(4463 bytes) DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA


Rango: Orden
Fecha de disposición:
11 de junio de 1997
Fecha de publicación:
25/6/1997
Número de boletín:
3021
Órgano emisor:
Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación
Título:
Orden de 11 de junio de 1997, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el Plan de Obras de Interés General de la Marina Baja-Litoral 1ª parte (Alicante).


Orden de 11 de junio de 1997, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el Plan de Obras de Interés General de la Marina Baja-Litoral 1ª parte (Alicante).


La Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, tiene entre sus objetivos prioritarios la modernización del regadío Valenciano y la reutilización de aguas residuales. Ello conlleva la realización de obras que mejoren la gestión de los recursos hídricos, adecuando las infraestructuras a los modernos sistemas de riego.
La zona regable de la franja costera de la Comarca de la Marina Baixa, constituida por los municipios de Altea, L'Alfás del Pí, Benidorm, Finestrat, La Nucia, Orcheta, Polop y Villajoyosa, ha sido estudiada por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el objeto de sentar las bases para mejorar en la medida de lo posible, la carencia histórica de recursos hídricos, incrementada por el aumento de consumo urbano, mediante la incorporación y regulación de las aguas procedentes de las estaciones depuradoras de aguas residuales
El plan de obras redactado contempla las obras necesarias para la mejora y modernización de la infraestructura hidráulica de los regadíos, así como el incremento de disponibilidad de agua para riego a través del aumento de la capacidad de embalse de aguas residuales y su redistribución, y la mejora de la red viaria rural.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Regadíos y Estructuras Agrarias, y en uso de las facultades que tengo atribuidas:

ORDENO

Artículo primero
Se apruebe el Plan de Obras de Interés General de la Marina Baixa-Litoral 1ª parte (Alicante).

Artículo segundo
De acuerdo con el artículo 62 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario y los Decretos 151/1990 de 17 de septiembre, 169/1991 de 30 de septiembre, 13/1995 de 10 de enero y 39/1995 de 7 de marzo, del Consell de la Generalitat Valenciana, las obras de construcción de embalses y depósitos de regulación, instalaciones elevadoras o grupos de presión con sus correspondientes instalaciones eléctricas, redes principales de tuberías de distribución incluidas las necesarias instalaciones de filtrado, electromecánicas y automatismos, así como la mejora y ampliación de caminos rurales, quedan clasificadas como de interés general, en el grupo a) del artículo 61 de la mencionada Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.

DISPOSICIONES FINALES

Primera
La Dirección General de Regadíos y Estructuras Agrarias dictará las normas complementarias para la mejor aplicación de cuanto se dispone en esta orden.

Segunda
La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 11 de junio 1997

La consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Mª ÀNGELS RAMÓN-LLIN I MARTÍNEZ