DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Rango: Orden
Fecha de disposición: 15 de abril de 1992
Fecha de publicación: 3/6/1992
Número de boletín: 1796
Órgano emisor: Consejería de Agricultura y Pesca
Título: Orden de 15 de abril de 1992, de la Conselleria de
Agricultura y pesca, por la que se clasifican las obras para el aprovechamiento de aguas
depuradas para el riego dentro del programa operativo Envireg.
Orden de 15 de abril de 1992, de la Conselleria de Agricultura y
pesca, por la que se clasifican las obras para el aprovechamiento de aguas depuradas para
el riego dentro del programa operativo Envireg.
La Comisión de las Comunidades Europeas adoptó el 2 de
mayo de 1990, una iniciativa comunitaria sobre protección del medio ambiente que al mismo
tiempo impulse el desarrollo económico denominado Envireg, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 11 del Reglamento (CEE) núm. 4253/88 del Consejo.
La iniciativa comunitaria tiene como finalidad ayudar a las regiones menos desarrolladas
de la comunidad a resolver algunos de sus problemas medioambientales con el fin de que su
desarrollo económico se sustente sobre bases mas duraderas, siendo sus principales
objetivos la disminución de la contaminación de las zonas costeras y preservar su
belleza natural, controlar la gestión de los residuos y desarrollar los conocimientos y
experiencias relativos a los sistemas de descontaminación.
Con fecha 9 de noviembre de 1990 el Gobierno español, presentó a la comisión una
solicitud de cofinanciación para un programa operativo en el marco de la iniciativa
Envireg, que fue aprobado por Decisión de la Comisión de 25 de septiembre de 1991,
estableciendo la ayuda del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social
Europeo (FSE) y del Fondeo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA), para
dicho programa operativo integrado para España.
Dentro de este programa operativo, en el marco de la Comunidad Valenciana, están
incluidas diversas obras de aprovechamiento de aguas residuales depuradas para el riego,
que comprenden balsas de regulación, conducciones generales de enlace, estaciones de
bombeo e impulsiones, que serán llevadas a cabo por la Conselleria de Agricultura y
Pesca, a través de la Dirección General de Desarrollo Agrario.
Siendo necesaria regular la financiación de dichas obras, se establece su clasificación
de conformidad con la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de enero de 1973, y
Decreto 169/1991, de 30 de septiembre, del Consell de la Generalitat Valenciana.
En su virtud y en uso de las facultades que tengo atribuidas:
DISPONGO
Artículo primero
Las obras a llevar a cabo por la Conselleria de Agricultura y Pesca, dentro del programa
operativo Envireg, que comprenden balsas de regulación, conducciones generales de enlace,
estaciones de bombeo e impulsiones, de acuerdo con el artículo 62 de la Ley de Reforma y
Desarrollo Agrario, y artículo 1 del Decreto 169/1991, del Consell de la Generalitat
Valenciana, quedarán clasificadas como obras de interés general, incluidas en el grupo
a) del artículo 61 de dicha ley, por lo que serán totalmente sufragadas con fondos
públicos.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Se faculta a la Dirección General de Desarrollo Agrario para que pueda dictar cuantas
disposiciones sean necesarias para el desarrollo de la presente orden.
Segunda
La presente orden entrará in vigor en el plazo de 20 días, a contar desde el día
siguiente de su, publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 15 de abril de 1992.
El Conseller de Agricultura y Pesca,
LLUIS FONT DE MORA I MONTESINOS