escudo3.gif (3627 bytes)         Boletín Oficial del País Vasco


Rango: Decreto
Fecha de disposición:
12 de julio de 1994
Fecha de publicación:
22/7/1994
Número de boletín:
140
Órgano emisor:
Vicepresidencia de Gobierno
Título:
Decreto 297/1994, de 12 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 31 de mayo de 1994, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en materia de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos.


Decreto 297/1994, de 12 de julio, por el que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de
31 de mayo de 1994, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en
materia de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos.


En virtud de lo establecido en el artículo 2.º del Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, aprobado por Real Decreto 2339/1980, de 26 de septiembre, y a los efectos del cumplimiento de los trámites de formalización en el mismo requeridos, por entender que el Real Decreto 1551/1994, de 8 de julio, recoge en sus mismos términos el Acuerdo del Pleno de la citada
Comisión de 31 de mayo de 1994, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en materia de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos, el presente Decreto tiene por objeto, de una parte, aprobar dicho Acuerdo y su publicación, y, de otra, adscribir los medios materiales y personales transferidos. Por todo lo cual, a propuesta del Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, previa aprobación de la Presidencia y deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 12 de julio de 1994,

DISPONGO:

Artículo 1.
Aprobar el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 31 de mayo de 1994, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma del País Vasco de las funciones y servicios en materia de Recursos y Aprovechamientos Hidráulicos, en los términos establecidos por el Real Decreto 1551/1994, de 8 de julio, ordenando la publicación íntegra del citado Real Decreto en el Boletín Oficial del País Vasco como Anexo al presente Decreto.

Artículo 2.
Las funciones y servicios transferidos, junto con sus medios materiales y personales, quedan adscritos al Departamento de Transportes y Obras Públicas.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 1994.
El Lehendakari, José Antonio Ardanza Garro
El Consejero de Presidencia, Régimen Jurídico y Desarrollo Autonómico, Joseba M. de Zubia y Atxaerandio.

Materias:  AGUAS; TRASPASO DE COMPETENCIAS


Vicepresidencia del Gobierno