DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Rango: Orden
Fecha de disposición: 28 de septiembre de 1994
Fecha de publicación: 12/1/1995
Número de boletín: 2426
Órgano emisor: Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación
Título: Orden de 28 de septiembre de 1994, de la
Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el Plan de Obras
(primera parte) de la Actuación Inversión Hidráulica Rural (pozos) en la Comunidad
Valenciana.
Orden de 28 de septiembre de 1994, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el Plan de Obras (primera parte) de la Actuación Inversión Hidráulica Rural (pozos) en la Comunidad Valenciana.
Por acuerdo del Gobierno Valenciano de 13 de septiembre de
1994 se declaraba de interés general y de emergencia la realización de obras de
infraestructura hidráulica en pozos de riego, sondeos, instalaciones electromecánicas y
conexiones a las redes de riego, para paliar los efectos de la sequía en la Comunidad
Valenciana.
Por el Servicio de Infraestructuras y Recursos Hidráulicos de la conselleria se ha
redactado el plan de obras correspondiente, en el que se incluyen las obras y actuaciones
más urgentes para paliar la sequía en las tres provincias, atendiendo las necesidades
manifestadas por los regantes y sus organizaciones más representativas. Planes de obras
posteriores permitirán completar estas infraestructuras con objeto de aumentar al máximo
posible la garantía de los suministros de agua a los regadíos de la comunidad.
Examinado dicho plan de obras, esta conselleria considera que las obras que se incluyen en
el mismo han sido debidamente clasificadas, según determina el artículo 62 de la Ley de
Reforma y Desarrollo Agrario y los artículos 25.2 y 27.1 de la Ley de Contratos del
Estado, y que son las más convenientes para paliar los efectos de la sequía, al tiempo
que pueden constituir una reserva hidráulica estratégica para el futuro, una vez
superadas las adversas condiciones climatológicas presentes. En su virtud,
ORDENO:
Artículo primero
Se aprueba el Plan de Obras (primera parte) de la Actuación Inversión Hidráulica Rural
(Pozos) en la Comunidad Valenciana.
Artículo segundo
De acuerdo con el artículo 61 y 62 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, se
clasifican todas las obras del interés general y serán financiadas y ejecutadas por la
administración.
Artículo tercero
Por la Dirección General de Estructuras Agrarias y Desarrollo Rural se dictarán las
normas complementarias para la mejor aplicación de cuanto se dispone en la presente
orden.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial
de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 28 de septiembre de 1994
El conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación,
JOSÉ MARíA COLL COMIN