DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Rango: Orden
Fecha de disposición: 4 de junio de 1992
Fecha de publicación: 12/6/1992
Número de boletín: 1803
Órgano emisor: Consejería de Agricultura y Pesca
Título: Orden de 4 de junio de 1992, de la Conselleria de
Agricultura y Pesca, por la que modifica los importes de los reintegros de anticipos por
la explotación de las estaciones elevadoras de agua de riego de esta conselleria.
Orden de 4 de junio de 1992, de la Conselleria de Agricultura y
Pesca, por la que modifica los importes de los reintegros de anticipos por la explotación
de las estaciones elevadoras de agua de riego de esta conselleria.
Por Real Decreto 1794/85, de 11 de septiembre, se
transfieren a la Comunidad Valenciana competencias en materia de reforma y desarrollo
agrario (corrección de errores en BOE de 26 de octubre de 1985), así como los bienes,
derechos y obligaciones del Iryda inherentes a las mismas y que corresponden
específicamente a las diversas actuaciones en curso, con la excepción de los relativos a
la zona de interés nacional de Saladars (Alacant).
En la fecha del traspaso de estas competencias, el Iryda contaba con una serie de
instalaciones elevadoras de agua de riego, conducciones y depósitos, cuya explotación
asume la Conselleria dAgricultura i Pesca, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 51.2 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario.
Por Orden de 10 de septiembre de 1990, de la Conselleria d'Agricultura i Pesca, se
establecieron los importes de los reintegros de los anticipos por la explotación de las
estaciones elevadoras de agua de esta consellería, importes vigentes hasta ahora, siendo
aconsejable, por el tiempo transcurrido y el aumento progresivo de los costes de
explotación, el abordar un nuevo establecimiento de importes, en tanto no sean entregadas
las instalaciones a los usuarios de acuerdo con lo establecido en la Ley de Reforma y
Desarrollo Agrario.
Por todo ello y en uso de las facultades que tengo atribuídas,
ORDENO:
Artículo único
Quedan modificados los importes de los reintegros de anticipos por agua de riego
procedente de las estaciones elevadoras de agua con arreglo al siguiente desarrollo:
Provincia de Alacant.
1.1. Zona del Vinalopó:
A. Agua de riego a pie de pozo: 7,95 PTA/m3
B. Agua de riego reelevada: 17,05 PTA/m3
C. Agua para consumo urbano: 21,20 PTA/m3
Provincia de Castelló.
2.1. Zona regable del Baix Ebre, margen derecha.
2.1.1. Subsector de Peñíscola.
A. Agua de riego: 11,80 PTA/m3
B. Agua para consumo urbano: 23,60 PTA/m3
2.1.2. Subsector de Vinaròs.
A. Agua de riego: 13,50 PTA/m3
B. Agua para consumo urbano: 27,00 PTA/m3
Provincia de Valencia.
3.1. Fincas.
Pozo Cortitxelles: 6,67 PTA/m3
DISPOSICION FINAL
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial
de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 4 de junio de 1992.
El Conseller dAgricultura i Pesca,
LLUIS FONT DE MORA I MONTESINOS