Boletín Oficial del País Vasco
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 12 de julio de 1994
Fecha de publicación: 22/7/1994
Número de boletín: 140
Órgano emisor: Vicepresidencia de Gobierno
Título: Decreto 297/1994, de 12 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo de la
Comisión Mixta de Transferencias de 31 de mayo de 1994, sobre traspaso a la Comunidad
Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en materia de Recursos y
Aprovechamientos Hidráulicos.
Decreto 297/1994, de 12 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión
Mixta de Transferencias de
31 de mayo de 1994, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las
funciones y servicios en
materia de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos.
En virtud de lo establecido en el artículo 2.º del Acuerdo
de la Comisión Mixta de Transferencias, aprobado por Real Decreto 2339/1980, de 26 de
septiembre, y a los efectos del cumplimiento de los trámites de formalización en el
mismo requeridos, por entender que el Real Decreto 1551/1994, de 8 de julio, recoge en sus
mismos términos el Acuerdo del Pleno de la citada
Comisión de 31 de mayo de 1994, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco
de las funciones y servicios en materia de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos, el
presente Decreto tiene por objeto, de una parte, aprobar dicho Acuerdo y su publicación,
y, de otra, adscribir los medios materiales y personales transferidos. Por todo lo cual, a
propuesta del Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico,
previa aprobación de la Presidencia y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno
en su reunión celebrada el día 12 de julio de 1994,
DISPONGO:
Artículo 1.
Aprobar el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 31 de mayo de 1994, sobre
traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en materia
de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos, en los términos establecidos por el Real
Decreto 1551/1994, de 8 de julio, ordenando la publicación íntegra del citado Real
Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco como Anexo al presente Decreto.
Artículo 2.
Las funciones y servicios transferidos, junto con sus medios materiales y personales,
quedan adscritos al Departamento de Transportes y Obras Públicas.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 1994.
El Lehendakari, José Antonio Ardanza Garro
El Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, Joseba M. de
Zubia y Atxaerandio.
Materias: AGUAS; TRASPASO DE COMPETENCIAS
Vicepresidencia del Gobierno