BOLETÍN OFICIAL LA RIOJA
Rango: Orden
Fecha de disposición: 24/03/1998
Fecha de publicación: 11/04/1998
Número de boletín: 44
Órgano emisor: Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones
Públicas y Medio Ambiente
Título: Orden número 29 de 24 de marzo
de 1998, por la que se aprueban las Normas de redacción de los proyectos
técnicos de obras acogidas a los Programas de Cooperación Económica
Local
Orden número 29 de 24 de marzo de 1998, por la que se aprueban las Normas de redacción de los proyectos técnicos de obras acogidas a los Programas de Cooperación Económica Local
La
Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas
y Medio Ambiente, a través de los Planes Regionales de Obras y Servicios
y otros Programas de Cooperación, viene concediendo ayudas económicas
a las Entidades Locales, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se
establecen en las correspondientes Ordenes y Convenios.
Sin perjuicio de las condiciones específicas que pueden contenerse en
las normas reguladoras de cada uno de aquellos Programas, para lograr la debida
coordinación y homologación en la ejecución de las infraestructuras
locales, se ha considerado necesario determinar los contenidos formales y materiales
de los proyectos técnicos, con criterios de homogeneidad que serán
la guía para los responsables de la gestión local y para los profesionales
vinculados con ella.
Por ello, en virtud de las facultades que tengo conferidas, dispongo:
Artículo único: Se aprueban las «Normas de redacción de
proyectos técnicos de infraestructuras locales» que figuran como anexo
a esta Orden.
Estas Normas serán de aplicación a todos los proyectos técnicos
de obras de competencia de las Entidades Locales, incluidas o que hayan de incluirse
en los programas de Cooperación Económica Local de la Consejería
de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y medio Ambiente.
Disposición Transitoria.- No se exigirá el cumplimiento de estas
normas en los proyectos técnicos que hubieran sido visados o aprobados
por las Administraciones Públicas antes de la entrada en vigor de esta
Orden.
Disposición Final.- Esta Orden entrará en vigor a los treinta
días naturales desde su publicación en el Boletín Oficial
de La Rioja.
Logroño, a 24 de marzo de 1998.- El Consejero, Manuel Arenilla Sáez
ANEXO
Normas de Redacción de Proyectos Técnicos de Infraestructuras
Locales
1. Ámbito de aplicación
1.- Las presentes Normas deberán tenerse en cuenta en todos los proyectos
técnicos que hayan de entregarse o presentarse en los órganos
o unidades administrativas de la Consejería de Desarrollo Autonómico,
Administraciones Públicas y Medio Ambiente, para la inclusión
de las correspondientes actuaciones en los Programas de Cooperación Económica
Local o para la gestión de los mismos.
2.- Estas normas son complementarias de las contenidas en la legislación
sobre contratación de las Administraciones Públicas y de las que
puedan establecerse en la regulación específica de los referidos
Programas, que habrán de cumplirse en sus propios términos.
2. Competencia para la redacción de los proyectos
Todo proyecto deberá estar redactado y firmado por técnicos con
competencia suficiente al efecto, de acuerdo con la titulación, especialidad
y demás circunstancias legalmente establecidas.
3. Contenido general de los proyectos
Los proyectos técnicos contendrán, con carácter general,
como mínimo los siguientes documentos:
1.- Memoria
La Memoria contendrá una descripción completa y concisa de los
antecedentes del proyecto, las obras objeto del mismo, la justificación
de éstas y los criterios que han regido en su dimensionamiento, medición,
valoración y condiciones de ejecución.
Todos estos temas se tratarán de forma que las descripciones sean concretas
y en las justificaciones se especifiquen los criterios de partida, de razonamiento
y las conclusiones. En todos los casos se detallará lo suficiente como
para que la Memoria refleje, en forma resumida, la totalidad del estudio y los
criterios básicos del proyecto de manera que la lectura de este único
documento proporcione un conocimiento completo del mismo.
La Memoria constará fundamentalmente de:
1.1.- Antecedentes.
1.2.- Objeto del proyecto.
1.3.- Resumen de estudios técnicos precedentes que han servido de base
al proyecto
1.4.- Necesidad de las obras proyectadas; problemas existentes que se pretenden
resolver con las mismas.
1.5.- Soluciones alternativas consideradas.
Se hará una breve descripción de las alternativas consideradas,
justificándose la solución adoptada.
1.6.- Descripción de las obras.
Se incluirán, además de las obras objeto del Proyecto, las actuales
existentes y su interconexión con aquéllas.
1.7.- Justificación del dimensionamiento y disposición del conjunto
de las obras.
Se resumirá para el conjunto y para cada uno de los elementos las razones
funcionales que han conducido al dispositivo proyectado y las hipótesis
de partida para el dimensionamiento.
1.8.- Prescripciones técnicas.
Se resumirán las normas vigentes aplicables y las prescripciones que
afectan a las unidades de obra básicas, tanto en su ejecución
como en su valoración. A falta de norma adecuada se justificarán
las prescripciones adoptadas.
1.9.- Resumen de presupuestos, con mención expresa de los presupuestos
de ejecución material, ejecución por contrata y para conocimiento
de la Administración.
1.10.- Revisión de precios.
En los proyectos que con arreglo a las condiciones vigentes puedan ser objeto
de revisión de precios, se propondrá la fórmula de revisión
más adecuada, eligiéndola entre las fórmulas tipo vigentes
o en otro caso justificando debidamente su elección.
1.11.- Clasificación de contratistas.
En los proyectos que con arreglo a su presupuesto proceda exigir la clasificación,
se propondrá el grupo, subgrupo y categoría más adecuado.
1.12.- Indice de la documentación del proyecto.
Anejos a la Memoria.
Anejo 1- Resumen de características de las obras.
En este Anejo se reseñará un breve resumen de las características
principales de las obras proyectadas.
Anejo 2.- Información básica.
Se incluirán en este Anejo todos aquellos datos de carácter topográfico,
geológico, etc. que permitan seleccionar la alternativa más adecuada,
técnica y económicamente.
Anejo 3.- Justificación de soluciones.
Se incluirán en este Anejo todos los estudios y análisis que sean
necesarios para la justificación de la solución adoptada.
Anejo 4.- Cálculos justificativos.
En este Anejo se especificarán todos aquellos cálculos necesarios
para determinar el dimensionamiento de las obras y/o instalaciones proyectadas.
Anejo 5.- Justificación de precios.
Se realizará con el mayor cuidado, pues constituye uno de los documentos
más importantes del proyecto. Se tendrá especial precaución
en que los precios correspondan al estado real del mercado, para lo cual se
procederá a una verificación de los datos disponibles. El mismo
criterio de ponderación se aplicará a los rendimientos.
Se justificarán y se formarán los precios de todas las unidades
de obra incluidas en los Cuadros de Precios. En éstos se incluirán
todas las unidades de obra que figuren en los documentos contractuales del Proyecto,
es decir, Planos, Pliego de condiciones y Presupuestos, así como también
otras unidades cuyo empleo no se haya supuesto, pero razonablemente se prevea.
Como es lógico, se tratarán con mayor precisión y detalle
las unidades de obra que mayor repercusión presupuestaria tengan.
Las etapas de cálculo, una vez definida la lista de las unidades de obra
que intervienen en la realización del proyecto, serán las que
a continuación se detallan:
a) Precios básicos.
Se considerarán como tales y se obtendrán los siguientes.
- Mano de obra. Se determinará el costo horario y diario de las distintascategorías
de mano de obra, teniéndose en cuenta para ello la normativa vigente
al respecto y los días de trabajo efectivos en el año y los realmente
abonados.
- Maquinaria. Se determinará el coste de cada máquina por día
de permanencia a disposición de obra y el coste horario de utilización.
- Materiales a pie de obra. Se determinará el coste unitario de los materiales
situados en acopio o almacén de obra. Este coste estará integrado,
fundamentalmente, por el coste de adquisición u obtención y el
de transporte desde origen a pie de obra; pero además, deberá
considerarse cualquier otro gasto, como canon de extracción, cargas y
descargas, mermas, almacenaje, etc., que se produzca.
B) Costes directos.
Con los datos obtenidos en los apartados anteriores y los que resulten del plan
de obra, en cuanto a mano de obra, maquinaria y materiales empleados, se deducirán
los costes directos de las unidades de obra.
C) Precios de ejecución material.
Cada precio se obtendrá mediante la expresión:
P = (1 + k/100) C
P = Precio de ejecución material (pesetas).
K = Porcentaje correspondiente a los costes indirectos.
C = Coste directo (pesetas).
Se consideran como costes indirectos todos aquellos gastos no imputables directamente
a unidades concretas sino al conjunto de la obra, tales como: gastos de instalación
de oficinas a pie de obra; establecimiento de comunicaciones que no sean objetivo
directo del proyecto; edificación de talleres, almacenes, pabellones
temporales para obreros, laboratorios, etc.; los del personal técnico
y administrativo adscrito exclusivamente a la obra y los imprevistos.
No se imputarán nunca a costes indirectos los elementos, medios auxiliares
o instalaciones que se utilicen en unidades de obra determinadas, ya que estos
costes deben figurar en la unidad correspondiente.
Tampoco se incluirán como costes indirectos, las obras complementarias
que hayan de subsistir una vez terminada la obra principal, que, en general,
figurarán en el presupuesto con precios unitarios.
El coeficiente K estará compuesto de dos sumandos: el primero es el porcentaje
que resulte de la relación entre la valoración de los costes indirectos,
obtenida con los criterios señalados, y la valoración total de
la obra a los costes directos; y el segundo el porcentaje correspondiente a
los imprevistos.
Estos imprevistos se cifrarán en un 2% y el valor del porcentaje K no
sobrepasará el 7%, y será constante para todas las unidades del
proyecto.
D) Partidas alzadas.
Se incluirán en este apartado el estudio de las partidas alzadas que
hubiese en el proyecto y sean objeto directo del mismo o se refieran a la reposición
de servicios o servidumbres que se incluyan en los objetivos contractuales del
proyecto. Se indicarán los criterios y estimaciones que se han tenido
en cuenta para concretar dichas partidas.
Se distinguirán dos clases de partidas alzadas: una, las partidas alzadas
«a justificar», otra, las partidas alzadas de abono íntegro.
En la primera clase se incluirán las partidas constituidas por unidades
de obra cuya medición es imposible o imprecisa a nivel de proyecto; su
valoración y abono se realizará por las unidades de obra realmente
ejecutada a los precios respectivos.
Las partidas alzadas de abono íntegro tienen el carácter de unidades
de obra y como tales deberán figurar en los cuadros de precios.
Anejo 6.- Justificación de precios de reposición de servicios
afectados.
La reposición de servicios y servidumbres que por la índole de
los trabajos deba realizarse por empresas especialistas distintas de la contratista
de las obras no será objeto de contratación en el proyecto, y
el cálculo de sus precios se incluirá, en una justificación
complementaria, en este anejo. Su costo total constituirá un sumando
del presupuesto para conocimiento de la Administración, tal como se indica
en el punto siguiente.
En esta justificación podrán incluirse los precios correspondientes
a:
- Líneas telefónicas y telegráficas.
- Líneas de energía eléctrica en alta tensión.
- Conducciones de líquidos o gases de caudal importante.
- Ferrocarriles.
- Instalaciones especiales.
Los precios de estas obras podrán calcularse por unidades de obra o por
partidas alzadas, de modo que puedan aplicarse directamente a las respectivas
mediciones para obtener la valoración.
La reposición de otros servicios se valorará e incluirá
dentro del presupuesto de ejecución por contrata del proyecto.
Anejo 7.- Presupuestos para conocimiento de la Administración.
Se indicará un resumen de los costes de establecimiento de la totalidad
del proyecto, formado por los resultados del capítulo de Presupuesto
y los restantes costes complementarios, según la siguiente relación:
- Presupuesto General de Ejecución por Contrata.
- Coste de reposición de servicios afectados.
- Coste de terrenos de ocupación permanente, terrenos o servidumbres
necesarias par la realización de las obras.
- Indemnizaciones por daños en propiedades ocasionados por las obras.
- Gastos de estudio y elaboración del proyecto y de dirección
de las obras, incluso honorarios reglamentarios cuando proceda.
En los proyectos de aquellas obras que, en virtud del Real Decreto 1627/1997,
de 24 de octubre (Boletín Oficial del Estado 25 de octubre de 1997) vengan
obligados a incluir un Estudio de Seguridad y Salud en las obras, se añadirá
igualmente otro sumando correspondiente al presupuesto contenido en dicho Estudio,
de gastos previstos para la aplicación y ejecución del mismo.
Anejo 8.- Estudio geotécnico.
Salvo cuando resulte incompatible con la naturaleza de la obra, el proyecto
deberá incluir un estudio geotécnico de los terrenos sobre los
que se va a ejecutar la obra.
Anejo 9.- Expropiaciones.
En este anejo se incluirá la relación de propietarios afectados
por las obras o su ejecución cuyos terrenos deban ser parcial o totalmente
expropiados u ocupados temporalmente.
En la relación se darán todos los datos necesarios para la perfecta
identificación de las parcelas, indicando término municipal, nombre
completo y dirección del propietario, parcela, área afectada y
tipo de cultivo habitual. Se acompañará un plano parcelario.
En este Anejo vendrán valoradas las indemnizaciones por daños
en propiedades ocasionados por las obras, tanto de carácter temporal
como permanente.
Anejo 10.- Plan de Obras.
A partir de los resultados obtenidos en el estudio y adoptados unos rendimientos
razonables en función de la maquinaria y medios auxiliares se estudiará
el plan de ejecución de las obras.
Como resumen de los estudios realizados y plasmando sus conclusiones, se presentará
el diagrama de barras correspondientes al plan de obras.
El resto de Anejos se especifican más adelante para cada tipo de infraestructura.
2.- Planos.
En el documento «Planos» se incluirán únicamente las representaciones
gráficas que permitan situar, replantear y construir las obras; los planos
y gráficos de información, estudio o descriptivos se incluirán
en el Anejo correspondiente de la Memoria.
La ordenación de los planos se establecerá según una gradación
de lo general a lo particular.
Los planos se confeccionarán de modo que la obra quede definida y pueda
construirse con los documentos «Planos» y «Pliego de prescripciones técnicas
particulares». A tal objeto, los planos contendrán las acotaciones necesarias
para definir geométricamente las obras y su posición; y las notas
y observaciones que determinen el tipo de material de todo elemento o parte
de cada estructura o dispositivo.
Todo plano se definirá por un número y un título, éste
deberá referirse al contenido del plano. Deberá incluirse un índice
de planos.
Los planos serán:
- Planos de situación.
- Planos generales.
- Planos de replanteo.
- Planos de detalle.
2.1.- Planos de situación.
El plano de situación deberá definir la localización de
la totalidad de laobra en su zona de ubicación y la de ésta respecto
a la provincia de La Rioja.
Se procurará emplear las hojas del Instituto Geográfico a escalas
1:50.000 ó 1:25.000.
2.2.- Planos generales.
En los planos generales se situarán las obras en relación con
la zona afectada por el proyecto.
Las escalas de representación serán las 1:5.000 y 1:10.000. Excepcionalmente
en caso de obras de gran desarrollo podrá emplearse la escala 1:25.000.
No se incluirán más anotaciones que las necesarias para referir
las obras representadas a su lugar de ubicación, al resto de las obras
y a los planos de replanteo o de detalle correspondientes a dichas obras.
Los dibujos representativos de las obras se resaltarán debidamente del
resto del plano y se realizarán con precisión, de modo que las
obras puedan situarse aproximadamente en el terreno mediante mediciones sobre
el plano.
2.3.- Planos de replanteo.
Su misión es definir geométricamente las obras y su posición
de tal forma que con la información contenida en los planos se pueden
replantear las obras.
En estos planos deben estar perfectamente representados y determinados, tanto
en planta como en alzado, los ejes o planos principales o de simetría
de las obras, que se referirán de modo preciso a puntos básicos.
Estos puntos básicos deberán estar físicamente materializados
en el terreno por medio de hitos, clavos, señales, etc. Esta condición
no será exigible en aquellos proyectos cuya escasa entidad no lo haga
necesario.
Las escalas horizontales no serán menores de 1:1.000 ó 1:2.000
para obras longitudinales y 1:5.000 para las demás obras. Las escalas
verticales pueden ser realzadas particularmente en las obras longitudinales;
en este caso puede emplearse una escala vertical diez veces mayor que la correspondiente
horizontal.
2.4.- Planos de detalle.
La determinación y definición de todos los elementos de cada obra
se realizarán en estos planos. En ellos se acotarán las dimensiones
geométricas necesarias para la construcción y se expondrán
los tipos de material que debe emplearse en cada caso, debiendo incluirse cuadros
de características exigibles a los materiales y a las condiciones de
su ejecución.
Las escalas que se empleen serán: 1:100, 1:50, 1:20 y 1:10.
3.- Pliego de condiciones.
Se incluirá como mínimo el Pliego de Prescripciones Técnicas
Particulares y se hará referencia a los Pliegos de Prescripciones Técnicas
Generales y de Cláusulas Administrativas que han de regir además
en la contratación y ejecución de las obras.
El Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares definirá de
un modo preciso y concreto las obras cuya ejecución debe regular, las
características exigibles a los materiales, los detalles de ejecución,
el programa de ensayos de control de calidad, el programa de pruebas a que haya
de someterse la obra y la forma de medir y abonar las distintas unidades de
obra.
El Pliego constará, como mínimo, de los siguientes grandes capítulos:
- Definición, alcance del Pliego y descripción detallada de las
obras.
- Normativa y disposiciones técnicas a tener en cuenta.
- Materiales, dispositivos e instalaciones y sus características.
- Ejecución y control de las obras.
- Medición, valoración y abono.
- Disposiciones generales.
La redacción de las prescripciones del Pliego se realizará de
un modo claro y completamente definido. Siempre que sea posible se evitará
dejar ninguna decisión al criterio del Director de la obra, determinándola
previamente en el Pliego.
El volumen y precisión de las prescripciones asignadas a cada concepto
no serán semejantes. El número de prescripciones y precisión
de las mismas será mayor para aquellos conceptos que sean más
importantes respecto al costo de las obras o respecto a su estabilidad o conservación.
Dado el carácter ejecutivo del Pliego, el proyectista deberá establecer
sus condiciones con criterio realista, teniendo en cuenta la tecnología
y métodos de trabajo usuales del mercado nacional e internacional y no
exigiendo, sin justificación suficiente, características que sean
difíciles o penosas de obtener.
En general el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares se redactará
demanera que las obras puedan ejecutarse y terminarse con el solo auxilio de
los documentos Pliego y Planos.
4.- Presupuesto.
El documento Presupuesto estará constituido por los capítulos
siguientes:
- Mediciones.
- Cuadro de precios número 1.
- Cuadro de precios número 2.
- Presupuestos parciales.
- Presupuesto general.
4.1 Mediciones.
Las mediciones se constituirán en apartados coincidentes con los que
se prevén para los presupuestos parciales.
Dentro de cada apartado las mediciones se efectuarán y ordenarán
de modo sistemático, procediendo, en lo posible, de modo paralelo a la
ordenación de los cuadros de precios, que recogerán en grandes
líneas el proceso cronológico de ejecución de las obras.
Los nombres de las unidades de obras medidas serán los mismos que los
que aparecen en los cuadros de precios, agregando las aclaraciones necesarias
para que las unidades queden perfectamente localizadas.
En las mediciones que se realicen por procesamiento de datos en ordenador, se
indicará claramente el origen de dichos datos, su forma de obtención
y el desarrollo secuencial de las operaciones a que son sometidas, presentando
los propios resultados escritos por la impresora del ordenador reproducidos
por cualquier procedimiento gráfico.
Las excavaciones se expresarán en metros cúbicos (m3); los encofrados
en metros cuadrados (m2); las armaduras en kilogramos (Kg); los hormigones en
metros cúbicos (m3). En general se tomarán como unidades de medida
el kilogramo (Kg) y el metro (m). Para unidades de obras ejecutadas en grandes
masas que no puedan definirse con precisión y deban ser medidas en peso,
podrá utilizarse la tonelada (t). Los símbolos de unidades serán
los indicados en la norma UNE 5009.
Con objeto de no repetir en diversos apartados de las mediciones las operaciones
de cubicación correspondientes a elementos iguales, podrá constituirse
un apartado inicial de mediciones auxiliares donde se incluyan, por una sola
vez, cubicaciones detalladas de todos los elementos (secciones tipo, estructuras,
etc.) De tipo repetitivo. Estas mediciones auxiliares no serán, por lo
tanto, motivo de valoración e inclusión en los presupuestos, sino
a través de sus resultados, incluidas en los restantes apartados de las
mediciones.
La medición se efectuará teniendo en cuenta lo previsto en el
apartado «Medición, valoración y abono» del Pliego de Prescripciones
Técnicas Particulares del Proyecto, de manera que no puedan existir contradicciones
entre la medición efectuada para deducir el presupuesto y la que se realice
en la obra ejecutada para proceder a su abono.
Cuando la medición para el presupuesto se refiere a obras realizadas
en un medio o estructura inaccesibles, total o parcialmente, en el período
de confección del proyecto, se hará una valoración estimativa
lo más precisa posible, indicando explícitamente su propio carácter
de estimación, sin perjuicio de la posterior aplicación de los
derechos concedidos a las unidades de imposible determinación.
4.2 Cuadros de precios.
En el proyecto se incluirán dos cuadros de precios, denominados cuadro
de precios número 1 y cuadro de precios número 2.
Ambos documentos son contractuales y los precios consignados serán los
de ejecución material de la unidad de obra a que se refieran.
El cuadro de precios número 1 recogerá para cada precio el nombre
de la unidad de obra a que se refiere cada uno, con un número de orden
establecido de modo correlativo y el precio de ejecución material de
la unidad de obra ejecutada expresado en letra y número.
El cuadro de precios número 2 recogerá el mismo nombre de la unidad
de obra con el mismo número de orden del cuadro de precios número
1. A continuación del nombre se expresarán en número, los
precios de aquellas partes de la unidad de obra abonables en caso de rescisión.
Como suma de ellos se incluirá también, en número, el precio
total, que coincidirá con el cuadro de precios número 1.
En los cuadros de precios número 1 y 2 se podrán incluir unidades
de obra queno figuran en los presupuestos parciales y presupuesto general, en
previsión razonable del empleo de dichas unidades durante la construcción
de las obras.
El cuadro de precios número 2 no constituirá , bajo ningún
concepto una descomposición o justificación del cuadro de precios
número 1, sino un documento contractual similar a éste y redactado
con objeto de valorar las unidades de obra inconclusas aprovechables por la
Administración.
Toda unidad de obra que para la Administración sea únicamente
admisible estando totalmente terminada, no es susceptible en el tratamiento
mencionado en cuanto al cuadro de precios número 2 y se consignará
en éste con la frase «no admite descomposición».
4.3 Presupuestos parciales.
El presupuesto de ejecución material de cada obra se obtendrá
aplicando a las mediciones resultantes los precios del cuadro de precios número
1.
Estas valoraciones se agruparán ordenadamente en capítulos, constituyendo
presupuestos parciales.
Dentro de cada capítulo la ordenación de las valoraciones se efectuará
siguiendo el orden establecido en los precios de los cuadros de precios.
Las valoraciones se efectuarán en formatos que indiquen, respectivamente,
el número de la unidad de obra, el nombre de la unidad de obra, la cantidad
de unidades de obra medidas, el precio unitario, el producto de ambos y los
totales parciales y acumulados de dichos productos.
El número de unidades se tomará de las mediciones, con las mismas
cifras allí expuestas. El nombre, su número y el precio unitario
se tomará del cuadro de precios número 1.
Las valoraciones representadas por partidas alzadas se incluirán en el
capítulo que les corresponda, según su concepto, y después
de las valoraciones de las unidades definidas en cantidad y precio unitario.
4.4 Presupuesto General
El presupuesto general se formará a partir de la suma de los presupuestos
parciales, los cuales quedarán representados en forma de adición
con el título del capítulo correspondiente y con el importe resultante
en el propio presupuesto general. Esta suma constituirá el «Presupuesto
de ejecución material».
El «Presupuesto general de ejecución por contrata», que se expresará
en número y letra, se obtendrá de manera siguiente:
Al de ejecución material se añadirán los gastos que inciden
sobre el contrato, cifrados en los siguientes porcentajes:
a) Del trece por ciento (13%) al diecisiete por ciento (17%) en concepto de
gastos generales de la empresa, gastos financieros, tasas de la Administración
y demás derivados de las obligaciones del contrato.
B) El seis por ciento (6%) en concepto de beneficio industrial del contratista.
A la suma así obtenida se agregará el importe correspondiente
al impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cifrado en el porcentaje vigente
en cada momento.
5.- Estudio de seguridad y salud en las obras.
En los proyectos de obras de infraestructuras locales, deberá formar
parte del proyecto de ejecución de obra un estudio de «Seguridad y salud
en las obras» de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1627/1997, de 24
de octubre («B.O.E. número 256, de 25 de octubre de 1997).
6.- Otros documentos.
En los proyectos de obras que se realicen sobre suelo no urbanizable será
de aplicación lo dispuesto en el Plan Especial de Protección del
Medio Ambiente de La Rioja en cuanto a la redacción de los Estudios de
evaluación de Impacto Medioambiental en los proyectos de obras a realizar
en el medio natural.
4.- Presentación de los proyectos.
A) Titulación.
El título del proyecto se expresará escuetamente. Siempre será
el mismo en todos los documentos con él relacionados.
Tanto en las cubiertas o portadas de los documentos como en los escritos en
que se mencione el proyecto, el título de éste será seguido
de la fecha de su elaboración, expresada por el nombre del mes y año
correspondiente en que se dio fin y firmó el proyecto.
B) Formato.
Las dimensiones de presentación de todos los documentos del proyecto
serán las de la Norma UNE 1011.
El documento de Planos del Proyecto podrá presentarse con las dimensiones
especificadas por la misma Norma para el formato A-3, reducción fotográfica
del formato A-1 que más adelante se señala. Esta reducción
no deberá impedir la perfecta legibilidad.
Cuando las dimensiones de presentación del documento de Planos sean las
de UNE A-4, los planos tendrán normalmente dos líneas verticales
de plegado para adaptar sus dimensiones a las del documento encuadernado. Estas
dimensiones serán en altura la correspondiente al lado menor del rectángulo
definido por la UNE A-3.
Excepcionalmente podrá permitirse un ancho distinto, siempre que la dimensión
corresponda a alguna de las definiciones por las Normas UNE o fracción
de ellas. En todo caso, los anchos especiales de planos siempre se doblarán
para presentarlo en documento de dimensiones A-4.
Queda prohibida, en cualquier caso, la presentación de documentos con
hojas que tengan líneas horizontales de plegado, salvo que se presente
cada hoja alojada en bolsa, de la que pueda extraerse con facilidad para su
extensión. En este caso el tamaño máximo de presentación
de los planos será el A-1, definido por la Norma UNE 1011.
C) Encuadernación.
El proyecto se presentará constituyendo volúmenes de disposición
similar a los libros.
La unión de las hojas se realizará por su lado mayor excepto en
los planos, pudiendo variar el sistema de unión, siempre que el lomo
no resulte de un ancho apreciablemente mayor que el cuerpo del documento.
Cuando el proyecto por su extensión se encuaderne en volúmenes,
estos no tendrán un espesor superior a cinco (5) centímetros para
facilitar su manejo.
Tanto en las portadas como en los lomos de los volúmenes, éstos
irán referenciados con títulos y números indicadores del
orden que ocupa cada volumen en el proyecto para permitir una rápida
localización de los temas.
D) Indices.
Será preceptivo incluir en la Memoria un índice general del proyecto.
Este índice recogerá, en disposición ordenada, hasta los
apartados de menor categoría que estén titulados.
5.- Contenido específico de los proyectos según el tipo de obra.
A continuación se detallan específicamente para cada tipo de infraestructura
local los apartados que contemplan la normativa hasta aquí expuesta:
A) EN PROYECTOS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, REDES LOCALES DE DISTRIBUCIÓN
Y/O SANEAMIENTO DE POBLACIONES
Anejo A.1.- Resumen de características de las obras.
En este Anejo reseñará un breve resumen de las características
principales de las obras proyectadas, de acuerdo con el siguiente modelo, en
el que se suprimirán todos aquellos datos que no tengan relación
con el proyecto:
Ayuntamiento de ...
Número de habitantes del último censo ...
Población de cálculo (25 años) ...
Dotación de cálculo (25 años) ... 1/hab. Día
Volumen de agua diario ... m3/día
Caudal continuo equivalente ... 1/seg.
Procedencia de las aguas ...
Tipo de captación/es ...
Tipo de tratamiento de agua ...
Elevación:
- Altura manométrica ... mts.
- Potencia ... C.V.
- Horas diarias de funcionamiento ... horas
Conducción:
- Longitud total ... mts.
- Diámetros ... mts. De ... mm
- Material ...
- Presiones normalizadas de tuberías ... atm.
Depósito Regulador:
- Tipo ...
- Número de compartimentos ...
- Capacidad ... m3
- Cota absoluta de la solera ...
Red de Distribución:
- Longitud total ... mts.
- Diámetros ... mts. De ... mm
- Materiales ...
- Presiones normalizadas de tuberías ...
Red de Saneamiento:
- Longitud total ... mts.
- Diámetros ... mts. De ... mm
- Materiales ...
- Pozos de registro número ...
- Aliviaderos número ...
Presupuesto de Ejecución por Contrata ... pts.
Presupuesto para conocimiento de la Administración ... pts.
Plazo de ejecución ...
Anejo A.2.- Información básica.
Se incluirán en este anejo todos los datos, existentes y obtenidos con
motivo del proyecto, de carácter topográfico, geológico,
geotécnico, hidrológico e hidrogeológico que permitan el
correcto planteamiento de todas las soluciones, técnica y económicamente
posibles para el abastecimiento y saneamiento, así como la adecuada justificación
y diseño de la solución adoptada y de sus correspondientes estructuras
e instalaciones.
A.2.1.- Topografía y cartografía.
En este anejo se incluirá la siguiente información:
a) Memorándum explicativo de la forma de obtención de la cartografía
que sirve de base al proyecto y, en su caso, el cálculo de las coordenadas
de los hitos y referencias materializados en el terreno para el replanteo de
las obras.
B) Datos para el replanteo. Se realizará un listado de los puntos de
posición de las obras, acompañado de todas las indicaciones topográficas
y datos que los definen a partir de las referencias existentes, para poder situar
dichos puntos sobre el terreno.
En proyectos de presupuesto total inferior a 50 millones de pesetas, podrá
simplificarse la topografía y cartografía a obtener, debiendo
sin embargo incluir como mínimo los siguiente:
- Plantas y perfiles longitudinales de las obras tomados «in situ», a las escalas
señaladas en el punto 2.3.
- En obras lineales (conducciones, emisarios, etc.) Estado de alineaciones.
- Reseñas y croquis de puntos de referencia estables que permitan el
replanteo de las obras.
A.2.2.- Geología y Geotecnia.
Se incluirá una descripción de las características geológicas
y geotécnicas del área general de ubicación de las distintas
obras que componen el proyecto, adecuando su profundidad y alcance a la importancia
relativa de aquéllas respecto al conjunto y respecto al terreno.
Se indicarán los problemas previsibles en base a los datos obtenidos
en los reconocimientos de campo efectuados en los puntos más representativos,
que consistirán al menos en calicatas, y las soluciones adoptadas para
afrontarlos (taludes, entibaciones, drenajes, etc.), así como datos para
conocer la naturaleza y dureza de los terrenos a efectos de excavación,
tanto en zanjas como en obras de fábrica importantes.
Se estudiará igualmente la posible agresividad de los terrenos y aguas
a los materiales proyectados y las soluciones adoptadas, justificándose
con los análisis necesarios.
A.2.3.- Hidrología y/o Hidrogeología.
En aquellos casos en que la importancia de los recursos de agua a obtener o
la garantía de su existencia lo requiera, se incluirán los estudios
hidrológicos o hidrogeológicos realizados y de reconocimiento,
en su caso, de los acuíferos a explotar, todo ello siguiendo las directrices
marcadas por el Centro de Estudios Hidrográficos y el Servicio Geológico
del Ministerio de Fomento.
En todos los casos se incluirán los datos existentes y/o obtenidos de
los recursos a captar, aforos, etc., que justifiquen sus volúmenes y
garantías.
A.2.4.- Situación actual de las obras existentes.
La situación actual de las obras existentes de abastecimiento y/o saneamiento
se analizará con la suficiente precisión para asegurar la cooperación
de los dos sistemas, existente y proyectado, y comprobar la exactitud de las
hipótesis admitidas y cálculos efectuados en el nuevo proyecto.
Anejo A.3.- Justificación de soluciones.
Como mínimo serán las siguientes:
A.3.1.- Estudio de necesidades de agua.
Se justificará la evolución en el tiempo de las necesidades de
agua a partir de los datos actuales de población, industrial y otros
usos de agua, su crecimiento y de la dotación unitaria.
Dichas necesidades se computarán para un horizonte de 25 años
a partir de la fecha de redacción del proyecto.
Las demandas calculadas de esta forma comprenden todos los usos del agua dentro
de la población.
Para las zonas de promoción industrial que puedan establecerse, se puede
adoptar la dotación específica de 1 l/seg. Y ha. De zona industrial.
Como dotaciones utilizadas para fines agropecuarios, se tomarán las siguientes:
GANADO DOTACIÓN
Vacuno 80 l/c/día
Porcino 25 l/c/día
Cunícoloa-Aviar 0,5 l/c/día
Lanar 10 l/c/día
Caballar 80 l/c/día
Estas dotaciones se suponen cuando el ganado está estabulado dentro de
la población.
A.3.1.1.- Estimación de la población.
Para la estimación de la población futura se harán los
estudios y justificaciones necesarias.
Se tomarán como base las poblaciones del último censo realizado,
así como las de los censos de los 10, 25 y 50 años anteriores,
calculándose las tasas de crecimiento anual acumulativo correspondientes
a los intervalos entre cada uno de estos censos y el último realizado.
En todos los casos en que estas tasas resultan insuficientemente coherentes
entre sí o representan un crecimiento de la población igual o
mayor del 3% anual, se requerirá un estudio específico. En los
demás casos se adoptará como tasa de crecimiento aplicable al
futuro, la correspondiente al período de los últimos diez años.
Podrán incluirse, si ha lugar, reseñas complementarias de aumentos
estacionales de población por razones turísticas o de cualquier
índole, señalando las temporadas en que se producen. El consumo
correspondiente a la población estacional se considerará a dotación
constante a lo largo del tiempo, es decir, que no se afectará del aumento
anual acumulativo que se prescribe a continuación.
A.3.1.2.- Estimación de la dotación.
Las dotaciones, salvo justificación específica en contra, serán
las siguientes:
NÚCLEOS DE POBLACIÓN CON DOTACIÓN
UN NUMERO DE HABITANTES L/HAB. DÍA
Menor de 1.000 180
Entre 1.000 y 5.000 250
Entre 5.000 y 50.000 300
mayor de 50.000 350
En estas dotaciones están contadas todas las posibles utilizaciones del
agua dentro del núcleo, pérdidas inclusive, a excepción
de las señaladas específicamente en el apartado A.3.1.
Se considera un aumento anual acumulativo del 2% de la dotación asignada
para poblaciones de hasta 5.000 habitantes de hecho y del 1% para poblaciones
mayores de 5.000 habitantes, mientras que la dotación de la población
estacional será constante.
El año de inicio del crecimiento de dotación será el de
la publicación de la presente Normativa.
A.3.2.- Estudio de disponibilidades de agua.
Se estudiarán las distintas fuentes posibles de suministro de agua, realizándose
e incluyéndose en este anejo, los correspondientes análisis físico-químicos
y bacteriológicos del agua realizados por el laboratorio oficial de la
Dirección General de Salud y Consumo de La Rioja, que permitan enjuiciar
sobre su idoneidad para el uso al que está destinado.
En el estudio de calidad del agua se investigará su posible toxicidad
por contaminación derivada de fertilizantes, insecticidas y demás
productos de uso agrícola y de vertidos industriales, en aquellos casos
en que existan fundadassospechas de su presencia.
Se determinará la definición que corresponda con arreglo a la
Reglamentación técnico-sanitaria para el abastecimiento y control
de calidad de las aguas potables de consumo público, aprobada por Real
Decreto 1138/1990, de 14 de septiembre («Boletín Oficial del Estado»
número 226, de 20 de septiembre de 1990).
Cuando la fuente de suministro sea subálvea deberá justificarse
adecuadamente la capacidad del acuífero y la forma de su explotación
de manera que se asegure el servicio con garantía suficiente para el
abastecimiento, teniéndose muy en cuenta las explotaciones existentes
en la medida que éstas puedan ser afectadas por aquélla.
En caso de que exista alguna duda sobre la posibilidad de obtener los caudales
precisos, se propondrán los trabajos de prospección y captación
que se juzguen necesarios para conformar la existencia de dichos caudales, que
deberán llevarse a cabo y arrojar resultado positivo antes de proceder
a la contratación de las obras objeto del proyecto.
A.3.3.- Justificación de la solución adoptada.
En este anejo se incluirán los estudios para la elección y justificación
de la solución más conveniente a partir de las consideradas como
posibles.
Anejo A.4.- Cálculos justificativos.
Este anejo tiene por objeto presentar los estudios justificativos de las dimensiones
de cada una de las obras que componen el abastecimiento y el saneamiento, desde
el punto de vista funcional, hidráulico y resistente.
A.4.1.- Regulación y captación.
A partir de los datos generales de la capacidad mínima de regulación
y punto de toma justificados en los anejos anteriores, se proyectará
el sistema de toma, justificándose la disposición y dimensiones
mediante los tres estudios siguientes:
A.4.1.1.- Estudio funcional.
Se estudiarán detalladamente cada uno de los elementos básicos
en este tipo de obras, analizándose su funcionamiento de tal manera que
la disposición del conjunto asegure una funcionalidad conveniente, tanto
constructiva como de explotación; se considerarán como elementos
básicos los siguientes.
- Elementos de regulación (presa de embalse si lo precisa).
- Elementos de derivación y protección (rejillas, arenero, transición
de toma, etc.).
- Elementos de control (aforos).
- Elementos de seguridad (aliviadero, sifones, etc.).
A.4.1.2.- Cálculos hidráulicos.
Se incluirán los cálculos hidráulicos, para distintas hipótesis
de funcionamiento, de cada una de las obras constitutivas de la regulación
y toma, justificando el dimensionamiento adoptado. Se realizarán, asimismo,
los cálculos hidrológicos para la obtención de los caudales
de máximas avenidas a evacuar.
A.4.1.3.- Cálculos estáticos-resistentes.
Será preceptivo el cálculo estático-resistente justificativo
del dimensionamiento estructural de cada una de las obras proyectadas, de acuerdo
con las normas vigentes, para las condiciones de funcionamiento más desfavorables.
A.4.2.- Conducción.
Se justificará el proyecto de la obra de conducción seleccionada
en los aspectos siguientes:
A.4.2.1.- Trazado.
Dado que el trazado general ha sido justificado en el anejo correspondiente
se razonarán aquí los criterios básicos utilizados en los
detalles del mismo, es decir:
- Sección adoptada.
- Radios mínimos de curvas en plantas y alzado o bien ángulos
mínimos en codos.
- Pendientes y puntos altos y bajos.
- Piezas especiales, ventosas, válvulas, etc.
- Justificación de la adopción de soluciones especiales (túneles,
acueductos, galerías, etc.).
A.4.2.2.- Obras de fábrica.
Se justificarán las soluciones de obras tipo utilizadas para pasos de
vaguadas y caminos, arquetas, transiciones, etc.
A.4.2.3.- Dimensionamiento.
Se estudiará en sus dos aspectos:
A.4.2.3.1.- Dimensionamiento hidráulico.
Cada una de las obras anteriormente señaladas deberá dimensionarse
hidráulicamente de acuerdo a las teorías comúnmente aceptadas,
siendo obligatoria la inclusión de todos los cálculos realizados,
al igual que la de todas las fórmulas o hipótesis que hubiesen
informado su realización.
Será preceptivo el cálculo de velocidades y pérdidas de
carga lineales y localizadas para el caudal nominal de proyecto, y se considerarán
rechazables todas aquellas soluciones que en condiciones normales de servicio
impliquen velocidades fuera del rango comúnmente aceptado para los distintos
tipos de sección y materiales.
Como consecuencia de este estudio hidráulico de la conducción
y de las obras intercaladas se dibujará la línea piezométrica,
en régimen uniforme, de la conducción.
Cuando existan tuberías forzadas se determinarán los timbrajes
de cada uno de los tramos en que pueda subdividirse la conducción, a
cuyo objeto se calcularán la carga estática, las presiones de
régimen normal y las sobrepresiones debidas a regímenes transitorios,
seleccionándose, a efectos de dimensionamiento, aquellas que impliquen
para cada tramo el estado tensional más desfavorable. Para el caso de
régimen transitorio será de especial interés el estudio
del golpe de ariete producido por una súbita detención del equipo
de bombeo o por el cierre de una compuerta, y de los dispositivos, en su caso,
que permitan su amortiguamiento.
A.4.2.3.2.- Dimensionamiento estático-resistente.
Para las soluciones basadas en tuberías de diámetro superior a
250 mm. Deberán comprobarse las solicitaciones debidas a las cargas de
terreno y tráfico y posibles sobrepresiones, en tanto que para aquella
que utilicen canales en lámina libre, se adoptarán unos taludes
laterales compatibles con las condiciones geotécnicas del terreno, cuya
estabilidad se comprobará con el oportuno cálculo, o bien cajeros
de fábrica cuya estabilidad y resistencia se comprobará igualmente.
A.4.2.4.- Piezas especiales.
Será de aplicación lo señalado en el punto A.4.4.4.
A.4.3.- Depósitos.
La función de los depósitos es, fundamentalmente, fijar la carga
necesaria en la red y actuar de elemento regulador entre los regímenes
de aportación y de demanda; además, pueden destinarse al almacenamiento
del volumen de agua necesario para atender al servicio durante averías
en la conducción. Estas funciones pueden superponerse o no en un mismo
depósito.
La capacidad de los depósitos deberá responder en todo caso a
su función.
El tipo de depósitos más usual en abastecimientos es el regulador
del suministro. Es el depósito que recibe el agua de la conducción
y alimenta la red de distribución. Estos depósitos deben ubicarse
en puntos altos del terreno de forma que la línea piezométrica
en la red de distribución, a pleno consumo, sobrepase en 15 metros por
lo menos la parte más alta de las edificaciones normales sobreelevada
en una altura igual a la pérdida de carga interior de las mismas; es
recomendable que las cargas estáticas sobre la red no excedan de sesenta
metros (60 m.) Por lo que en poblaciones con grandes desniveles podrá
ser conveniente intercalar en las arterias válvulas reductoras de presión
o bien, si por otras circunstancias es económicamente ventajoso, fraccionar
en varios depósitos la capacidad de regulación total.
La capacidad de los depósitos reguladores de suministro se determinará
en función del régimen de las aportaciones, debiendo ser la necesaria
para la regulación diaria del volumen de agua correspondiente al día
de máximo consumo y disponer, además, de un cierto volumen de
reserva para hacer frente a posibles contingencias, tales como averías
en la conducción, incendios, etc. Salvo justificación en contrario,
se tomará una capacidad comprendida entre una y dos veces el máximo
consumo diario, que podrá ser incrementado en un volumen de 60 a 240
m3 como reserva para hacer frente a un posible incendio en función de
los siguientes casos:
POBLACIÓN DE HECHO VOLUMEN RESERVA
(AÑO HORIZONTE) M3
Menor de 500 60
De 500 a 5.000 120
Más de 5.000 240
En aquellos casos en que no se disponga de una altura topográfica conveniente
para situar el depósito, deberá recurrirse a grupos sobrepresores
o depósitos elevados.
Deberán estudiarse los dos aspectos siguientes:
A.4.3.1.- Estudio funcional.
Fijado, el volumen a almacenar y el respectivo emplazamiento, se procederá
a dimensionar los depósitos que fueran necesarios, de acuerdo con criterios
que establezcan la máxima funcionalidad del conjunto, compatible con
la más completa tipificación posible de obras y mecanismos, teniendo
en cuenta los depósitos existentes que se mantengan en servicio.
El diseño volumétrico y arquitectónico lo fijará
el proyectista, el cual deberá justificar convenientemente la solución
adoptada.
Deberán considerarse en todos los casos los siguientes aspectos:
- Estudio geotécnico de la zona de implantación.
- Camino de acceso y suministro de energía eléctrica.
- Obra de conducción del aliviadero hasta un punto de vertido con capacidad
suficiente para evitar efecciones en la zona.
- Evacuación de aguas pluviales y drenaje inferior de la solera en sistemas
diferenciados.
- Posible división de la capacidad del depósito en dos cámaras
totalmente independientes que permitan las labores de limpieza, mantenimiento
y reparación.
- Situación o diseño de la o las cámaras de válvulas;
señalándose tuberías de llegada, toma, desagüe y vertido.
- Ventilación.
- Aislamiento térmico.
- Estanqueidad.
- Protección frente a contaminaciones.
- Iluminación.
- Adecuación al entorno ambiental.
- Sistema de prueba de estanqueidad del depósito para la recepción
de la obra.
A la salida de los depósitos deberán disponerse medidores que
permitan conocer el caudal servido.
A.4.3.2.- Cálculos estáticos-resistentes.
El dimensionamiento estructural de los depósitos se realizará
teniendo en cuenta las siguientes solicitaciones:
- Las cargas permanentes: peso propio y cargas muertas.
- Sobrecargas: de construcción, explotación y climáticas.
- Acciones indirectas: geológicas, térmicas y sísmicas,
en su caso.
La metodología de cálculo de secciones se hará siguiendo
las normas vigentes, según el tipo de material que se trate, a este respecto,
se tendrá muy en cuenta la comprobación a fisuración, con
el fin de conseguir una completa estanqueidad.
Será preceptivo el cálculo de las cimentaciones, para lo cual
se deberá tener un adecuado conocimiento de las características
mecánicas del terreno.
Merecerá también atención el análisis de las juntas,
que juegan un papel esencial, no sólo a efectos de la contracción
o dilatación térmica, sino en el cálculo resistente de
los distintos elementos.
Deberá justificarse igualmente los recubrimientos exigidos a las armaduras
(valor mínimo recomendado en parámetros en contacto con el agua:
30mm.).
A.4.4.- Red de distribución.
La tipología y trazado de la red se justificará con los correspondientes
estudios comparativos, recomendándose con carácter general el
diseño de redes malladas, o semimalladas según casos.
A.4.4.1.- Dimensionamiento.
Se dimensionará la red teniendo en cuenta los aspectos siguientes:
Caudales necesarios en los distintos nudos, obtenidos a partir de la distribución
topográfica de la población, de la demanda industrial y de otros
usos.
Salvo justificación en contra, se adoptará un caudal punta 2 4
veces el caudal medio.
Establecidos los caudales a suministrar, debe fijarse un rango de velocidades
de circulación de agua en las tuberías; a tal efecto se recomiendan
los siguientes valores:
DIÁMETRO M/M VELOCIDAD (M/SEG.)
> 500 De 2,00 - 2,50
De 350 a 500 De 1,50 - 2,00
De 150 a 350 De 1,00 - 1,50
De 150 a 100 De 1,00 - 0,60
< 100 0,60
En los cálculos hidráulicos de la red de distribución se
acompañará un diagrama o esquema con expresión de diámetros,
caudales, velocidades de circulación, pérdidas de cargas, y presiones
disponibles sobre el terreno en los nudos de la red. Dichos cálculos
se recomienda llevar a cabo como mínimo en las dos hipótesis siguientes.
A) Hipótesis normal.
Máximo consumo de los usuarios, con las dotaciones y coeficientes puntas
señalados, al que se añadirán los caudales instantáneos
derivados de la utilización de bocas de riego situadas en los puntos
más desfavorables de la red y en las siguientes condiciones:
POBLACIÓN Nº DE BOCAS CAUDAL POR BOCA
(DE HECHO AÑO HORIZ.) FUNC. SIMULTANEA (L/SEG.)
Menor de 500 1 2
De 500 a 5.000 3 3
Más de 5.000 5 3
Se comprobará que la presión disponible en las bocas de riego
en funcionamiento no sea inferior a 2 Kg/cm2.
B) Hipótesis de demanda por incendio:
Consumo medio de los usuarios, es decir, sin coeficientes punta, más
el caudal contraincendios situados en los puntos más desfavorables de
la red que a continuación se detalla, según rangos de población.
POBLACIÓN Nº DE HIDRANTES CAUDAL
(DE HECHO AÑO HORIZ.) FUNC. SIMULTANEO (L/SEG.)
Menor de 500 hab. 1 (tipo 100 m/m) 8,33
De 500 a 5.000 hab. 2 (tipo 100 m/m) 16,66
Más de 5.000 4 (tipo 100 m/m) 33,33
Se comprobará en esta hipótesis que la presión mínima
en los hidrantes supere 10 m.c.d.a.
Se recomienda, salvo justificación en contra, que la carga estática
no supere las 6 atmósferas y la presión mínima en el piso
más alto de una casa no sea menor de 1 5 atmósferas.
Cuando se trate de utilizar redes existentes, si el Municipio u Organismo encargado
de este servicio no tiene los datos de funcionamiento de dicha red, deberá
ocuparse el proyectista de la obtención de los mismos datos.
A.4.4.2.- Trazado de la red.
Deberán proyectarse, para asegurar un mejor reparto de la presión,
garantizar el suministro y evitar finales de tuberías en los que puedan
producirse problemas de contaminación, redes malladas adaptadas al trazado
de las calles o espacios públicos no edificables de acceso libre permanente,
excepto en aquellos núcleos muy pequeños o dispersos en los cuales
podrán utilizarse trazados ramificados.
Se deberá considerar la conveniencia de ubicar la tubería de cada
calle bajo una de las aceras y disponer, a la interdistancia adecuada, ramales
transversales para el servicio de los edificios de la acera opuesta, a menos
que la anchura de la calle y su importancia en cuanto al servicio justifiquen
la implantación de tuberías en ambas aceras.
En el caso de aceras estrechas o inexistencia de éstas, podrá
proyectarse la tubería bajo la calzada.
Los sectores en que pueda dividirse la red, mediante válvulas de seccionamiento,
deberán disponer de una descarga en el punto más bajo de la misma.
Su ubicación permitirá el vaciado total del sector a desaguar.
Se conectarán preferentemente a un pozo de la red de pluviales (si existe)
o bien a cauces naturales, y en último extremo a un pozo de la red de
alcantarillado, vertiendo necesariamente a cota elevada y garantizando en cualquier
caso la imposibilidad de retorno.
A.4.4.3.- Materiales de las conducciones.
Deberán estudiarse y justificarse el empleo de los distintos materiales
posibles según tramos, teniendo en cuenta su idoneidad en los aspectos:
- Funcional, hidráulico y resistente.
- Constructivo.
- Durabilidad.
- Económico.
En el caso de que el material seleccionado en las conducciones sea metálico,
se realizarán los correspondientes estudios de agresividad de los suelos,
adoptándose las medidas oportunas de protección de estos materiales
contra la corrosión.
A.4.4.4.- Piezas e instalaciones especiales.
Las piezas especiales consisten principalmente en:
- Válvulas de seccionamiento intercaladas.
- Aparatos de medida.
- Válvulas de compuerta con accionamiento telescópico.
- Piezas especiales de bifurcación en las tuberías.
- Reductores de presión.
- Hidrantes y bocas de riego.
- Ventosas.
Deberá definirse la disposición, características, materiales,
etc. de todos los elementos en la red, justificándose su misión
en el conjunto teniendo en cuenta las exigencias funcionales de la explotación,
la seguridad en el servicio y su durabilidad.
Cada pieza o conjunto de piezas especiales deberá alojarse en una arqueta
con dimensiones que permitan el acceso y maniobra de los distintos elementos;
en aquellos casos en que sea posible deberá disponerse un drenaje que
garantice la evacuación de posibles acumulaciones de agua.
También podrán disponerse válvulas de seccionamiento enterradas
con accionamiento telescópico.
Cuando se proyecten válvulas de compuerta, éstas deberán
cumplir las siguientes exigencias:
- Fondo liso sin entalladura de encaje.
- Elemento de obturación móvil recubierto de material elástico.
- Juntas tóricas de estanqueidad en el eje.
Los hidrantes cumplirán la Normativa vigente -de la Administración
Estatal, Autonómica y/o Municipal- en materia contra incendios.
A.4.5.- Red de saneamiento.
Deberán estudiarse los siguientes aspectos:
A.4.5.1.- Tipología y dimensionamiento.
Se justificará en base a las circunstancias locales pertinentes el tipo
de red adoptado: unitaria, separativa o mixta.
El dimensionamiento abarcará los dos aspectos principales: caudales de
aguas negras y caudales pluviales. Deberán estudiarse para las distintas
zonas las aportaciones de ambas procedencias.
Para el cálculo hidráulico de las conducciones de saneamiento
se utilizará preferentemente la fórmula de Manning.
A.4.5.1.1.- Caudales de aguas negras.
Se tomarán los mismos valores que los obtenidos para la red de distribución.
A.4.5.1.2.- Caudales de aguas pluviales.
La determinación de los caudales de lluvia se efectuará por el
método racional.
Para el dimensionamiento de los conductos, salvo estudio económico especial
de daños-inversiones para evitarlos, se considerará un período
de recurrencia de diez años.
A.4.5.2.- Trazado.
El trazado de la red se proyectará de forma que discurra en zonas urbanas
por las calles de manera que pueda accederse fácilmente desde las mismas
durante la explotación.
Cuando sea posible, por la anchura de las aceras y situación de la red
de distribución de agua, se proyectarán los conductos de la red
de saneamiento bajo las aceras.
La situación en alzado se proyectará a una profundidad tal que
se asegure el drenaje de las edificaciones actuales y futuras excluyéndose
el caso de sótanos, y que impida todo riesgo de contaminación
de las aguas del abastecimiento: el punto más elevado de la sección
no deberá estar a menos de 1,00 m. Por debajo de la superficie del terreno
salvo justificación en contrario y siempre al menos 0,30 m. Por debajo
de la tubería de la red de distribución, de la que deberá
estar separada en horizontal como mínimo también 0,30 m., distancias
medidas entre generatrices más próximas.
Son inadmisibles los escalones ascendentes en solera y en clave sin pozo de
registro.
A.4.5.3.- Conductos.
En los conductos, según dimensiones y condiciones, se empleará
preferentemente como material, gres, P.V.C., polietileno, hormigón en
masa (ASTM C14) o armado (ASTM C76), realizado con cemento puzolánico
o sulfo-resistente, en el caso de que la calidad de las aguas residuales y características
del terreno lo exijan, o en otros materiales, debiendo justificar en cada caso
la elección, atendiendo a los aspectos señalados en A.4.4.3.
Tanto los conductos como los elementos de la red deben garantizar la estanqueidad
del conjunto.
Para el dimensionamiento se tendrán en cuenta las exigencias de la explotación
y del funcionamiento hidráulico y estático resistente.
El diámetro mínimo en las conducciones de alcantarillado se establece
en D.N. 250 m/m en tuberías de P.V.C., o polietileno, y D.N. 300 m/m
para el resto de materiales. En acometidas el diámetro mínimo
a utilizar será de 160 m/m.
A efectos del cálculo de la red de saneamiento, salvo justificación
en contra, se recomiendan las siguientes pendientes y velocidades.
PENDIENTE
DIÁMETRO CONDUCCIÓN MÍNIMA MÁXIMA
Acometidas 1:100 7:100
D200 - D300 3:1000 7:100
D300 - D600 2:1000 4:100
D600 - D1000 1:1000 2:100
D1000 - D2000 3:10000 1:100
MATERIAL VELOCIDAD MÁXIMA VELOCIDAD MÍNIMA
Hormigón 4 m/s
0,6 m/s
PVC 5 m/s
Dado que los colectores presentan caudales variables a lo largo de su trazado
por incorporación de afluentes, podrá estudiarse independientemente
cada tramo de caudal constante, suponiendo régimen uniforme.
En el dimensionamiento estático-resistente deberá tenerse en cuenta
el comportamiento de las secciones para las solicitaciones:
- Peso propio.
- Peso de tierras y otras cargas muertas.
- Empuje de tierras.
- Empuje de aguas.
- Sobrecarga de tráfico.
- Subpresión.
Deberán considerarse, asimismo, las sobrecargas que puedan producirse
durante la construcción y estudiar el proceso constructivo de la sección
transversal en caso de que éste afecte a su resistencia en etapas intermedias
del mismo.
En cuanto a las tensiones o deformaciones admisibles en el material, a efectos
de dimensionamiento, se seguirán las normas vigentes.
A.4.5.4.- Obras especiales.
Deberán tenerse en cuenta las siguientes observaciones en su proyecto:
a) Pozos de registro.
Se ubicarán pozos de registro en: inicio de ramal, puntos de quiebro,
tanto en planta como en alzado; puntos de reunión de dos o más
ramales; puntos de cambio de diámetro de la conducción; incorporación
de acometidas que lo exija por su diámetro en relación al del
colector.
Para conducciones de DN inferior a 500 m/m la separación máxima
entre pozos será de 50 mts.; en el caso de conducciones con DN superior
a 500 m/m la interdistancia máxima será de 70 mts.
Su diseño deberá garantizar la estanqueidad tanto de la obra de
fábrica del pozo como de las uniones con los conductos concurrentes o
bien, entre las uniones de los elementos modulares en el caso de pozos prefabricados.
Las juntas entre anillos de pozos prefabricados deberán ser totalmente
estancas.
Los pozos de registro serán de hormigón construidos «in situ»
o prefabricados. Para redes de conductos de 300 y 500 m/m el diámetro
interior del pozo será de 1,10 mts., y de 1,20 mts. Para redes con conductos
superiores a 500 m/m.
La boca de acceso al pozo será de diámetro 600 m/m cerrada con
tapa de fundición nodular normalizada. El acceso al interior del pozo
se efectuará mediante pates normalizados colocados en obra «in situ»
y con separación entre ellos de 0,30 mts.
B) Aliviaderos.
Podrán intercalarse en la red para evacuar caudales de crecidas que produzcan
una dilución admisible de las aguas negras, estudiando adecuadamente
el desagüe y el vertido desde los puntos de vista técnico, sanitario
y medioambiental.
Los aliviaderos se proyectarán para verter a partir de un caudal 5 Qn,
siendo Qn el caudal de aguas negras circulante en el tramo considerado.
A.4.6.- Tratamiento de las aguas.
Este tipo de instalaciones, según su importancia y complejidad, puede
requerir la utilización de elementos y mecanismos de marcas comerciales
o patentadas y la posibilidad de participación o asesoramiento de casas
especializadas. Por ello podrán incluirse en el proyecto general solamente
las instalaciones sencillas de tratamiento -cloración-. En los otros
casos, la contratación de las instalaciones podrá llevarse a cabo
independientemente, a cuyo efecto la entidad local correspondiente podrá
optar entre las alternativas de convocar concurso de proyecto y obra entre casas
especializadas o bien contratar las obras en base a un proyecto específico
comprensivo de las instalaciones de tratamiento. En el primer caso, el proyecto
general de abastecimiento deberá incluir:
- Definición y justificación del proceso.
- Definición y dimensionamiento aproximado de las obras civiles necesarias,
así como la tipología de la maquinaria a instalar.
- Cálculo aproximado del costo de las obras civiles e instalaciones especiales.
- Pliego de bases técnicas para el concurso de proyecto y obra de las
instalaciones. Este pliego de bases es independiente del Pliego de Prescripciones
técnicas particulares del proyecto.
A.4.7.- Centrales de bombeo.
En el proyecto deberá incluirse:
a) Definición y justificación de la disposición del conjunto
de la o las impulsiones, instalaciones eléctricas correspondientes, etc.,
debiendo acompañar un plano de ubicación, a escala apropiada,
con el emplazamiento de cada una de ellas.
B) Definición y dimensionamiento hidráulico y estructural de cada
una de las obras civiles asociadas con la o las impulsiones, recomendándose
en este último caso una adecuada tipificación. Será preceptivo
el estudio de los siguientes elementos, de acuerdo con las características
establecidas en el apartado A.4.7.1.
- Casa de bombas.
- Centro de transformación.
- Cámara de toma y aducción de bombeo.
- Sistema de interconexión con el resto de las obras del abastecimiento
o saneamiento, incluyendo dispositivos de funcionamiento automático o
sistemas de telemando y telecontrol.
A.4.7.1.- Características de la estación de bombeo.
- Número de grupos (en orden al caudal y sistema de explotación).
- Rendimiento exigido.
- Caudal nominal.
- Altura geométrica.
- Pérdidas de carga en la impulsión.
- Altura manométrica.
- Altura de aspiración.
- Dispositivo contra golpe de ariete y sobrepresión máxima admisible.
- Estimación de la potencia instalada a efectos de valoración
de los costes de funcionamiento.
Debiendo establecer, adicionalmente, las pruebas a exigir y la forma de medición
de los distintos parámetros a comprobar.
A.4.7.2.- Instalación eléctrica.
En lo referente a la instalación eléctrica se estudiarán
los siguientes conceptos:
- Puntos de toma de fuerza.
- Características exigibles a las líneas de transmisión.
- Características exigibles a los transformadores.
- Características exigible a los equipos de control y protección.
B) EN PROYECTOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS
DE LINEAS DE ALTA TENSIÓN, CENTROS DE TRANSFORMACIÓN Y REDES DE
BAJA TENSIÓN
Además de lo especificado con carácter general, en la redacción
del proyecto, así como en la ejecución de las obras, se aplicarán
las disposiciones, prescripciones y normas contenidas en los Reglamentos e Instrucciones
siguientes:
a) Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión,
aprobado por Decreto 3.151/1968, de 28 de noviembre, publicado en el «Boletín
Oficial del Estado» de 27 de diciembre del mismo año.
B) Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad
en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación,
aprobado por el Real Decreto 3.275/1982, de 12 de noviembre, publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» de 1 de diciembre del mismo año.
C) Instrucciones Técnicas complementarias del Reglamento sobre condiciones
y garantías de seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones
y Centros de Transformación, aprobadas por la Orden del Ministerio de
Industria y Energía de 6 de julio de 1984, publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» de 1 de agosto del mismo año.
D) Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por el
Decreto del Ministerio de Industria 2.413/1973, de 20 de septiembre, publicado
en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de octubre del mismo año.
E) Instrucciones complementarias, denominadas instrucciones MIBT, con arreglo
a lo dispuesto en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión,
aprobadas por las Ordenes del Ministerio de Industria de 31 de octubre de 1973,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 27, 8 y 29 de diciembre
del mismo año.
F) Todas las ampliaciones e interpretaciones publicadas posteriormente relacionadas
con los Decretos y Ordenes anteriormente mencionadas.
G) Normas particulares de la empresa suministradora de energía eléctrica.
H) Los materiales, aparatos y máquinas integrados en las instalaciones
eléctricas, cumplirán tanto en sus características constructivas,
como en su utilización en las obras, lo que al respecto prescriben las
normas UNE y las recomendaciones UNESA que les sea de aplicación. Asimismo,
se ajustarán a las normas de las Empresas Eléctricas suministradoras
de energía eléctrica y en su defecto, se aplicarán las
normas NI.
Cuando el proyectista de una instalación prevea la utilización
de aplicación de nuevas técnicas o se planteen circunstancias
no previstas en los Reglamentos, Instrucciones y Normas mencionadas en el apartado
anterior podrá justificar la introducción de innovaciones técnicas
señalando los objetivos y experiencias, así como normas y prescripciones
que aplica.
C) EN PROYECTOS Y EJECUCIÓN DE OBRAS DE ALUMBRADO PUBLICO
1º.- Además de lo especificado con carácter general, en la
redacción del proyecto, así como en la ejecución de las
obras, se aplicarán las disposiciones, prescripciones y normas contenidas
en los Reglamentos e instrucciones siguientes:
a) Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad
en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación,
aprobado por el Real Decreto 3.275/1982, de 12 de noviembre, publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» de 1 de diciembre del mismo año.
B) Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, aprobado por el
Decreto del Ministerio de Industria 2413/1973, de 20 de septiembre, publicado
en el «Boletín Oficial del Estado» de 9 de octubre del mismo año.
C) Instrucciones complementarias, denominadas instrucciones MIBT, con arreglo
a lo dispuesto en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión,
aprobadas por la Orden del Ministerio de Industria, de 31 de octubre de 1973,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 27, 28 y 29 de diciembre
del mismo año.
D) Normas particulares de la empresa suministradora de energía eléctrica.
E) Instrucciones para alumbrado urbano del Ministerio de Obras Públicas
y Urbanismo.
F) Recomendaciones del Comité Español de Iluminación.
G) Los materiales, aparatos y máquinas integrados en las instalaciones
eléctricas, cumplirán tanto en sus características constructivas,
como en su utilización en las obras, lo que al respecto prescriben las
normas UNE y las recomendaciones UNESA que les sea de aplicación. Asimismo,
se ajustarán a las normas de las Empresas Eléctricas suministradoras
de energía eléctrica y en su defecto, se aplicarán las
normas NI.
2º.- Clasificación de las vías a iluminar.
Al objeto de definir los niveles de iluminación y uniformidades a adoptar
en cada tipo de vía, se tendrá en cuenta la siguiente clasificación:
Tipo «A»: Carreteras de la Red Nacional.
Tipo «B»: Carreteras de la Red Autonómica.
Tipo «C»: Plazas, paseos y calles principales, con tráfico importante
depeatones y/o vehículos.
Tipo «D»: Plazas, paseos y calles principales de núcleos urbanos con
poco tráfico.
Tipo «E»: Calles secundarias y vías industriales.
Tipo «F»: Calles y caminos de extramuros de uso esporádico.
3º.- Niveles lumínicos orientativos a adoptar.
ILUMINACIÓN EN
TIPO DE VÍA SERVICIO (LUX) UNIFORMIDADES
Tipo A 24 U. Med. 65%
U. Gen. 35%
Tipo B 20 U. Med. 60%
U. Gen. 30%
Tipo C 24 U. Med. 65%
U. Gen. 35%
Tipo D 20 U. Med. 60%
U. Gen. 30%
Tipo E 15 U. Med. 50%
U. Gen. 25%
Tipo F 10 U. Med. 30%
U. Gen. 10%
El factor de depreciación considerado para la obtención de estos
niveles en servicio será de 0 7.
E. Min. E. Min
U. Med.= _______ U. Gen. = _______
E. Med. E. Máx.
Anejo C.1.1.- Resumen de características de las obras.
En este Anejo se reseñará un breve resumen de las características
principales de las obras proyectadas, de acuerdo con el siguiente modelo:
- Ayuntamiento ...
- Número de puntos de luz ...
- Potencia por punto de luz ...
- Potencia total de la instalación ...
- Tensión de alimentación ...
- Sección del conductor ...
- Clase de conductor ...
- Tipo de canalización ...
- Altura de montaje ...
- Interdistancia ...
- Disposición:
* Unilateral
* Tresbolillo
* Pareada
- Presupuesto de Contrata ...
- Presupuesto para conocimiento de la Administración ...
- Plazo de ejecución de las obras ...
D) EN PROYECTOS DE PAVIMENTACIONES
Además de lo especificado con carácter general, se deberán
considerar los aspectos que a continuación se enumeran.
1º.- Resumen de características de las obras
En este Anejo se reseñará un breve resumen de las características
principales de las obras proyectadas, de acuerdo con el siguiente modelo, en
el que se suprimirán todos aquellos datos que no tengan relación
con el proyecto, o por el contrario, el proyectista incluirá los que
estime necesarios para la correcta definición de las características
de las obras.
- Ayuntamiento ...
- Viales:
* Superficies/ Espesor/ Materiales
M.B.
Hormigón
Adoquín
Otros
- Plazas:
* Superficies/ Espesor/ Materiales
M.B.
Hormigón
Adoquín
Otros
- Aceras:
* Superficies/ Materiales
Hormigón
Baldosa
Adoquín
Otros
- Caminos Locales:
* Longitud
* Anchura media
* Espesor
* Materiales
* Longitud de cuneta revestida
- Red de pluviales:
* Longitud total ... mts.
* Diámetros ... mts. De ... m/m.
* Materiales
- Presupuesto de Contrata ... pts.
- Presupuesto para conocimiento de la Administración ... pts.
- Plazo de ejecución de las obras ... meses
2º.- Información básica
Además de lo especificado con carácter general, se considera conveniente
la inclusión de un conjunto de fotografías representativas del
estado actual.
3º.- Cálculos estático-resistentes e hidráulicos.
Se incluirán los cálculos estático-resistentes justificativos
del dimensionamiento estructural de las obras de fábrica proyectadas
de acuerdo con las normas vigentes para condiciones de funcionamiento más
desfavorables.
Se incluirán, asimismo, los cálculos hidráulicos e hidrológicos
necesarios para la obtención de las capacidades de desagüe y caudales
de máximas avenidas a evacuar.
Este anejo no será preceptivo para las pequeñas obras de fábrica
(salvacunetas, cruces de camino, etc.).
4º.- Dimensionamiento de firmes.
Para el cálculo del espesor del firme, se considerarán básicamente
los parámetros siguientes: calidad de la explanada de apoyo, nivel de
tráfico y período de proyecto.
Planos
a) Planos de replanteo.
Además de lo especificado en el punto 2.3. Planos de replanteo de esta
normativa, se tendrá en cuenta los siguiente:
- Las escalas horizontales podrán ser de 1:250, 1:500 ó 1:1000
en función de la dimensión de la obra proyectada.
- En los perfiles longitudinales se detallarán los acuerdos verticales
de las rasantes proyectadas, con indicación de los parámetros
adoptados conforme a la Instrucción de Carreteras.
B) Planos de detalle.
Además de lo especificado en el punto 2.4. Planos de detalle de esta
normativa, se incorporarán en este apartado, los planos correspondientes
a perfiles transversales del terreno con indicación de las líneas
de desmonte y/o terraplén.
E) EN PROYECTOS DE EDIFICIOS MUNICIPALES
Además de lo especificado con carácter general, se deberán
considerar los aspectos que a continuación se enumera.
1.- Memoria.
Descripción detallada de las obras que se pretende realizar, justificación
de la necesidad de las mismas y programa aportado por la entidad promotora indicando
los usos a que se destinan cada una de las dependencias.
Cuadro de superficies útiles y construidas del edificio o parte del edificio
objeto de la actuación; en este último caso se deberán
indicar también la superficie de que conste el edificio y queden fuera
de actuación.
Justificación de la normativa urbanística y planeamiento vigente.
Descripción de la infraestructura urbano que le pueda afectar, indicando
características técnicas y estado de conservación en lo
referente a accesos, conducciones de agua, electricidad, saneamiento, teléfono
y otras instalaciones.
Memoria de cálculo de estructura e instalaciones
Memoria justificativa del cumplimiento de las normas básicas de la edificación
cuando expresamente se exija.
Plan de los diferentes ensayos de materiales o unidades de obras que se pretenden
llevar a cabo.
Cuando proceda por exigencias de tramitaciones administrativas y obtención
de permisos de funcionamiento se presentaran separatas de proyectos de instalación
eléctrica, calefacción, producción de calor y almacenamiento
de combustible.
2.- Planos.
Plano de emplazamiento indicando los servicios urbanos existentes, así
como su relación con edificaciones próximas debidamente acotado.
Plano de replanteo y nivelación, acotado, con indicación de niveles
originales y definitivos.
Planos de todas las plantas, con indicación de uso a que se destinan
las diferentes dependencias y la superficie de cada una de ellas.
Plano de planta cubierta con indicación de pendientes, recogida de aguas,
bajantes, chimeneas, etc.
Planos acotados de todas las plantas con indicación de niveles.
Plano de planta diferenciando los diferentes tipos de tabiquería, tratamiento
de superficies verticales y horizontales con indicación del modelo de
carpintería que corresponde a cada hueco.
Planos de secciones generales con cotas de altura; previamente se habrá
indicado el plano de sección en los planos de planta.
Planos de detalles constructivos acotados, por lo menos uno de cada tipo diferente
de cerramiento.
Alzados de todas las fachadas.
Planos de detalle y carpintería exterior, interior y cerrajería,
con secciones verticales y horizontales de cada tipo de hueco diferentes.
Planos de estructura: cimentación, pilares y zapatas, forjados, vigas,
escaleras y muros, detalles constructivos, todos ellos acotados con las correspondientes
especificaciones técnicas según EH-91.
Planos de saneamiento y red de tierra con indicación de dimensiones,
pendientes, cotas de nivel.
Planos de fontanería indicando secciones horizontales y verticales de
tuberías, llaves, aparatos, etc., y esquema de instalación.
Planos de electricidad indicando trazado, secciones, distribución de
aparatos y mecanismos, esquema unifiliar de la instalación.
Planos de calefacción, indicando el trazado, situación, número
y dimensiones de los elementos de calefacción y conductos, detalle de
sala de máquinas y situación de los diferentes aparatos, esquema
de la instalación, almacenamiento y trasiego de combustible, detalles.
Planos de protección contra incendios de todas las plantas.
Planos de otras instalaciones.
En el caso que se trate de una obra de reforma, además de los planos
ya indicados se deberán aportar los del estado actual del edificio.
3.- Presupuesto.
Costo por metro cuadrado construido.