se deberá tener un adecuado conocimiento de las características mecánicas del terreno.
Merecerá también atención el análisis de las juntas, que juegan un papel esencial, no sólo a efectos de la contracción o dilatación térmica, sino en el cálculo resistente de los distintos elementos.
Deberá justificarse igualmente los recubrimientos exigidos a las armaduras (valor mínimo recomendado en parámetros en contacto con el agua: 30mm.).
A.4.4.- Red de distribución.
La tipología y trazado de la red se justificará con los correspondientes estudios comparativos, recomendándose con carácter general el diseño de redes malladas, o semimalladas según casos.
A.4.4.1.- Dimensionamiento.
Se dimensionará la red teniendo en cuenta los aspectos siguientes:
Caudales necesarios en los distintos nudos, obtenidos a partir de la distribución topográfica de la población, de la demanda industrial y de otros usos.
Salvo justificación en contra, se adoptará un caudal punta 2 4 veces el caudal medio.
Establecidos los caudales a suministrar, debe fijarse un rango de velocidades de circulación de agua en las tuberías; a tal efecto se recomiendan los siguientes valores:
DIÁMETRO M/M VELOCIDAD (M/SEG.)
> 500 De 2,00 - 2,50
De 350 a 500 De 1,50 - 2,00
De 150 a 350 De 1,00 - 1,50
De 150 a 100 De 1,00 - 0,60
< 100 0,60
En los cálculos hidráulicos de la red de distribución se acompañará un diagrama o esquema con expresión de diámetros, caudales, velocidades de circulación, pérdidas de cargas, y presiones disponibles sobre el terreno en los nudos de la red. Dichos cálculos se recomienda llevar a cabo como mínimo en las dos hipótesis siguientes.
A) Hipótesis normal.
Máximo consumo de los usuarios, con las dotaciones y coeficientes puntas señalados, al que se añadirán los caudales instantáneos derivados de la utilización de bocas de riego situadas en los puntos más desfavorables de la red y en las siguientes condiciones:
POBLACIÓN Nº DE BOCAS CAUDAL POR BOCA
(DE HECHO AÑO HORIZ.) FUNC. SIMULTANEA (L/SEG.)
Menor de 500 1 2
De 500 a 5.000 3 3
Más de 5.000 5 3
Se comprobará que la presión disponible en las bocas de riego en funcionamiento no sea inferior a 2 Kg/cm2.
B) Hipótesis de demanda por incendio:
Consumo medio de los usuarios, es decir, sin coeficientes punta, más el caudal contraincendios situados en los puntos más desfavorables de la red que a continuación se detalla, según rangos de población.
POBLACIÓN Nº DE HIDRANTES CAUDAL
(DE HECHO AÑO HORIZ.) FUNC. SIMULTANEO (L/SEG.)
Menor de 500 hab. 1 (tipo 100 m/m) 8,33
De 500 a 5.000 hab. 2 (tipo 100 m/m) 16,66
Más de 5.000 4 (tipo 100 m/m) 33,33
Se comprobará en esta hipótesis que la presión mínima en los hidrantes supere 10 m.c.d.a.
Se recomienda, salvo justificación en contra, que la carga estática no supere las 6 atmósferas y la presión mínima en el piso más alto de una casa no sea menor de 1 5 atmósferas.
Cuando se trate de utilizar redes existentes, si el Municipio u Organismo encargado de este servicio no tiene los datos de funcionamiento de dicha red, deberá ocuparse el proyectista de la obtención de los mismos datos.
A.4.4.2.- Trazado de la red.
Deberán proyectarse, para asegurar un mejor reparto de la presión, garantizar el suministro y evitar finales de tuberías en los que puedan producirse problemas de contaminación, redes malladas adaptadas al trazado de las calles o espacios públicos no edificables de acceso libre permanente, excepto en aquellos núcleos muy pequeños o dispersos en los cuales podrán utilizarse trazados ramificados.
Se deberá considerar la conveniencia de ubicar la tubería de cada calle bajo una de las aceras y disponer, a la interdistancia adecuada, ramales transversales para el servicio de los edificios de la acera opuesta, a menos que la anchura de la calle y su importancia en cuanto al servicio justifiquen la implantación de tuberías en ambas aceras.
En el caso de aceras estrechas o inexistencia de éstas, podrá proyectarse la tubería bajo la calzada.
Los sectores en que pueda dividirse la red, mediante válvulas de seccionamiento, deberán disponer de una descarga en el punto más bajo de la misma. Su ubicación permitirá el vaciado total del sector a desaguar.
Se conectarán preferentemente a un pozo de la red de pluviales (si existe) o bien a cauces naturales, y en último extremo a un pozo de la red de alcantarillado, vertiendo necesariamente a cota elevada y garantizando en cualquier caso la imposibilidad de retorno.
A.4.4.3.- Materiales de las conducciones.
Deberán estudiarse y justificarse el empleo de los distintos materiales posibles según tramos, teniendo en cuenta su idoneidad en los aspectos:
- Funcional, hidráulico y resistente.
- Constructivo.
- Durabilidad.
- Económico.
En el caso de que el material seleccionado en las conducciones sea metálico, se realizarán los correspondientes estudios de agresividad de los suelos, adoptándose las medidas oportunas de protección de estos materiales contra la corrosión.
A.4.4.4.- Piezas e instalaciones especiales.
Las piezas especiales consisten principalmente en:
- Válvulas de seccionamiento intercaladas.
- Aparatos de medida.
- Válvulas de compuerta con accionamiento telescópico.
- Piezas especiales de bifurcación en las tuberías.
- Reductores de presión.
- Hidrantes y bocas de riego.
- Ventosas.
Deberá definirse la disposición, características, materiales, etc. de todos los elementos en la red, justificándose su misión en el conjunto teniendo en cuenta las exigencias funcionales de la explotación, la seguridad en el servicio y su durabilidad.
Cada pieza o conjunto de piezas especiales deberá alojarse en una arqueta con dimensiones que permitan el acceso y maniobra de los distintos elementos; en aquellos casos en que sea posible deberá disponerse un drenaje que garantice la evacuación de posibles acumulaciones de agua.
También podrán disponerse válvulas de seccionamiento enterradas con accionamiento telescópico.
Cuando se proyecten válvulas de compuerta, éstas deberán cumplir las siguientes exigencias:
- Fondo liso sin entalladura de encaje.
- Elemento de obturación móvil recubierto de material elástico.
- Juntas tóricas de estanqueidad en el eje.
Los hidrantes cumplirán la Normativa vigente -de la Administración Estatal, Autonómica y/o Municipal- en materia contra incendios.
A.4.5.- Red de saneamiento.
Deberán estudiarse los siguientes aspectos:
A.4.5.1.- Tipología y dimensionamiento.
Se justificará en base a las circunstancias locales pertinentes el tipo de red adoptado: unitaria, separativa o mixta.
El dimensionamiento abarcará los dos aspectos principales: caudales de aguas negras y caudales pluviales. Deberán estudiarse para las distintas zonas las aportaciones de ambas procedencias.
Para el cálculo hidráulico de las conducciones de saneamiento se utilizará preferentemente la fórmula de Manning.
A.4.5.1.1.- Caudales de aguas negras.
Se tomarán los mismos valores que los obtenidos para la red de distribución.
A.4.5.1.2.- Caudales de aguas pluviales.
La determinación de los caudales de lluvia se efectuará por el método racional.
Para el dimensionamiento de los conductos, salvo estudio económico especial de daños-inversiones para evitarlos, se considerará un período de recurrencia de diez años.
A.4.5.2.- Trazado.
El trazado de la red se proyectará de forma que discurra en zonas urbanas por las calles de manera que pueda accederse fácilmente desde las mismas durante la explotación.
Cuando sea posible, por la anchura de las aceras y situación de la red de distribución de agua, se proyectarán los conductos de la red de saneamiento bajo las aceras.
La situación en alzado se proyectará a una profundidad tal que se asegure el drenaje de las edificaciones actuales y futuras excluyéndose el caso de sótanos, y que impida todo riesgo de contaminación de las aguas del abastecimiento: el punto más elevado de la sección no deberá estar a menos de 1,00 m. Por debajo de la superficie del terreno salvo justificación en contrario y siempre al menos 0,30 m. Por debajo de la tubería de la red de distribución, de la que deberá estar separada en horizontal como mínimo también 0,30 m., distancias medidas entre generatrices más próximas.
Son inadmisibles los escalones ascendentes en solera y en clave sin pozo de registro.
A.4.5.3.- Conductos.
En los conductos, según dimensiones y condiciones, se empleará preferentemente como material, gres, P.V.C., polietileno, hormigón en masa (ASTM C14) o armado (ASTM C76), realizado con cemento puzolánico o sulfo-resistente, en el caso de que la calidad de las aguas residuales y características del terreno lo exijan, o en otros materiales, debiendo justificar en cada caso la elección, atendiendo a los aspectos señalados en A.4.4.3.
Tanto los conductos como los elementos de la red deben garantizar la estanqueidad del conjunto.
Para el dimensionamiento se tendrán en cuenta las exigencias de la explotación y del funcionamiento hidráulico y estático resistente.
El diámetro mínimo en las conducciones de alcantarillado se establece en D.N. 250 m/m en tuberías de P.V.C., o polietileno, y D.N. 300 m/m para el resto de materiales. En acometidas el diámetro mínimo a utilizar será de 160 m/m.
A efectos del cálculo de la red de saneamiento, salvo justificación en contra, se recomiendan las siguientes pendientes y velocidades.
PENDIENTE
DIÁMETRO CONDUCCIÓN MÍNIMA MÁXIMA
Acometidas 1:100 7:100
D200 - D300 3:1000 7:100
D300 - D600 2:1000 4:100
D600 - D1000 1:1000 2:100
D1000 - D2000 3:10000 1:100
MATERIAL VELOCIDAD MÁXIMA VELOCIDAD MÍNIMA
Hormigón 4 m/s
0,6 m/s
PVC 5 m/s
Dado que los colectores presentan caudales variables a lo largo de su trazado por incorporación de afluentes, podrá estudiarse independientemente cada tramo de caudal constante, suponiendo régimen uniforme.
En el dimensionamiento estático-resistente deberá tenerse en cuenta el comportamiento de las secciones para las solicitaciones:
- Peso propio.
- Peso de tierras y otras cargas muertas.
- Empuje de tierras.
- Empuje de aguas.
- Sobrecarga de tráfico.
- Subpresión.
Deberán considerarse, asimismo, las sobrecargas que puedan producirse durante la construcción y estudiar el proceso constructivo de la sección transversal en caso de que éste afecte a su resistencia en etapas intermedias del mismo.
En cuanto a las tensiones o deformaciones admisibles en el material, a efectos de dimensionamiento, se seguirán las normas vigentes.
A.4.5.4.- Obras especiales.
Deberán tenerse en cuenta las siguientes observaciones en su proyecto:
a) Pozos de registro.
Se ubicarán pozos de registro en: inicio de ramal, puntos de quiebro, tanto en planta como en alzado; puntos de reunión de dos o más ramales; puntos de cambio de diámetro de la conducción; incorporación de acometidas que lo exija por su diámetro en relación al del colector.
Para conducciones de DN inferior a 500 m/m la separación máxima entre pozos será de 50 mts.; en el caso de conducciones con DN superior a 500 m/m la interdistancia máxima será de 70 mts.
Su diseño deberá garantizar la estanqueidad tanto de la obra de fábrica del pozo como de las uniones con los conductos concurrentes o bien, entre las uniones de los elementos modulares en el caso de pozos prefabricados. Las juntas entre anillos de pozos prefabricados deberán ser totalmente estancas.
Los pozos de registro serán de hormigón construidos «in situ» o prefabricados. Para redes de conductos de 300 y 500 m/m el diámetro interior del pozo será de 1,10 mts., y de 1,20 mts. Para redes con conductos superiores a 500 m/m.
La boca de acceso al pozo será de diámetro 600 m/m cerrada con tapa de fundición nodular normalizada. El acceso al interior del pozo se efectuará mediante pates normalizados colocados en obra «in situ» y con separación entre ellos de 0,30 mts.
B) Aliviaderos.
Podrán intercalarse en la red para evacuar caudales de crecidas que produzcan una dilución admisible de las aguas negras, estudiando adecuadamente el desagüe y el vertido desde los puntos de vista técnico, sanitario y medioambiental.
Los aliviaderos se proyectarán para verter a partir de un caudal 5 Qn, siendo Qn el caudal de aguas negras circulante en el tramo considerado.
A.4.6.- Tratamiento de las aguas.
Este tipo de instalaciones, según su importancia y complejidad, puede requerir la utilización de elementos y mecanismos de marcas comerciales o patentadas y la posibilidad de participación o asesoramiento de casas especializadas. Por ello podrán incluirse en el proyecto general solamente las instalaciones sencillas de tratamiento -cloración-. En los otros casos, la contratación de las instalaciones podrá llevarse a cabo independientemente, a cuyo efecto la entidad local correspondiente podrá optar entre las alternativas de convocar concurso de proyecto y obra entre casas especializadas o bien contratar las obras en base a un proyecto específico comprensivo de las instalaciones de tratamiento. En el primer caso, el proyecto general de abastecimiento deberá incluir:
- Definición y justificación del proceso.
- Definición y dimensionamiento aproximado de las obras civiles necesarias, así como la tipología de la maquinaria a instalar.
- Cálculo aproximado del costo de las obras civiles e instalaciones especiales.
- Pliego de bases técnicas para el concurso de proyecto y obra de las instalaciones. Este pliego de bases es independiente del Pliego de Prescripciones técnicas particulares del proyecto.
A.4.7.- Centrales de bombeo.
En el proyecto deberá incluirse:
a) Definición y justificación de la disposición del conjunto de la o las impulsiones, instalaciones eléctricas correspondientes, etc., debiendo acompañar un plano de ubicación, a escala apropiada, con el emplazamiento de cada una de ellas.
B) Definición y dimensionamiento hidráulico y estructural de cada una de las obras civiles asociadas con la o las impulsiones, recomendándose en este último caso una adecuada tipificación. Será preceptivo el estudio de los siguientes elementos, de acuerdo con las características establecidas en el apartado A.4.7.1.
- Casa de bombas.
- Centro de transformación.
- Cámara de toma y aducción de bombeo.
- Sistema de interconexión con el resto de las obras del abastecimiento o saneamiento, incluyendo dispositivos de funcionamiento automático o sistemas de telemando y telecontrol.
A.4.7.1.- Características de la estación de bombeo.
- Número de grupos (en orden al caudal y sistema de explotación).
- Rendimiento exigido.
- Caudal nominal.
- Altura geométrica.
- Pérdidas de carga en la impulsión.
- Altura manométrica.
- Altura de aspiración.
- Dispositivo contra golpe de ariete y sobrepresión máxima admisible.
- Estimación de la potencia instalada a efectos de valoración de los costes de funcionamiento.
Debiendo establecer, adicionalmente, las pruebas a exigir y la forma de medición de los distintos parámetros a comprobar.
A.4.7.2.- Instalación eléctrica.
En lo referente a la instalación eléctrica se estudiarán los siguientes conceptos:
- Puntos de toma de fuerza.
- Características exigibles a las líneas de transmisión.
- Características exigibles a los transformadores.
- Características exigible a los equipos de control y protección.
B) EN PROYECTOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS DE LINEAS DE ALTA TENSIÓN, CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Y REDES DE BAJA TENSIÓN
Además de lo especificado con carácter general, en la redacción del proyecto, así como en la ejecución de las obras, se aplicarán las disposiciones, prescripciones y normas contenidas en los Reglamentos e Instrucciones siguientes:
a) Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión, aprobado por Decreto 3.151/1968, de 28 de noviembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 27 de diciembre del mismo año.
B) Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, aprobado por el Real Decreto 3.275/1982, de 12 de noviembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de diciembre del mismo año.
C) Instrucciones Técnicas complementarias del Reglamento sobre condiciones y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, aprobadas por la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 6 de julio de 1984, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de agosto del mismo año.
D) Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por el Decreto del Ministerio de Industria 2.413/1973, de 20 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de octubre del mismo año.
E) Instrucciones complementarias, denominadas instrucciones MIBT, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobadas por las Ordenes del Ministerio de Industria de 31 de octubre de 1973, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 27, 8 y 29 de diciembre del mismo año.
F) Todas las ampliaciones e interpretaciones publicadas posteriormente relacionadas con los Decretos y Ordenes anteriormente mencionadas.
G) Normas particulares de la empresa suministradora de energía eléctrica.
H) Los materiales, aparatos y máquinas integrados en las instalaciones eléctricas, cumplirán tanto en sus características constructivas, como en su utilización en las obras, lo que al respecto prescriben las normas UNE y las recomendaciones UNESA que les sea de aplicación. Asimismo, se ajustarán a las normas de las Empresas Eléctricas suministradoras de energía eléctrica y en su defecto, se aplicarán las normas NI.
Cuando el proyectista de una instalación prevea la utilización de aplicación de nuevas técnicas o se planteen circunstancias no previstas en los Reglamentos, Instrucciones y Normas mencionadas en el apartado anterior podrá justificar la introducción de innovaciones técnicas señalando los objetivos y experiencias, así como normas y prescripciones que aplica.
C) EN PROYECTOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PUBLICO
1º.- Además de lo especificado con carácter general, en la redacción del proyecto, así como en la ejecución de las obras, se aplicarán las disposiciones, prescripciones y normas contenidas en los Reglamentos e instrucciones siguientes:
a) Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación, aprobado por el Real Decreto 3.275/1982, de 12 de noviembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de diciembre del mismo año.
B) Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por el Decreto del Ministerio de Industria 2413/1973, de 20 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de octubre del mismo año.
C) Instrucciones complementarias, denominadas instrucciones MIBT, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobadas por la Orden del Ministerio de Industria, de 31 de octubre de 1973, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 27, 28 y 29 de diciembre del mismo año.
D) Normas particulares de la empresa suministradora de energía eléctrica.
E) Instrucciones para alumbrado urbano del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.
F) Recomendaciones del Comité Español de Iluminación.
G) Los materiales, aparatos y máquinas integrados en las instalaciones eléctricas, cumplirán tanto en sus características constructivas, como en su utilización en las obras, lo que al respecto prescriben las normas UNE y las recomendaciones UNESA que les sea de aplicación. Asimismo, se ajustarán a las normas de las Empresas Eléctricas suministradoras de energía eléctrica y en su defecto, se aplicarán las normas NI.
2º.- Clasificación de las vías a iluminar.
Al objeto de definir los niveles de iluminación y uniformidades a adoptar en cada tipo de vía, se tendrá en cuenta la siguiente clasificación:
Tipo «A»: Carreteras de la Red Nacional.
Tipo «B»: Carreteras de la Red Autonómica.
Tipo «C»: Plazas, paseos y calles principales, con tráfico importante depeatones y/o vehículos.
Tipo «D»: Plazas, paseos y calles principales de núcleos urbanos con poco tráfico.
Tipo «E»: Calles secundarias y vías industriales.
Tipo «F»: Calles y caminos de extramuros de uso esporádico.
3º.- Niveles lumínicos orientativos a adoptar.
ILUMINACIÓN EN
TIPO DE VÍA SERVICIO (LUX) UNIFORMIDADES
Tipo A 24 U. Med. 65%
U. Gen. 35%
Tipo B 20 U. Med. 60%
U. Gen. 30%
Tipo C 24 U. Med. 65%
U. Gen. 35%
Tipo D 20 U. Med. 60%
U. Gen. 30%
Tipo E 15 U. Med. 50%
U. Gen. 25%
Tipo F 10 U. Med. 30%
U. Gen. 10%
El factor de depreciación considerado para la obtención de estos niveles en servicio será de 0 7.
E. Min. E. Min
U. Med.= _______ U. Gen. = _______
E. Med. E. Máx.
Anejo C.1.1.- Resumen de características de las obras.
En este Anejo se reseñará un breve resumen de las características principales de las obras proyectadas, de acuerdo con el siguiente modelo:
- Ayuntamiento ...
- Número de puntos de luz ...
- Potencia por punto de luz ...
- Potencia total de la instalación ...
- Tensión de alimentación ...
- Sección del conductor ...
- Clase de conductor ...
- Tipo de canalización ...
- Altura de montaje ...
- Interdistancia ...
- Disposición:
* Unilateral
* Tresbolillo
* Pareada
- Presupuesto de Contrata ...
- Presupuesto para conocimiento de la Administración ...
- Plazo de ejecución de las obras ...
D) EN PROYECTOS DE PAVIMENTACIONES
Además de lo especificado con carácter general, se deberán considerar los aspectos que a continuación se enumeran.
1º.- Resumen de características de las obras
En este Anejo se reseñará un breve resumen de las características principales de las obras proyectadas, de acuerdo con el siguiente modelo, en el que se suprimirán todos aquellos datos que no tengan relación con el proyecto, o por el contrario, el proyectista incluirá los que estime necesarios para la correcta definición de las características de las obras.
- Ayuntamiento ...
- Viales:
* Superficies/ Espesor/ Materiales
M.B.
Hormigón
Adoquín
Otros
- Plazas:
* Superficies/ Espesor/ Materiales
M.B.
Hormigón
Adoquín
Otros
- Aceras:
* Superficies/ Materiales
Hormigón
Baldosa
Adoquín
Otros
- Caminos Locales:
* Longitud
* Anchura media
* Espesor
* Materiales
* Longitud de cuneta revestida
- Red de pluviales:
* Longitud total ... mts.
* Diámetros ... mts. De ... m/m.
* Materiales
- Presupuesto de Contrata ... pts.
- Presupuesto para conocimiento de la Administración ... pts.
- Plazo de ejecución de las obras ... meses
2º.- Información básica
Además de lo especificado con carácter general, se considera conveniente la inclusión de un conjunto de fotografías representativas del estado actual.
3º.- Cálculos estático-resistentes e hidráulicos.
Se incluirán los cálculos estático-resistentes justificativos del dimensionamiento estructural de las obras de fábrica proyectadas de acuerdo con las normas vigentes para condiciones de funcionamiento más desfavorables.
Se incluirán, asimismo, los cálculos hidráulicos e hidrológicos necesarios para la obtención de las capacidades de desagüe y caudales de máximas avenidas a evacuar.
Este anejo no será preceptivo para las pequeñas obras de fábrica (salvacunetas, cruces de camino, etc.).
4º.- Dimensionamiento de firmes.
Para el cálculo del espesor del firme, se considerarán básicamente los parámetros siguientes: calidad de la explanada de apoyo, nivel de tráfico y período de proyecto.
Planos
a) Planos de replanteo.
Además de lo especificado en el punto 2.3. Planos de replanteo de esta normativa, se tendrá en cuenta los siguiente:
- Las escalas horizontales podrán ser de 1:250, 1:500 ó 1:1000 en función de la dimensión de la obra proyectada.
- En los perfiles longitudinales se detallarán los acuerdos verticales de las rasantes proyectadas, con indicación de los parámetros adoptados conforme a la Instrucción de Carreteras.
B) Planos de detalle.
Además de lo especificado en el punto 2.4. Planos de detalle de esta normativa, se incorporarán en este apartado, los planos correspondientes a perfiles transversales del terreno con indicación de las líneas de desmonte y/o terraplén.
E) EN PROYECTOS DE EDIFICIOS MUNICIPALES
Además de lo especificado con carácter general, se deberán considerar los aspectos que a continuación se enumera.
1.- Memoria.
Descripción detallada de las obras que se pretende realizar, justificación de la necesidad de las mismas y programa aportado por la entidad promotora indicando los usos a que se destinan cada una de las dependencias.
Cuadro de superficies útiles y construidas del edificio o parte del edificio objeto de la actuación; en este último caso se deberán indicar también la superficie de que conste el edificio y queden fuera de actuación.
Justificación de la normativa urbanística y planeamiento vigente.
Descripción de la infraestructura urbano que le pueda afectar, indicando características técnicas y estado de conservación en lo referente a accesos, conducciones de agua, electricidad, saneamiento, teléfono y otras instalaciones.
Memoria de cálculo de estructura e instalaciones
Memoria justificativa del cumplimiento de las normas básicas de la edificación cuando expresamente se exija.
Plan de los diferentes ensayos de materiales o unidades de obras que se pretenden llevar a cabo.
Cuando proceda por exigencias de tramitaciones administrativas y obtención de permisos de funcionamiento se presentaran separatas de proyectos de instalación eléctrica, calefacción, producción de calor y almacenamiento de combustible.
2.- Planos.
Plano de emplazamiento indicando los servicios urbanos existentes, así como su relación con edificaciones próximas debidamente acotado.
Plano de replanteo y nivelación, acotado, con indicación de niveles originales y definitivos.
Planos de todas las plantas, con indicación de uso a que se destinan las diferentes dependencias y la superficie de cada una de ellas.
Plano de planta cubierta con indicación de pendientes, recogida de aguas, bajantes, chimeneas, etc.
Planos acotados de todas las plantas con indicación de niveles.
Plano de planta diferenciando los diferentes tipos de tabiquería, tratamiento de superficies verticales y horizontales con indicación del modelo de carpintería que corresponde a cada hueco.
Planos de secciones generales con cotas de altura; previamente se habrá indicado el plano de sección en los planos de planta.
Planos de detalles constructivos acotados, por lo menos uno de cada tipo diferente de cerramiento.
Alzados de todas las fachadas.
Planos de detalle y carpintería exterior, interior y cerrajería, con secciones verticales y horizontales de cada tipo de hueco diferentes.
Planos de estructura: cimentación, pilares y zapatas, forjados, vigas, escaleras y muros, detalles constructivos, todos ellos acotados con las correspondientes especificaciones técnicas según EH-91.
Planos de saneamiento y red de tierra con indicación de dimensiones, pendientes, cotas de nivel.
Planos de fontanería indicando secciones horizontales y verticales de tuberías, llaves, aparatos, etc., y esquema de instalación.
Planos de electricidad indicando trazado, secciones, distribución de aparatos y mecanismos, esquema unifiliar de la instalación.
Planos de calefacción, indicando el trazado, situación, número y dimensiones de los elementos de calefacción y conductos, detalle de sala de máquinas y situación de los diferentes aparatos, esquema de la instalación, almacenamiento y trasiego de combustible, detalles.
Planos de protección contra incendios de todas las plantas.
Planos de otras instalaciones.
En el caso que se trate de una obra de reforma, además de los planos ya indicados se deberán aportar los del estado actual del edificio.
3.- Presupuesto.
Costo por metro cuadrado construido.