Las
aguas su subterráneas en el Anteproyecto de Ley del
Plan Hidrológico Nacional
Juan
Antonio LÓPEZ GETA
Ingeniero de Minas
Director de Aguas Subterráneas y Geotecnia
ITGE
En
el siglo XX, en la década de los años sesenta,
se produce por diversas causas, especialmente socioeconómicas,
un aumento espectacular de la demanda de agua, esto da lugar
al de sarrollo de una serie de planes, basados en la construcción
de un Í número importante de embalses i superficiales.
En la figura 1 puede observarse la evolución temporal
del número de presas construidas desde el año
1900, así como la i capacidad de regulación
acumulada (MIMAN, 2000). Casi el 70% del total es decir 700
presas se han construido desde el año 1960, situación
similar se da en cuanto a la capacidad de regulación,
más del 80% se origina en ese mismo periodo de tiempo.
Sin embargo, la figura 2 refleja como al aumentar el número
de presas, ha sido necesario, para un mismo volumen de agua
regulada, una mayor capacidad de almacenamiento, esto conlleva
un coste superior del agua regulada
y mayor dificultad de encontrar lugares adecuados para nuevas
presas.
Paralelamente
al aumento de presas, se produce una espectacular utilización
de las aguas subterráneas, construyéndose como
se recoge en la figura 3, un número muy importante
de obras de captación subterránea (pozos, sondeos
y galerías, entre otras); se estiman en más
de quinientas mil según las estadísticas oficiales,
pero la realidad nos hace pensar que esta cifra se aproxima
más al millón de pozos y sondeos.
Este
modelo de utilización del agua, que ha supuesto un
gran esfuerzo económico, tanto por parte de las administraciones
públicas como por la iniciativa privada, ha fracasado
en gran medida, como lo reflejan las situaciones de escasez
de agua, de sobreexplotación o de deterioro de la calidad
de las aguas de algunos de nuestros ríos o acuíferos;
hecho que se agraba, cada vez que se repite un perio do de
sequía más o menos largo, originando el desabastecimiento
de un número importante de núcleos urbanos y
de zonas de regadíos.
Figura
1. Evolución acumulada desde 1900 del número
de presas construidas y la capacidad de embalse generada (fuente:
MIMAM, 2000)
Esa
situación ha propiciado la necesidad de buscar formas
de actuación más acorde con los planteamientos
actuales, donde el desarrollo no debe condicionar el futuro,
sino que el uso sostenible y el respeto al medioambiente deben
ser el soporte sobre el que se apoye la política hídrica
del siglo XXI. La consecución de estos objetivos, la
sociedad ha creído que solo podía venir a través
de la elaboración del Plan Hidrológico Nacional
(en adelante PHN). Ello ha dado lugar a que desde hace casi
veinte años -si se utiliza como referencia la fecha
de inicio del Avance del Plan Hidrológico-, o más
de quince años -si se inicia la cuenta desde que se
aprobó, la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas-,
se venga trabajando en la elaboración de los Planes
Hidrológicos de cuenca (en la actualidad aprobados)
y en el Plan Hidrológico Nacional, sometido a debate
público.
Posiblemente
demasiadas esperanzas se hayan puesto en él, pensando
que podría resolver todas y cada una de las cuestiones
o problemas planteadas. Sin duda es demasiado lo que se esperaba
del Plan, posiblemente ésta sea la causa del rechazo,
más o menos generalizado, que los diferentes colectivos
sociales han transmitido a la opinión publica.
El
anteproyecto de Ley de PHN, en su texto articulado recoge
los objetivos que persigue el mismo, y que no son otros que
los incluidos en el articulo 43 de la Ley de Aguas y que en
el presente PHN, están descritos en el apartado 2°-
del articulo 2; esto se resumen en: a) medidas necesarias
de coordinación de los diferentes Planes Hidrológicos
de cuenca; b) solución para las alternativas que se
proponen en los Planes Hidrológicos de cuenca; c) previsión
y condiciones de transferencias de recursos hídricos
entre ámbitos territoriales de distintos Planes Hidrológicos
de cuenca; d) modificaciones que se prevean en la planificación
del uso del recurso y que afecte a aprovechamientos existentes
para el abastecimiento de poblaciones y regadíos; y
e) materias vinculadas a una eficaz planificación del
recurso. No cabe dudada de que de todas estas medidas, han
sido las transferencias de recursos entre ámbitos o
cuencas hidrográficas distintas, sobre las que se ha
centrado especialmente el debate político y social.
Aunque
se realizará algún breve comentario sobre el
contenido general del anteproyecto, mi objetivo no es analizar
los diferentes aspectos incluidos en la Ley de PHN, ni sobre
la viabilidad técnica, económica o ambiental,
ni sobre la necesidad de llevar a cabo la transferencia de
recursos, -seguramente necesario en algunas de las situaciones
planteadas-, el motivo principal de éste es plantear
aquellas cuestiones que a mi juicio no están en la
Ley del PHN y que sería razonable tener en cuenta,
o bien aquellas otras que debería concretarse más.
En
cuanto al texto, de las muchas preguntas que uno puede hacerse,
se han seleccionado aquellas que están más relacionadas
con los comentarios que se harán más adelante.
Estas pueden resumirse en:
*
es discutible y sin duda poco operativo, por la obligatoriedad
que ello conlleva, remitir a una orden Ministerial los criterios
de coordinación de los Planes Hidrológicos de
cuenca,
*
contemplar como única alternativa los trasvases, con
la justificación de que los planes de cuenca no consideran
otras medidas de actuación,
*
se observa un vacío legal de adaptación de la
Directiva Marco sobre Política del Agua en la UE, especialmente
en cuanto a la terminología y al cumplimiento de los
plazos contemplados para llevar a cabo algunas de las actuaciones
recogidas en la Directiva y que son incluidos en el PHN,
*en
cuanto a los acuíferos compartidos, seria conveniente
regularlos con más precisión, ya que la Ley
de Aguas, no prevé nada sobre ellos, además
de mejorar tanto el catálogo de acuíferos considerados
como tales, como la información disponible de cada
uno de ellos,
*
se echa de menos una linea de I+D, que preste atención
a la mejora del conocimiento y tecnologías en aquellos
campos y actividades relacionadas con el agua y que el propio
PHN identifica como claramente prioritarias, y
*siendo uno de los problemas más serio la ausencia
de una incorporación real de las aguas subterráneas
a la gestión hídrica, sin embargo se echa en
falta, la incorporación en el articulado de un programa
especifico que tenga por objetivo desarrollar los contenidos
en el Libro Blanco de las Aguas Subterráneas, documento
elaborado conjuntamente por los entonces ministerios de Obras
Públicas, Transportes y Medio Ambiente, y de Industria
y Energía.
Sobre
el contenido del texto, estas y otras muchas cuestiones puede
uno hacerse y seguramente estén en la mente del lector,
pero sin duda la contribución más beneficiosa
será en detectar aquellos aspectos que considerados
de relevancia no han sido incluidos y cuya incorporación
pueden mejorar el PHN.
Es
evidente como se indicaba al principio, que la política
llevada a cabo no ha respondido a las necesidades hídricas
de un país donde solo se dispone de una regulación
natural de unos 10.000 hm3/año, frente a unas necesidades
estimadas en más de 30.000 hm3/año, mientras
otros países de nuestros entorno, como puede ser Francia,
dispone de 40.000 hm3/año.
Figura 2. Evolución de capacidad
de los embalses y del volumen del agua embalsada (1940-92)
(Batle, A.)
Esto
nos ha llevado a regular artificialmente las aportaciones
hídricas de nuestras cuencas hidrográficas,
lo que ha dado lugar a grandes beneficios, pero la falta de
una planificación y gestión hídrica adecuada
ha dado lugar a ciertas situaciones indeseables que ha obligado
a definir un nuevo modelo conceptual, donde las diferentes
variables que intervienen en el proceso planificador estén
debidamente analizadas, definidas y acotadas.
Sin
entrar en un análisis detallado de cada una de las
variables que interviene, sin embargo si es importante entrar
en comentar el binomio demandaoferta, así como la relación
de ésta con los diferentes aspectos medio ambientales.
La
situación actual hace pensar que es imposible seguir
manteniendo que tanto la demanda de recursos hídricos
como la oferta del mismo puedan venir impuestas por criterios
exclusivamente de oportunidad política -no siempre
coincidentes con las verdaderas necesidades sociales o ambientales-,
o por situaciones de carácter coyuntural, poco definidas
o contrastadas y en la gran mayoría de los casos carentes
de una adecuada planificación. Parece por tanto evidente
que no son esos los criterios sobre los que debe basarse la
política hídrica, sino que tienen que ser aquellos
que permitan integrar las, diferentes planificaciones sectoriales:
uso del territorio, ordenación ambiental y política
agraria entre otras, y por último un aspecto importante:
la oportunidad socioeconómica.
La
redefinición de las demandas actuales, eliminando especialmente
aquellas que estén o pudieran afectar al medioarnbiente,
o que no tengan una repercusión económica beneficiosa
o que 3 no sirvan al asentamiento de la población rural;
la gestión adecuada de la demanda, la aplicación
de medidas de ahorro y buen uso del mismo, así como
la mejora de las infraestructuras hidráulicas, deben
ser los criterios i que determinen las verdaderas necesidades
hídricas de un determinado territorio, quedando reservado
el posible incremento a solo situaciones debidamente estudiadas,
y siempre que el posible incremento de demanda no lleve aparejado
un uso no sostenible del recurso. Estos aspectos 11 sin duda
reiteradamente planteados y comentados a lo largo de estos
años por diferentes colectivos y técnicos, sin
embargo no han sido recogidos en el PHN, y en el mejor de
los casos insuficientemente, observándose su ausencia
tanto en el texto como a en los anexos donde se recogen las
actuaciones futuras; en cualquier casos no se dice nada de
la asignación presupuestaria para llevarlos a cabo.
En
cuanto a la oferta de recursos, y siempre que esté
suficientemente justificado, hay que pensar que lo razonable
es actuar prioritariamente en el ámbito de Planificación
Hidrológica de cuenca donde se ha generado la demanda,
recurriendo a otras fuentes externas solo en casos excepcionales.
Una planificación moderna, acorde con el principio
de sostenibilidad y respeto al medioambiente, requiere, antes
de aplicar medidas adicionales para mejorar la disponibilidad
de recurso hídrico, optimizar el grado de regulación
y la garantía de suministro, aplicando para ello el
uso combinado o conjunto de las aguas superficiales y subterráneas,
integrando al sistema de regulación la capacidad de
almacenamiento de los acuíferos, esta operación
compleja sin duda, pero eficaz, puede llevar así mismo
aparejado un incremento adicional del recurso hídrico,
si la operación se planea adecuadamente.
La
integración de las aguas superficiales y subterráneas,
objetivo a cumplir desde la aprobación de la actual
Ley de Aguas, en la que se considera el ciclo del agua como
único, no parece haberse contemplado como fin en el
Anteproyecto, echándose en falta, especialmente, la
ausencia del programa "Incorporación de los acuíferos
en los sistemas de explotación. Programa estatal de
estudios para la definición de la utilización
coordinada de recursos superficiales y subterráneas",
recientemente elaborado por el MIMAN y cuyo objetivo no es
otro que integrar en la gestión los recursos superficiales
y subterráneos. Esta es la idea básica recogida
en el Preámbulo de la Ley de Aguas, así como
en el Título Preliminar y en los artículos 13,
57 y 80. Este principio es también básico en
la nueva política de aguas de la Unión Europea.
El programa ha permitido seleccionar 27 esquemas de uso conjunto
y en los que se integran 70 unidades hidrogeológicas,
junto a 71 embalses y 16 grandes infraestructuras de conducción.
El
aumento de la capacidad de regulación superficial o
un mayor aprovechamiento de las aguas subterráneas
en el ámbito de planificación, conlleva en cualquiera
de los casos, un menor coste económico y consecuentemente
en el precio del agua, así como una disminución
de los posibles efectos negativos, tanto en el medio ambiente
como en el equilibrio socioeconómico territorial.
Figura
3. Evolución del aprovechamiento de las aguas subterráneas
(indicativa) (fuente: MINER-MOPTMA, 1994)
En
la documentación o memoria técnica que acompaña
al Anteproyecto de Ley del PHN se contempla, aunque no queda
reflejado posteriormente en el texto articulado, un aumento
significativo de las aguas subterráneas en las cuencas
Hidrográficas del Guadalquivir, Júcar y Cuencas
Internas de Cataluña, estimado en su conjunto en un
volumen máximo de 1330 hm3/laño, distribuidos:
Guadalquivir 900 hm3/laño, quedando posteriormente
reducidos, tras una serie de consideraciones técnicas,
en unos 300 hm3/año; Júcar entre 90 y 120 hm3/laño
y Cuencas Internas, 330 hm3/año.
Del
resto de cuencas no se incluye ninguna referencia en concreto
sobre este tema. Esta cifra sin duda importante refleja un
avance sobre el papel que las aguas subterráneas deben
jugar en la planificación hidrológica, sin embargo
se está aún lejos del punto optimo de aprovechamiento,
estimado entre más de 3.000 hm3laño y alrededor
de los 9.000 hm3/año (habría que descontar los
caudales ambientales).
La
diferencia tan acusada entre una y otra cifra se debe en primer
lugar a considerar, que salvo aquellos casos en que la capacidad
de regulación superficial sea lo suficientemente grande,
éste regulará tanto las escorrentías
superficiales como subterráneas, en el resto de los
casos, es decir cuando no exista suficiente capacidad de almacenamiento
superficial, no podrá regular ambas escorrentías,
en esta situación deben regular con prioridad las escorrentías
superficiales.
Esto
que parece evidente, sin embargo, en la memoria del PHN, se
hacen planteamientos que en principio van en contra de toda
lógica, al indicarse, por ejemplo en el caso concreto
del Guadalquivir, que el análisis se ha centrado en
los, acuíferos situados aguas abajo de los principales
embalses de superficie, cuestión altamente discutible
y muy en contra de los esquemas de uso conjunto seleccionados
en el programa anteriormente comentado y de una nueva política,
donde lo importante es hacer un óptimo aprovechamiento
del recurso, sin dar prioridad de uso a una u otra fase del
ciclo hidrológico.
Por
último es destacable, aunque en la memoria del PHN
se analiza con cierto detalle, la ausencia en el texto articulado,
de los posibles aprovechamientos de los llamados actualmente
recursos hídricos no convencionales.
En
el caso de la desalación de agua de mar, las expectativas
de uso son evidentes, tanto por la disponibilidad ilimitada
de este recurso como por disminución de coste de producción,
especialmente cuando estas son aguas salobres, como por su
proximidad a las zonas de mayor demanda o con problemas i
de insuficiente dotación, caso del Sureste y Levante
peninsular o Archipiélagos Balear y Canario. Existe
la posibilidad de eliminar los rechazos, mediante inyección
en estructuras geológicas, que reunan las condiciones
adecuadas.
Menos
importante, pero sin duda de gran valor estratégico,
y dentro de los recursos no convencionales, está la
utilización de las aguas residuales depuradas, en este
sentido no hay que olvidar que el 80% (del orden de 4.000
hm3/laño) de las aguas utilizadas para abastecimiento
vuelven al ciclo hidrológico en unas condiciones que
limitan su uso, pero una vez sometidas a tratamientos de depuración
pueden ser utilizadaas, muy especialmente en las zonas costeras.
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