DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 17/05/1999
Fecha de publicación: 26/05/1999
Número de boletín: 3503
Órgano emisor: Consellería de Obras Públicas, Urbanismo
y Transporte
Título: Decreto
71/1999, de 17 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Decreto
170/1992, de 16 de octubre, del Gobierno Valenciano, que aprueba el Estatuto
de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana.
Decreto 71/1999, de 17 de mayo, del Gobierno Valenciano, por el que se modifica el Decreto 170/1992, de 16 de octubre, del Gobierno Valenciano, que aprueba el Estatuto de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana.
El presente decreto modifica el estatuto por el que se rige la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana, tras la redacción dada al mismo por el Decreto 47/1995, de 22 de marzo, del Gobierno Valenciano, que lo modificó en dos aspectos concretos, cuales fueron la regulación expresa y normativa del régimen de asistencia jurídica a la Entidad de Saneamiento por el Gabinete Jurídico de la Presidencia, y la modificación del régimen mínimo de sesiones anuales del Consejo de Administración. La modificación que en este momento se presenta, responde a la sufrida por la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana, a través de la Ley 10/1998, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat Valenciana (publicada en el DOGV nº 3.404 de 31 de diciembre de 1998). La ampliación del ámbito de actuación de la Ley 2/1992, en el sentido de entender comprendida en el mismo la realización de obras de infraestructuras para abastecimiento de aguas de carácter general, así como la subsiguiente asunción de dichas competencias por parte de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales, llevan aparejada la necesidad de modificar el estatuto de la mencionada entidad pública. En su virtud, a propuesta conjunta de los consellers de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes y de Medio Ambiente, y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 17 de mayo de 1999,
DISPONGO
Artículo único El artículo 2, párrafo primero, del Decreto 170/1992, de 16 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprobó el Estatuto de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana queda redactado de la siguiente forma: Artículo 2, párrafo primero. «Constituye el objeto de la Entidad de Saneamiento la gestión, la explotación de instalaciones y servicios y la ejecución de obras, tanto de infraestructuras para el abastecimiento de aguas con carácter general como para el tratamiento y depuración de aguas residuales, y, en su caso reutilización de las aguas depuradas, así como la gestión recaudatoria del canon de saneamiento, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana, modificada mediante Ley 10/1998, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat Valenciana».
Disposición final
El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 17 de mayo de 1999
El presidente de la Generalitat Valenciana, EDUARDO ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO
El conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, JOSÉ RAMÓN GARCÍA ANTÓN
El conseller de Medio Ambiente, JOSÉ MANUEL CASTELLÁ ALMIñANA